El secreto de las comunicaciones es sagrado
La misma diligencia que llevó a Julián Salto, fiscal del caso de la pareja de Ayuso, a pedir dos años y medio de cárcel para nuestros compañeros Pablo Muñoz y Cruz Morcillo por revelación de secretos –acusación que se retiró un mes después tras «reconsiderar» esa postura la entonces fiscal general Consuelo Madrigal–, debería haber llevado a la Fiscalía a reflexionar sobre el material que aportaba a los medios de comunicación cuando, en su intento de justificar su actuación contra el entorno de la presidenta de la Comunidad de Madrid, dio a conocer información confidencial enmarcada en el secreto profesional que ampara las comunicaciones de los abogados.
En su afán de hacer un relato cronológico de las conversaciones mantenidas con el letrado de
Alberto González Amador, la
Fiscalía de Madrid que dirige Pilar
Rodríguez, alto cargo del Ministerio de Justicia con Zapatero, dejó constancia por escrito de que no fue hasta horas después de que la noticia ya estuviera publicada en los medios de comunicación cuando el fiscal remitió la denuncia al letrado para «facilitarle el derecho de defensa».
No es de extrañar que esta actuación haya puesto en pie de guerra a la Abogacía de Madrid, que considera de «extrema gravedad» la revelación de estas conversaciones privadas en un comunicado en el que se detallan datos concretos de unas diligencias de investigación, fechas y contenido de conversaciones y reuniones... En definitiva, un burdo pisoteo al secreto profesional que, como recuerda el Colegio de la Abogacía madrileña, ampara las comunicaciones de letrados.
El Estatuto de la Abogacía establece el deber y el derecho de los abogados a mantener en secreto todas las comunicaciones y propuestas relacionadas con el ejercicio de su profesión, garantizando así la confianza y la protección de los derechos de sus defendidos. A su vez, el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal destaca el límite de la obligación de informar por parte del Ministerio Público, haciendo hincapié en el respeto al secreto del sumario y a los deberes de reserva y discreción inherentes al cargo, así como a los derechos de los implicados.
La Abogacía madrileña, que encabeza Eugenio Ribón, está dispuesta a llegar hasta las últimas consecuencias para depurar las responsabilidades oportunas, pues, como recuerda, divulgar información relativa a las estrategias legales de las partes sin un acuerdo de conformidad formalizado no sólo vulnera principios básicos, sino que también pone en riesgo la neutralidad del Ministerio Fiscal.
El asunto de la filtración no sólo ha indignado a los abogados. Se palpaba el viernes también en otros colectivos que se dieron cita en un desayuno informativo que tuvo como protagonista al presidente de los procuradores de España, Juan Carlos Estévez, quien pidió «ejemplaridad» con el filtrador. A ese encuentro acudieron también, entre otros, el presidente del Tribunal Constitucional, Cándido CondePumpido; magistrados del Supremo como Manuel Marchena o Antonio del Moral, y los exministros de Justicia Rafael Catalá, Juan Carlos Campo y Dolores Delgado. Esta última, por cierto, fue la que, siendo fiscal general del Estado, propuso como fiscal jefa de Madrid a Pilar Fernández y como jefa de ésta a Almudena Lastra.
Y fue precisamente la condena a su pareja, Baltasar Garzón, por intervenir las comunicaciones entre abogados y clientes en el caso Gürtel la que sobrevolaba algún corrillo en ese desayuno, en el que se recordaba que el secreto de las comunicaciones de los letrados es sagrado. En aquella sentencia, en la que el Supremo condenó al entonces juez a 11 años de inhabilitación por prevaricación, los magistrados dejaron claro que el derecho de defensa es un «elemento nuclear» en la configuración del proceso penal del Estado de derecho como un proceso con todas las garantías. Como ciudadano afectado, González tiene todo el derecho a que se respete su presunción de inocencia, especialmente por parte de una institución que tiene que funcionar bajo los principios de imparcialidad y legalidad.
El Estatuto de los fiscales impone el deber de reserva y discreción y el respeto a los derechos de los implicados