JOSÉ D. RESTO CASIANO JACQUELINE DÍAZ ORTIZ LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES 17532283 CELIA QUIÑONES ORTÍZ, ZENAIDA QUIÑONES ORTÍZ, WANDA QUIÑONES ORTÍZ ORLANDO QUIÑONES ORTÍZ 17532285 BANCO POPULAR DE PUERTO RICO ALAN BERMÚDEZ APONTE SOCIEDAD LEGAL DE
Y su esposa y por ellos compuesta
Demandada
Civil #: GM2022CV00187, Salón: 306, SOBRE: COBRO DE DINERO. EDICTO. Estados Unidos De América, El Presidente De Los EE. UU., El Estado Libre Asociado De P.R. A:JOSÉ D. RESTO CASIANO Y SU ESPOSA JACQUELINE DÍAZ ORTIZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES POR ELLOS COMPUESTA. POR LA PRESENTE se le emplaza para que presente al tribunal su alegación responsiva dentro de los treinta (30) días de haber sido publicado este emplazamiento, excluyéndose el día de la publicación. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección: https://unired.ramajudicial.pr/sumac/ salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaria del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido termino, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. La dirección postal del abogado de la parte demandante es la siguiente: Lcdo. Carmelo Dávila Torres, P.O. Box 22970, San Juan, Puerto Rico 00931-2970; Tel & Fax. (787) 767-3383. Tels. (787) 200-6005/6006. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el periodo de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin mas citarle(s) ni oírle(s). EXTENDIDO BAJO MI FIRMA Y el Sello del Tribunal, hoy día 6 de mayo de 2022. Marisol Rosado Rodríguez, Secretaria Regional I. Ileana Santiago Vega, Secretaria Auxiliar del Tribunal
Estado Libre Asociado De Puerto Rico Tribunal De Primera Instancia Sala Superior De San Juan y
Demandante Vs. 0509.6531 0700420550 Estado Libre Asociado De Puerto Rico Tribunal De Primera Instancia Sala Superior Toa Alta
Demandante Vs. por sí y como miembro de la compuesta con
CINTHIA VERA GONZÁLEZ, por sí y como miembro de la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta con ALAN BERMÚDEZ APONTE
Demandado
Civil Núm. TA2022CV00239, Sobre: Cobro de Dinero Y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos De América, El Presidente De Los Estados Unidos, El Estado Libre Asociado De Puerto Rico
A: CINTHIA VERA GONZÁLEZ por sí y como miembro de la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta con ALAN BERMUDEZ APONTE, DIRECCIONES: 0-32 MONTECASINO HEIGHTS, TOA ALTA PR 00953 y/o D-36 CALLE LIRIO, REPARTO VALENCIA, BAYAMÓN PR 00959 y/o URB. MONTECASINO HIGHTS, 3 64 CALLE RIO GUAMANI, TOA ALTA PR 00953. Por la presente se les notifica que se ha radicado en su contra una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria. En dicha demanda se solicita el pago de $50,581.44, más los intereses acumulados desde el 1 de septiembre de 2021, más recargos por mora pactados; mas 10% del pagaré original por concepto de las costas, gastos y honorarios de abogado; más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. Dicha deuda se encuentra garantizada con una hipoteca sobre un inmueble ubicado en el 0-32 MONTECASINO HEIGHTS, TOA ALTA PR, la cual será ejecutada y vendida en pública subasta de no realizarse el pago por la suma adeudada. Se le emplaza y requiere para que notifique a la Lcda. Lynn M. Carey Félix, Bufete CANCIO, NADAL, RIVERA & DÍAZ; PO Box 364966, San Juan, Puerto Rico 00936-4966; Tel. (787) 767-9625, abogados de BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, con copia de la Contestación a la Demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto y deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial.pr, salvo que se presente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá anotarle la rebeldía y dictar sentencia en rebeldía en su contra, sin más citarle ni oírle, concediendo el remedio solicitado, o cualquier otro, si el Tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADO en Toa Alta, Puerto Rico hoy de 5 de mayo de 2022. Lcda. Laura I. Santa Sánchez, Secretaria Regional. Elibeth Torres Alicea, Secretaria Auxiliar del Tribunal