La aprobación de la reforma del CGPJ no implicará una renovación inmediata en el TC
► Sin los vocales del sector conservador del Consejo no puede salir adelante la elección de los dos magistrados
La aprobación, el próximo jueves, de la proposición de ley del Grupo Socialista que prevé devolver al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) la competencia para nombrar a dos magistrados del Tribunal Constitucional no implicará su elección automática por parte del órgano de gobierno de los jueces. De ser así, el vuelco que daría al Gobierno el control del TC tras la renovación del tercio del órgano de garantías, cuyo mandato venció el pasado 12 de junio, se produciría de forma inmediata.
Si bien la parte que corresponde al Ejecutivo (otros dos magistrados) no plantea ningún problema, en el sentido de que pondrá sus dos nombres sobre la mesa de un día para otro, esa elección sí puede encallarse en el órgano de gobierno de los jueces, donde se necesita una mayoría de tres quintos para que la renovación pueda llevarse a cabo. Lograr esa mayoría no va a ser fácil y va a depender en buena medida de la receptividad que encuentre el CGPJ respecto al acuerdo que adopte el órgano que preside Carlos Lesmes en el pleno extraordinario que tendrá lugar este lunes a las cinco de la tarde.
Al contar el Consejo con dos vocales menos (tras la jubilación de Rafael Fernández Valverde y el fallecimiento de María Victoria Cinto), un total de 18 más el presidente, la mayoría de tres quintos se sitúa en once vocales, lo que implica la necesidad de contar con los votos del sector conservador. De ellos ha partido precisamente la convocatoria de ese pleno extraordinario ante el malestar que ha ocasionado la maniobra del Ejecutivo para hacerse ya con el control del Tribunal Constitucional. Y es que esta renovación del tercio que corresponde al CGPJ (dos magistrados) y Gobierno (otros dos) va a implicar un cambio en la relación de fuerzas del TC, que pasará de la actual mayoría conservadora (7-5) a una mayoría progresista en esta misma proporción. Será este nuevo TC el que vea los recursos contra la ley del aborto y contra buena parte de la política legislativa del Gobierno, como la eutanasia, el 25 por castellano en las escuelas de Cataluña o la posible inconstitucionalidad de la ley que ha vetado los nombramientos discrecionales y que ahora vuelve a tocar el Ejecutivo.
El escrito que ocho vocales han llevado al Pleno extraordinario para su debate y votación cuestiona tanto la decisión del Gobierno de volver a tocar una ley que afecta al órgano de gobierno de los jueces sin escucharles como la devolución parcial de las competencias en materia de nombramientos.
A la carta
En este sentido consideran «contradictorio» e «incoherente» que se justifique el retoque de esa ley en evitar las dificultades que esa norma entraña para la renovación de los órganos constitucionales y sin embargo, solo se preocupen por el TC. «Tan órgano constitucional es el tribunal de garantías como lo son los juzgados y tribunales, servidos por jueces y magistrados integrantes del Poder Judicial, cuyo superior, en todos los órdenes, es el Tribunal Supremo», señalan.
Por este motivo, en el texto que se lleva a Pleno se ha incluido el acuerdo que la Sala de Gobierno del Supremo adoptó el pasado 27 de junio, en el que calificaba de «insostenible» la situación de bloqueo que impide al Consejo hacer nombramientos. En ese escrito el Alto Tribunal vaticinaba «dificultades extraordinarias» en su funcionamiento. A día de hoy hay más de sesenta vacantes en la cúpula judicial, de las que 14 están en el Tribunal Supremo, que está funcionando con casi un 20 por ciento menos de su plantilla desde que en enero del pasado año una proposición de ley de socialistas y Unidas Podemos vetara cualquier nombramiento discrecional mientras que el CGPJ se mantuviera en funciones, situación en la que lleva desde diciembre de 2018.
Respecto al trámite de audiencia, fuentes del Consejo recuerdan que si bien es cierto que, a diferencia de los anteproyectos, no hay obligación de someter las proposiciones de ley al informe del CGPJ, el principio de «interpretación conforme» con el Derecho de la Unión Europea impone que cuando la proposición de ley se refiera a los «aspectos nucleares» del estatuto de los miembros del Poder Judicial o que afecten a sus funciones, deberá tramitarse oyendo a todos los sectores implicados, algo que una vez más no se está haciendo. Todo apunta así a que si el Parlamento vuelve a negar la palabra al CGPJ como parte afectada y no amplía los nombramientos al resto de plazas que están sin cubrir, chocará de lleno con el sector conservador del órgano, sin el que el Gobierno no podrá consumar su maniobra para controlar ya el TC, salvo que se arriesgue, pese a las advertencias de inconstitucionalidad, a llevar a cabo una renovación parcial por su cuenta.
La respuesta del Consejo dependerá en gran medida de la receptividad del Gobierno respecto al problema de las vacantes