ABC (Andalucía)

Condenado a 31 años de cárcel por matar a tiros a un anciano en un cortijo de Santa Fe

- S. A. GRANADA

La Audiencia de Granada condenó a 31 años y un mes de prisión al hombre al que un jurado popular declaró en enero culpable de asesinar a un anciano de 73 años y de herir a otras dos personas más en un tiroteo en un cortijo de la pedanía de El Jau el 10 de febrero de 2021.

La sentencia de la Sección Primera de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Europa Press y contra la que cabe recurso, le condena como autor de un delito de asesinato, de otro en grado de tentativa y de un tercer delito de lesiones por acabar con la vida del dueño del cortijo e intentarlo con su viuda y otro familiar a los que también disparó y que lograron salvar la vida.

También fue condenado por tenencia ilícita de armas dado que no tenía licencia para emplear el revólver que usó aquella noche y al pago de más de 200.000 euros en indemnizac­iones.

Durante el juicio el acusado declaró que su intención «no era matar a nadie» pero se encontró a su hijo de rodillas en el suelo, ensangrent­ado y con el cañón de una escopeta apuntándol­e a la cabeza. «Cuando cargó la escopeta y le encañonó en la cabeza supe que le iba a matar y disparé (...) era la vida de mi hijo, si no lo hubiera hecho no estaría aquí», señaló en relación al dueño del cortijo, que falleció prácticame­nte en el acto. No obstante, el jurado no avaló esta versión y le declaró culpable de asesinato sin apreciar legítima defensa.

Pelea

En el banquillo se sentaron otras tres personas más: el primo del principal acusado —absuelto de los delitos de asesinato y tentativa de asesinato que le atribuía la acusación particular— y los dos jóvenes que protagoniz­aron la pelea previa que desencaden­ó el crimen. Estos jóvenes fueron condenados por un delito leve de lesiones al pago de una multa y deberán indemnizar­se mutuamente con cuantías inferiores a 400 euros.

El abogado defensor, Solimán Ahmed, había pedido un veredicto de no culpabilid­ad para su cliente alegando que actuó en legítima defensa dado que el dueño del cortijo iba armado con una escopeta y presuntame­nte pretendía matar a su hijo. A esta eximente sumó otra de miedo insuperabl­e o de trastorno mental transitori­o que tampoco fue apreciado por los miembros del jurado.

El letrado tildó de «aberración jurídica» este veredicto y avanzó que recurrirá la sentencia condenator­ia.

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// ALBERTO DÍAZ Aguas superficia­les en Isla Canela, Ayamonte

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