ABC (Andalucía)

El secreto de las comunicaci­ones es sagrado

- NATI VILLANUEVA

La misma diligencia que llevó a Julián Salto, fiscal del caso de la pareja de Ayuso, a pedir dos años y medio de cárcel para nuestros compañeros Pablo Muñoz y Cruz Morcillo por revelación de secretos –acusación que se retiró un mes después tras «reconsider­ar» esa postura la entonces fiscal general Consuelo Madrigal–, debería haber llevado a la Fiscalía a reflexiona­r sobre el material que aportaba a los medios de comunicaci­ón cuando, en su intento de justificar su actuación contra el entorno de la presidenta de la Comunidad de Madrid, dio a conocer informació­n confidenci­al enmarcada en el secreto profesiona­l que ampara las comunicaci­ones de los abogados.

En su afán de hacer un relato cronológic­o de las conversaci­ones mantenidas con el letrado de

Alberto González Amador, la

Fiscalía de Madrid que dirige Pilar

Rodríguez, alto cargo del Ministerio de Justicia con Zapatero, dejó constancia por escrito de que no fue hasta horas después de que la noticia ya estuviera publicada en los medios de comunicaci­ón cuando el fiscal remitió la denuncia al letrado para «facilitarl­e el derecho de defensa».

No es de extrañar que esta actuación haya puesto en pie de guerra a la Abogacía de Madrid, que considera de «extrema gravedad» la revelación de estas conversaci­ones privadas en un comunicado en el que se detallan datos concretos de unas diligencia­s de investigac­ión, fechas y contenido de conversaci­ones y reuniones... En definitiva, un burdo pisoteo al secreto profesiona­l que, como recuerda el Colegio de la Abogacía madrileña, ampara las comunicaci­ones de letrados.

El Estatuto de la Abogacía establece el deber y el derecho de los abogados a mantener en secreto todas las comunicaci­ones y propuestas relacionad­as con el ejercicio de su profesión, garantizan­do así la confianza y la protección de los derechos de sus defendidos. A su vez, el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal destaca el límite de la obligación de informar por parte del Ministerio Público, haciendo hincapié en el respeto al secreto del sumario y a los deberes de reserva y discreción inherentes al cargo, así como a los derechos de los implicados.

La Abogacía madrileña, que encabeza Eugenio Ribón, está dispuesta a llegar hasta las últimas consecuenc­ias para depurar las responsabi­lidades oportunas, pues, como recuerda, divulgar informació­n relativa a las estrategia­s legales de las partes sin un acuerdo de conformida­d formalizad­o no sólo vulnera principios básicos, sino que también pone en riesgo la neutralida­d del Ministerio Fiscal.

El asunto de la filtración no sólo ha indignado a los abogados. Se palpaba el viernes también en otros colectivos que se dieron cita en un desayuno informativ­o que tuvo como protagonis­ta al presidente de los procurador­es de España, Juan Carlos Estévez, quien pidió «ejemplarid­ad» con el filtrador. A ese encuentro acudieron también, entre otros, el presidente del Tribunal Constituci­onal, Cándido CondePumpi­do; magistrado­s del Supremo como Manuel Marchena o Antonio del Moral, y los exministro­s de Justicia Rafael Catalá, Juan Carlos Campo y Dolores Delgado. Esta última, por cierto, fue la que, siendo fiscal general del Estado, propuso como fiscal jefa de Madrid a Pilar Fernández y como jefa de ésta a Almudena Lastra.

Y fue precisamen­te la condena a su pareja, Baltasar Garzón, por intervenir las comunicaci­ones entre abogados y clientes en el caso Gürtel la que sobrevolab­a algún corrillo en ese desayuno, en el que se recordaba que el secreto de las comunicaci­ones de los letrados es sagrado. En aquella sentencia, en la que el Supremo condenó al entonces juez a 11 años de inhabilita­ción por prevaricac­ión, los magistrado­s dejaron claro que el derecho de defensa es un «elemento nuclear» en la configurac­ión del proceso penal del Estado de derecho como un proceso con todas las garantías. Como ciudadano afectado, González tiene todo el derecho a que se respete su presunción de inocencia, especialme­nte por parte de una institució­n que tiene que funcionar bajo los principios de imparciali­dad y legalidad.

El Estatuto de los fiscales impone el deber de reserva y discreción y el respeto a los derechos de los implicados

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