La juez critica que la Generalitat entorpeciera la investigación
El fallo reprocha la «hostilidad» con la que se trató a la menor víctima de abusos
La sentencia contra el exmarido de la vicepresidenta de la Generalitat Valenciana y consejera de Igualdad, Mónica Oltra, por un delito continuado de abuso sexual a una menor de edad que estaba bajo la tutela del Gobierno valenciano, pone en entredicho la gestión que el ejecutivo autonómico hizo sobre este asunto. De hecho, el tribunal señala «la hostilidad y absoluta falta de empatía hacia la víctima que se trasluce en los informes aportados y que se elaboran por quienes, paradójicamente, estaban llamados a protegerla».
Tras un primer fallo anulado y una repetición parcial del juicio, Luis R. ha vuelto a ser condenado a cinco años de prisión por unos hechos que ocurrieron entre finales de 2016 y principios 2017, cuando este educador se ocupaba del turno de noche del centro de menores Niño Jesús de Valencia. El acusado acudía a la habitación individual en la que la niña, que entonces tenía 15 años, dormía cuando estaba castigada por mal comportamiento, y allí le realizaba masajes consentidos en el cuello y la espalda para que se relajara. Pero una vez que creía que la menor estaba dormida –en realidad fingía dormir por vergüenza–, cogía su mano y se masturbaba con ella.
«Interés exculpatorio»
Una situación que se repitió varias veces, según el relato de la joven, que no quiso denunciar al pensar que nadie iba a creerla porque sabía del parentesco de su cuidador con la alto cargo en ese momento. La adolescente fue trasladada a otra residencia, pero el educador siguió en su puesto, en el que trabajaba desde 2011, hasta que pudo ser apartado con una sentencia.
La defensa recurrió el primer fallo en diciembre de 2019 al haberse obviado durante el proceso dos informes que exculpaban al acusado y dudaban de la víctima. Se trataba de un estudio psicológico de la menor realizado por el Instituto Espill, al que Igualdad encarga la evaluación de los casos de abusos, y otro expediente elaborado por la Dirección Territorial de la consejería que dirige Oltra basado en parte en el primer documento. No obstante, la Consejería pidió ese informe en noviembre de 2017 excediéndose de sus competencias, ya que el juez de instrucción ya había dictado un auto para investigar penalmente los hechos dos meses antes.
La juez no entiende por qué no se acudió a la Fiscalía de Menores y se optó por practicar una «’instrucción’ paralela» de la que se extraen unos documentos que «podrían estar animados por un interés de exculpar o aminorar una eventual responsabilidad de la Generalitat». Informes en los que «llama la atención cómo se ocultan los apellidos del acusado» o «cómo se permite a éste confeccionar un ‘protocolo’» sobre casos similares para el centro con el que poder defenderse. Del mismo modo, en el momento en el que la menor –ante la inacción de la dirección del centro– relata lo sucedido a dos policías, detalla que «parece que se trata de disuadir a los agentes de que pongan en conocimiento de la Fiscalía los abusos». El fallo recalca que pasaron cuatro meses hasta que esto ocurrió. «La primera noticia que se tuvo en el centro de los hechos fue el 20 de febrero de 2017» y no se dio parte hasta junio.
Igualdad no creyó a la niña
Informe oficial
El Gobierno valenciano ocultó los apellidos del exmarido de la vicepresidenta en
su expediente
La magistrada aprecia «un claro sesgo de confirmación en toda la actuación de dicha Conselleria (sic), a partir de la inicial percepción (consigna en realidad) de que la víctima es una niña problemática, mentirosa e incluso violenta». Tanto es así que «solo las personas ajenas al ámbito de la Conselleria dotan de credibilidad el relato de la menor».