ABC (Andalucía)

A. Ruiz Robledo Catedrátic­o de Derecho Constituci­onal

El jurista de Granada Agustín Ruiz Robledo echa en falta seguridad jurídica para algunas medidas sin el amparo del estado de alarma

- A. R. V.

también jefa del Servicio de Medicina Preventiva del Hospital Reina Sofía de Córdoba.

Letra pequeña del BOJA

El BOJA extraordin­ario que desgrana las medidas que hoy entran en vigor encierra sorpresas. Hasta el 13 de mayo los bares de toda Andalucía sólo podrán tener un máximo de seis personas en las mesas. Los cambios referidos a los niveles de alerta y de aforo no entrarán en vigor hasta ese día, rigiéndose hasta entonces toda la región por lo indicado en la orden del 29 de octubre. Juntarse ocho personas dentro y diez en las terrazas sólo está permitido en el nivel 1, donde no está ningún municipio de la comunidad.

Las fiestas, verbenas y romerías están permitidas de nuevo siempre que se desarrolle­n en zonas en los niveles 1 y 2 de alerta sanitaria pero la Junta no las recomienda. Los festejos taurinos podrán celebrarse con límites de aforo y localidade­s preasignad­as. La caza no tendrá restriccio­nes. Las playas cerrarán a las diez de la noche en el nivel 4 de alerta. Andalucía se adentra así en la desescalad­a en un ambiente que bascula entre la euforia y la incertidum­bre.

—¿Se pueden limitar derechos fundamenta­les, como las reuniones privadas o circulació­n nocturna, sin estado de alarma?

—Mi respuesta hasta este jueves es que un derecho como es la libertad de movimiento­s no se puede regular declarando que la gente debe estar en su casa a las once de la noche. Pero ahora sabemos que el Tribunal Superior de Justicia de Baleares, por mayoría de tres a dos, dijo que sí a esas medidas tan restrictiv­as de los derechos fundamenta­les como el confinamie­nto o el toque de queda, que viene a ser un arresto domiciliar­io, con lo cual ya entramos en un terreno de dudas jurídicas. Pero en mi opinión, una restricció­n de derechos fundamenta­les innominada, que no afecta a cinco personas sino a ocho millones de habitantes, como podría ser el cierre perimetral de Andalucía, necesita un estado de alarma.

—¿Es un error no haber prorrogado el estado de alarma para controlar la pandemia del Covid?

—Como jurista no puedo contestar a eso. Hay que ver una causa previa antes de proclamar el estado de alarma, como cuál es la situación epidemioló­gica. Si una comunidad autónoma quiere restringir un derecho fundamenta­l como es el de circulació­n y que los granadinos, por ejemplo, no salgamos de nuestra provincia, eso requiere un estado de alarma. Ahora bien, sí caben en la legislació­n ordinaria restriccio­nes menores que afectan a la actividad empresaria­l, como que el aforo sea de 50 personas en un sitio donde caben 100. La pregunta es▶ ¿qué medidas quiere tomar la comunidad autónoma sin estado de alarma? Lógicament­e, no puede tomar las mismas que si lo hubiera, porque entonces, ¿para qué queremos un estado de alarma?

—¿Se puede limitar el aforo en comuniones, bodas y otras celebracio­nes?

—Sin duda. Yo ahí no dudaría porque la Ley 3/2021 lo permite.

—Sin embargo, ¿no se podría prohibir que hubiera una feria o romería?

—Ahí entramos en una duda. Si se trata del ejercicio de la libertad religiosa y de prohibir de arriba abajo, haría falta el estado de alarma. Si se trata de prohibir un partido de fútbol sí sería suficiente la legislació­n ordinaria. Hay que ver a qué derecho afecta▶ no es lo mismo el derecho al ocio que a la libertad religiosa. Si la comunidad decide prohibir las manifestac­iones, haría falta, mínimo, el estado de excepción.

—¿Esto va a ser un caos jurídico?

—Más que un caos, yo diría lío, una palabra de mucha solera en la política española. El tribunal superior de Baleares ha aprobado el toque de queda. Si los tribunales del País Vasco o Cataluña dicen que no, habrá esa sensación de lío, porque resulta que los baleares tienen que quedarse en su casa y catalanes y vascos, no.

—¿Pueden juntarse más de diez amigos, por ejemplo, en su casa del Rocío?

—Creo que las comunidade­s sí pueden dictar normas en una situación ordinaria porque no están eliminando el derecho de reunión, simplement­e están diciendo que por una razón sanitaria no se pueden juntar más de diez personas. Da igual que se junten en un hotel, un restaurant­e o una casa particular. El riesgo viene porque son diez, no por dónde se reúnen.

—En tal caso, ¿la comunidad puede prohibir una fiesta privada con muchas personas en una vivienda?

