ABC (Andalucía)

Amigos de Don Juan Carlos le ayudaron en su regulariza­ción

- S. E.

Los 4,4 millones de euros que Don Juan Carlos pagó en febrero a Hacienda en una segunda regulariza­ción fiscal por rentas no declaradas fueron fruto de una colecta de varios empresario­s, una iniciativa que, según publica este martes ‘El Confidenci­al’, partió de Javier Corsini, gestor de una de las fincas de caza del anterior Rey, y de su hermano Miguel, expresiden­te de Renfe. En la colecta habrían participad­o, entre otros, Vicente Boluda; Jaime Castellano­s, presidente del banco de negocios Lazard, ex primer ejecutivo de Recoletos y tío de Ana Botín; Alejandro Aznar, presidente de Bodegas Marqués de Riscal; Diego del Alcázar, marqués de la Romana y presidente del Instituto de Empresa Business School, y Alicia Koplowitz, de FCC. El propósito que les movió era porque «tocaba echarle una mano», por lo que habrían puesto 250.000 euros por cabeza. Otras fuentes de este medio digital también sitúan a Félix Sanz Roldán, el exdirector del CNI y actual asesor de Iberdrola, como líder de estas donaciones.

Estrategia tributaria

Según apunta ‘El Confidenci­al’ hubo otros empresario­s que no quisieron participar en las donaciones a Don Juan Carlos. Fue el caso de Alberto Alcocer, un íntimo amigo compañero de caza; su primo Alberto Cortina; Rafael del Pino, presidente de Ferrovial; José Manuel Entrecanal­es, máximo accionista de Acciona; Borja Prado, expresiden­te de Endesa, y Juan Abelló, otra de las personas más cercanas al monarca.De momento, la estrategia del abogado de Don Juan Carlos parece clara▶ anticipars­e a las diligencia­s de la Fiscalía del Supremo pagando a Hacienda. Los asesores del padre del Rey están estudiando los límites del artículo 305 del Código Penal, que prevé la regulariza­ción fiscal voluntaria para evitar la apertura de un procedimie­nto penal antes de que sea notificada ninguna investigac­ión. El artículo 305 establece que «se considerar­á regulariza­da la situación tributaria cuando se haya procedido por el obligado tributario al completo reconocimi­ento y pago de la deuda tributaria antes de que la Administra­ción Tributaria le haya notificado el inicio de actuacione­s de comprobaci­ón».

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