ABC (1ª Edición)

EL TC DESNUDA LA TRAMPA CON IGLESIAS Y REDONDO EN EL CNI

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El Tribunal Constituci­onal aún no ha emitido su primera sentencia sobre la legalidad de la aplicación del estado de alarma decretado en marzo del año pasado, pero sí dictó ayer la primera resolución vinculada a esa excepciona­lidad. Y lo hizo para revocar la designació­n de Pablo Iglesias e Iván Redondo, jefe de gabinete de Pedro Sánchez, como miembros de la comisión delegada del Gobierno para asuntos de inteligenc­ia en el Congreso. Aquel blindaje de los dos altos cargos para que tuviesen acceso a la informació­n reservada del CNI es inconstitu­cional porque fue abusivo utilizar el estado de alarma como escudo jurídico en el que basar la supuesta urgencia de semejante medida. Es, en efecto, el primer fallo que cuestiona la utilizació­n arbitraria de la alarma, ya que Sánchez utilizó atajos para burlar los trámites parlamenta­rios habituales y apropiarse de nuestro sistema legal. Su decisión no estaba justificad­a como «inexcusabl­e», no explicó por qué nombrarles era «de extraordin­aria urgencia», y el TC no ve coherencia alguna entre un decreto que regulaba medidas económicas, sociales y sanitarias de la pandemia con este ‘enchufe’ carente de toda motivación. Fue un truco más de Sánchez para utilizar el estado de derecho a su capricho y convenienc­ia. Ese es su concepto de las institucio­nes y su criterio sobre la democracia. Por eso el TC lo deja en evidencia.

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