Castells rectifica y permite al Rey expedir títulos en su nueva ley
∑ El nuevo borrador de la norma financiará el fomento de las lenguas cooficiales
La nueva ley de Universidades no eliminará funciones al Rey de España. El Ministerio de Universidades ha rectificado y permitirá, finalmente, que el Monarca expida los títulos universitarios oficiales. El ministro Manuel Castells ha dado marcha atrás después de que ABC publicara que su intención era que solo el rector de cada universidad pudiera firmar los títulos. En el primer texto de la nueva ley de Universidades, al que tuvo acceso ABC y fue estudiado en el Consejo de Ministros en primera vuelta, desaparecía el nombre del Rey y se señalaba: «El Gobierno, previo informe del Consejo de Universidades, establecerá las directrices y condiciones para la obtención de los títulos universitarios oficiales, que serán expedidos por el rector o rectora de la universidad».
En la nueva versión –la última, y a la que ha tenido acceso este periódico– el Monarca sí aparece: «El Gobierno, previo informe del Consejo de Universidades, establecerá las directrices y condiciones para la obtención de los títulos universitarios, que serán expedidos, en nombre del Rey, por el Rector o Rectora de la universidad», dice el nuevo texto redactado que se ha entregado a la comunidad universitaria.
Tras la denuncia de ABC, Manuel Castells había justificado que no era necesario incluir el nombre del Rey, «porque sería redundante». Aseguraba que en el decreto de expedición de títulos del año 2010 ya se mencionaba la figura del Monarca. Pero esa explicación no ha sido insuficiente y se ha incorporado al nuevo texto. El problema es que un real decreto no está por encima de una ley orgánica. De manera, que si se quitaba la figura de Felipe VI, no se podría ir en contra de la ley. De hecho, el real decreto de 2010 desarrolla la norma vigente, es decir, la Ley Orgánica de Universidades (LOU) de 2001 (y sus posteriores modificaciones). Dicho de otro modo, si hay una nueva ley orgánica, tiene que haber un nuevo real decreto de expedición de títulos. Castells, ante esto dijo: «Es que todavía no hay ley orgánica aprobada y además no quita nada».
Ahora se recupera lo que dice la norma vigente, que señala: «El Gobierno establecerá las directrices y las condiciones para la obtención de los títulos universitarios de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional, que serán expedidos en nombre del Rey por el rector de la universidad». Por su parte, el presidente de la CRUE, José Carlos Gómez Villamandos aplaudió la modificación: «Me parece lo más adecuado mantener una tradición que muestra la implicación del jefe de Estado en el sistema universitario».
Esta última versión de la ley de Universidades, más conocida como ‘Ley Castells’ está fechada el 25 de octubre. Aún podría sufrir cambios en su nuevo aterrizaje al Consejo de Ministros, en segunda vuelta. «Podría tener algunos cambios, pero ya menores, no de tanto calado como los incorporados en esta fase», explican fuentes del ministerio de Universidades a ABC. Por otro lado, se mantiene la perspectiva de género y también continúa en la norma que las universidades «impulsarán el uso de las lenguas cooficiales propias de sus territorios, de conformidad con lo dispuesto en sus Estatutos y regímenes de cooficialidad lingüística». Se añade, además, en el apartado de financiación, el apoyo a la pluralidad lingüística de los programas «incluyendo las lenguas cooficiales». Castells también ha introducido cambios en el apartado dedicado al Personal Docente e Investigador (PDI). El ministro hizo llegar a la comunidad universitaria, antes de este borrador, los cambios que iba a introducir en el título X que aborda todo lo referente al PDI «tras las consultas realizadas» a la comunidad universitaria. El nuevo texto legal regula con más precisión (que el anterior aprobado en primera vuelta en Consejo de Ministros) la figura de profesor permanente laboral (es decir, un profesor fijo de la universidad). Esta figura es parecida a la figura de profesor contratado doctor (es decir, el primer escalón en la carrera docente) eliminada, de la ‘ley Castells’ y reemplazada por esta. Esto demuestra que el ministerio sigue obsesionado con eliminar a los profesores contratados doctores.
17 sistemas diferentes
Asimismo, el ministerio propone que las comunidades puedan establecer acuerdos de reconocimiento de acreditaciones para la figura de este ya mencionado profesor permanente laboral. Esto significa que cada comunidad, con su respectiva agencia de evaluación, puede establecer su propia acreditación para estos profesores, con sus propios requisitos. En la práctica se traduce en 17 sistemas de profesorado permanente laboral diferente. Otros cambios también avanzados por ABC son en la gobernanza universitaria. El ministerio modifica el Claustro, sobre todo su constitución y representación. El rector seguirá siendo elegido por el modelo actual basado en el sufragio ponderado de la comunidad universitaria, eliminando la opción que permitía que fuera elegido por un «órgano específico».