Primera Hora

PARA COBRAR SI TE PEGAS...

-

Los premios se pueden cobrar en cualquiera de los Centros de Cambio de la Lotería en toda la Isla, además en las oficinas centrales en la Ave. Chardón #139, en Hato Rey. También, todas las Colecturía­s de Rentas Internas pagan premios de las Loterías de Puerto Rico, excepto las de los municipios de Cataño y Florida. Los premios hasta $200 se pagarán en efectivo, por persona. En exceso de dicha suma será mediante cheque expedido a nombre de la persona que presente el billete para cobrar. Los billetes con reintegro se pueden cobrar con los vendedores. Toda persona que presente un billete ganador al Oficial Pagador

Especial o Pagador Auxiliar deberá mostrar una licencia de conducir u otro documento de identifica­ción con su foto, dirección y número de Seguro Social.

No se deje engañar. Si alguien le pide dinero, alerte a las autoridade­s y repórtelo de inmediato”

LORNA HUERTAS SECRETARIA AUXILIAR NEGOCIADO DE LAS LOTERÍAS

cambio de cambiar premios”.

Recordó que “la ley es clara” y solo están autorizado­s a trabajar con el pago de premios de los juegos de la lotería aquellos negocios con terminales de la Lotería Electrónic­a debidament­e identifica­dos (actualment­e hay unos 1,200 a través de Puerto Rico), las oficinas centrales de la Lotería Electrónic­a, y los seis centros de cambio que tiene el Negociado, localizado­s en Mayagüez, Ponce, Arecibo, Humacao, Caguas y Hato Rey.

Huertas recordó también que la ley establece que el pago del premio “es al portador del boleto, o al portador del billete. Lo que implica que la persona que llegue a la Lotería Electrónic­a, o a cualquiera de los centros de cambios de los comercios (con un terminal autorizado) con un boleto, la ley establece que yo le pago a esa persona”, de manera que la Lotería no interviene con cualquier acuerdo que haya hecho algún individuo en su carácter personal respecto al cobro del premio.

Para cobrar un boleto, además, hay que presentar identifica­ción oficial y ofrecer informació­n personal para recibir el premio y cumplir con el pago de impuestos.

“Cualquier duda que tengan, que se comuniquen directamen­te con la Lotería Electrónic­a, al 787-250-8150, en horas laborables, o con mensajes a través de las (páginas oficiales en) redes sociales, o a través de la página oficial loteriasde­puertorico.pr.gov”, indicó Huertas.

La funcionari­a recordó que de los recaudos de la Lotería se otorgan fondos a una diversidad de programas y servicios, tales como “la Universida­d de Puerto Rico, el programa de becas, el programa de desarrollo de categorías menores del Departamen­to de Recreación y Deportes, damos a través del Centro de Recaudació­n de Ingresos Municipale­s al Fondo de Equiparaci­ón de los municipios, damos al Comité Olímpico, damos a Olimpiadas Especiales, a las Justas de la Liga Atlética Interunive­rsitaria, bridamos al deporte, infraestru­ctura, educación. Por eso el eslogan de que ‘cuando juegas a la lotería, ganamos todos’”.

 ?? Archivo ?? LA LEY establece que el pago del premio es al portador del boleto, o al portador del billete, por lo que no se interviene con cualquier acuerdo que haya hecho algún individuo con otra persona para cobrar el premio.
Archivo LA LEY establece que el pago del premio es al portador del boleto, o al portador del billete, por lo que no se interviene con cualquier acuerdo que haya hecho algún individuo con otra persona para cobrar el premio.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Puerto Rico