CANDIDA IGARTUA
Emplazamiento Por Edicto Estados Unidos De America El Presidente De Los Estados Unidos El Estado Libre Asociado DE P.R. A: ROBERTO LUGO D’ACOSTA SU ESPOSA MERCEDES ROSA VAZQUEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Queda emplazado y notificado de que en este Tribunal se ha presentado una demanda en COBRO DE DINERO Y EJECUCIO DE HIPOTECA en su contra. Se le notifica que deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https.//unired.ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la Secretaría del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de San Juan y enviando copia a la parte demandante: LCDO. JUAN CARLOS GIROD BARNES, lcdogirod@frauyasoc.com FRAU & ASOCIADOS, PO BOX 331150, Ponce, Puerto Rico 00733-1150, Teléfono 843-3404, 984-3013, Fax. 843-3431. Se le apercibe y notifica que si no contesta la demanda radicada en su contra dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto, se le anotará rebeldía y se dictará sentencia concediendo el remedio solicitado en la demanda, sin más citárseles, ni oírseles. Expido bajo mi firma y sello del Tribunal, hoy día 4 de mayo de 2022. Griselda Rodriguez Collado, Secretaria Regional Por: F/Brenda Hernandez Zaval, Secretaria Servicios A Sala
Demandada
Civil Núm. SJ2022CV01446 SOBRE: COBRO DE DINERO Y Ejecución De Hipoteca Emplazamiento Por Edicto Estados Unidos De America El Presidente De Los Estados Unidos El Estado Libre Asociado De PR A: Sucesion De Margarita Cancel Salgado Tcc Margarita Cancel Compuesta Por Fulano De Tal Y Sutano De Tal; Candida Rivera Del Valle Tcc Candida Igartua Queda emplazado y notificado de que en este Tribunal se ha presentado una demanda en COBRO DE DINERO Y EJECUCIO DE HIPOTECA en su contra. Se le notifica que deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https.//unired.ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la Secretaría del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de San Juan y enviando copia a la parte demandante: LCDA. DENNISSE M. DEDOS OCASIO, lcdadedos@frauyasoc.com FRAU & ASOCIADOS, PO BOX 331150, Ponce, Puerto Rico 00733-1150, Teléfono 843-3404, 984-3013, Fax. 843-3431. Se le apercibe y notifica que si no contesta la demanda radicada en su contra dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto, se le anotará rebeldía y se dictará sentencia concediendo el remedio solicitado en la demanda, sin más citárseles, ni oírseles. Expido bajo mi firma y sello del Tribunal, hoy día 4 de mayo de 2022. Griselda Rodriguez Collado, Secretaria Regional Por: F/Brenda Hernandez Zavala, Secretaria Servicios A Sala de Instancia que aparece en el epígrafe, con el número del caso allí indicado. Por este medio se le emplaza para que presente al tribunal su alegación responsiva a la demanda de divorcio bajo la causal de ruptura irreparable, dentro de los treinta (30) días de haber sido publicado este emplazamiento por edicto, notificando copia de la misma a la abogada de la parte demandante o a ésta, de la demandante no tener representación legal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá conceder el remedio solicitado en la petición, o cualquier otro, sin su participación, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. LCDA. ROSANNA RIVERO MARÍN-RUA 16369 VILLA CAROLINA 129-29 Calle 69 Carolina, Puerto Rico 00985 Teléfono: (787) 759-2970 Correo electrónico: rosannarivero@gmail.com Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Se le advierte a usted que, si dejare de hacer lo indicado en el apartado que antecede dentro de los treinta (30) días indicados, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado en la demanda sin más citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal, en San Juan, Puerto Rico, a 4 DE MAYO DE 2022. Lcda. Laura I. Santa Sanchez, Secretaria Regional. Maritza Bonilla Hernandez, Secretaria Auxiliar Del Tribunal.