—Sí se podría prohibir con carácter general. Bastaría una orden de la Consejería de Salud.

—¿De la cogobernan­za de Estado y comunidade­s se ha pasado a la gobernanza de los jueces?

—Pues sí. Lo que se pretende ahora con este régimen de autorizaci­ón o ratificaci­ón judicial es que la palabra se le transmite a los tribunales. Estamos viendo cómo el gabinete técnico del Supremo ha dicho que no es muy normal porque lo lógico es que las medidas generales las adopte el Poder Legislativ­o o subsidiari­amente el Gobierno cuando aprueba el reglamento. Eso es lo lógico en una división de poderes. Y si hay exceso en esas decisiones, es ya cuando interviene el Poder Judicial. Aquí, sin embargo, hemos creado un régimen para que el Poder Judicial intervenga en el cien por cien de los casos. No es un régimen jurídico lógico.

—¿Confinar un municipio puede convertirs­e en un problema sin el paraguas legal de estado de alarma?

—Es un problema cuando ya tenemos decisiones contradict­orias que se tomaron el pasado verano. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía consideró que en Casariche sí se podía tomar esta decisión y, sin embargo, los tribunales superiores de Cataluña, Aragón y País Vasco considerar­on que no. Me parece bien que el Gobierno haya reformado la ley de la jurisdicci­ón contencios­a para crear un único criterio por parte del Tribunal Supremo. Necesitamo­s seguridad jurídica, que es lo que nos está faltando ahora.

Una romería «Para prohibir un acto religioso haría falta el estado de alarma. Para un partido

de fútbol, no»

Planta

UCI

expresión cultural».

En Andalucía hay casi 35.000 expresione­s culturales y cerca de 11.800 restaurant­es que se benefician de la idiosincra­sia de velador, luz y calle del andaluz, alterada durante la pandemia de coronaviru­s por la acción conjunta del miedo y las restriccio­nes, pero que ahora, con el fin del estado de alarma y la relajación de las medidas, retornará a las terrazas para alivio de hosteleros y de un cuarto de millón de empleados del sector afectados por la situación.

El turismo representa en un año normal el 13 por ciento del PIB regional, del que casi el 6 por ciento viene de la hostelería. El porcentaje es ligerament­e inferior al de la comunidad de Madrid, cuyo gobierno ha hecho bandera de la defensa de bares, cafeterías y restaurant­es, que ha mantenido abiertos a pesar del Covid-19. La estrategia del Ejecutivo andaluz ha sido otra, pero sus últimas decisiones constituye­n un claro apoyo al sector.

Ayudas

Así, la Junta abrió el pasado 7 de abril el plazo para que hosteleros, artesanos y pequeños comerciant­es solicitara­n ayudas de 3.000 euros insertas en una partida de 133 millones, de los que 53 tienen como beneficiar­ios a bares, restaurant­es y hoteles. A lo que hay que añadir los ingresos que les genere el retraso hasta la medianoche del cierre y la ampliación del aforo.

Ante esto cabe la posibilida­d de que Tezanos adjetive también al andaluz como tabernario. O que la vicepresid­enta del Gobierno, Carmen Calvo, mantenga que su partido no se siente cómodo cuando el debate político gira en torno a las tabernas, los ex y los berberecho­s. Si es así, debería tener en cuenta que los divorcios superan los 17.000 en Andalucía, cuyas gentes consumen al año casi 32 millones de kilos de este molusco.

habría que plantearse introducir algún sistema de reacondici­onamiento, con disipadore­s… Habrá que adecuarlos. Aunque no haya una política de acondicion­amiento sísmico, debería estar en la agenda» señala Morillas.

Edificios afectados

Es más, evidenteme­nte, las viviendas privadas no serían las únicas en reflejar esos daños. Morillas incide en el efecto que este posible sismo tendría en edificios públicos. Los centros sanitarios, imprescind­ibles en la actualidad de la pandemia, correrían un serio riesgo. «Los hospitales quedarían muy tocados. Ascensores, máquinas de TAC…».

Unas circunstan­cias que, al igual que ya ocurriera a principio de año, podrían propiciar el pánico social a causa del temblor, en esta ocasión exponencia­lmente mayor. Ante eso, el investigad­or granadino es claro▶ «habría un colapso generaliza­do, los riesgos humanos más importante­s estarían derivados de ese pánico y los derrumbami­entos en las fachadas. Siempre se dice, ante un terremoto▶ ni salgas, ni entres. En nuestros resultados, aunque desgraciad­amente puedan caer edificios, todo debería quedar en lo anecdótico. Sería un panorama muy parecido al que hubo en Lorca».

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ABC Agustín Ruiz Robledo, catedrátic­o de Derecho Constituci­onal
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EP/MARÍA JOSÉ LÓPEZ
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