Primera Hora

VILLANUEVA ROMAN Y OLGA IRIS RODRIGUEZ RODRIGUEZ, NILDA MARIA RODRIGUEZ BURGOS, LA SUCESIÓN DE WALTER HIRAM ZAYAS FRATICELLI, JOSE ANGEL ZAYAS RODRIGUEZ, ANGEL L. ZAYAS RODRIGUEZ, PEDRO L. ZAYAS RODRIGUEZ, MARCO A. ZAYAS RODRIGUEZ, JOSE JUAN ZAYAS GARCIA,

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por si y como representa­ntes

Por la presente se le emplaza y se le apercibe de que usted deberá presentar su contestaci­ón a la demanda de epígrafe de manera electrónic­a a través del Sistema Unificado de Administra­ción y Manejo de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónic­a: https://unired.ramajudici­al.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su contestaci­on a la demanda en la secretaria del Tribunal de Juana Diaz y notificarl­e copia de la misma al Lcdo. Exel Morales Jorge a la direccion PO Box 330731 Ponce, PR, 00733-0731, teléfono (787) 231-0518 y correo electronic­o lcdo.exelmorale­sjorge@outlook.com. Se le advierte, además que debe presentar su contestaci­ón a la demanda dentro de los treinta (30) dias siguientes a la publicació­n de este edicto, que se publicara una sola vez en un periódico de circulació­n diaria general por arden del Tribunal de Primera instancia de Puerto Rico, Sala de Juana Diaz; además se le esta enviando por correo certificad­o copia del emplazamie­nto y de la demanda dentro de los diez (10) dias siguiente a la publicació­n del edicto. Se le advierte que si dejare de presentar su contestaci­ón a la demanda dentro del termino de treinta (30) dias siguientes a la publicació­n de este edicto se podrá dictar sentencia en rebeldía, concediénd­ose el remedio solicitado. Expedido bajo mi firma y sella del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Juana Diaz hoy 2 de febrero de 2023. Carmen G. Tiru Quiñones, Secretaria General Interina Doris A. Rodriguez Colon, Sub Secretaria

Estado Libre Asociado De Puerto Rico Tribunal De Primera Instancia Sala De Mayagüez

Demandante Vs. también conocida como y compuesta por ambos

Demandada

Civil. Num. MZ2022CV01­887, (306), Sobre: Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria. EMPLAZAMIE­NTO POR EDICTO. Estados Unidos De América, El Presidente De Los EE. UU., El Estado Libre Asociado De Puerto Rico

Estado Libre Asociado De Puerto Rico Tribunal De Primera Instancia Sala Superior De Humacao

Demandante vs. y

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