La empleada de hogar tendrá protocolo antiacoso y deberá recibir formación
► El empleador evaluará los riesgos laborales de sus trabajadoras y pagará su aprendizaje cuando la actividad «entrañe riesgos excepcionales» ► Cada tres años tendrán derecho a un reconocimiento médico que será único aunque trabajen en varias casas
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, llevará al Consejo de Ministros un real decreto que modifica sustancialmente las obligaciones de los empleadores y que refuerza los derechos de las trabajadoras del hogar en actividades relacionadas con la prevención y frente a situaciones de violencia y acoso en el hogar, incluida la sexual y por orientación de género, que promete estar entre las reformas laborales más polémicas de la líder de Sumar.
Los cambios propuestos llegarán en un momento muy delicado para el colectivo, formado en un 95% por mujeres, en el que la afiliación a a la Seguridad Social está en su nivel más bajo en más de once años. En este caso son una batería de exigencias, aunque, prácticamente, sin impacto para el bolsillo, y los afectados tendrán diez meses de plazo para que puedan adaptarse a las nuevas exigencias, que se argumentan como una cuestión de «justicia social al ser una profesión altamente feminizada».
Como idea principal, las personas que contraten a una empleada del hogar deberán realizar una evaluación inicial de los riesgos que existen para la seguridad y salud de la trabajadora, «teniendo en cuenta, con carácter general, las características de la actividad y de las personas empleadas». Para ello, el Ministerio de Trabajo pondrá en marcha una herramienta gratuita online que realizará ese diagnóstico.
El decreto precisa que «el coste de las medidas relativas a la seguridad y salud en el trabajo no deberán recaer en modo alguno sobre las personas trabajadoras», y también se asegura que los empleadores podrán concertar profesionales externos, «operaciones de seguro que tengan como finalidad garantizar como ámbito de cobertura la previsión de riesgos derivados del trabajo domésticos». Sobre las trabajadores del hogar señala: «Deberán guardar sigilo profesional sobre la información relativa al hogar familiar a la que tuvieran acceso como consecuencia del desempeño de sus funciones».
Cuando entren en vigor las modificaciones, las trabajadoras del hogar deberán contar con «equipos de trabajo adecuados para el desempeño de sus funciones » y se « adoptarán las medidas necesarias para que su utilización pueda efectuarse de forma segura». La evaluación de riesgos es la que determinará los empleos concretos en los que se deberán utilizar equipos de protección individual y la que también detallará las características de los equipos y los riesgos que motivan su uso.
Tiempo de descanso
La formación en prevención de las trabajadoras es otra de las novedades que incluirá esta reforma y que se exigirá a los contratadores. «Tendrán derecho a recibir una formación en materia preventiva en el momento de su contratación», relata el decreto. Añade que esta formación será « única, aunque presten servicios por cuenta de varias personas empleadoras y deberá estar centrada en la realización de las tareas del hogar». Su impartición, siempre que sea posible, será dentro de la jornada de trabajo o, en defecto, fuera de ella pero ese tiempo de aprendizaje deberá compensarse a la empleada con el descanso equivalente a las horas empleadas en esa formación.
Al respecto, la reforma que ha preparado la vicepresidenta segunda explica a lo largo del decreto que esta formación será financias por el Servicio de Empleo Estatal (SEPE), dentro de marco de actividades que desarrolla la fundación para la formación, la Fundae.
En el supuesto de que la actividad entrañe «riesgos excepcionales» en alguno de los domicilios en los que se trabaje, se deberá impartir una formación complementaria que, en este caso, sí correrá a cargo del empleador.
Un único chequeo
La nueva legislación sobre prevención que espera el visto bueno de Gobierno también hace alusión a los chequeos médicos del personal que presta servicios en los hogares. Al respecto, deja claro que «tienen derecho a la vigilancia de su estado de salud a través de la realización de un reconocimiento médico adecuado » . Explica que este reconocimiento será «único» por persona trabajadora, aunque preste servicio por cuenta de varias personas empleadoras, y que se llevará a cabo con una periodicidad trienal, «a no ser que el facultativo establezca una periodicidad inferior». Estos chequeos solamente se podrán realizar con la conformidad del trabajador.
Derecho a la igualdad
La norma persigue la protección de la seguridad y salud de las trabajadoras del hogar, aunque Trabajo va más allá de la prevención de riesgos laborales e introduce también medidas que persiguen el «derecho a la igualdad de trato entre mujeres y hombres», además de medidas de prevención de la violencia y acoso en el trabajo doméstico, «incluida la violencia y acoso sexual y el acoso por razón de sexos, identidad, expresión de género, así como orientación sexual».
El texto al que ha tenido acceso este periódico aclara la situación profesional que tendrá una empleada que haya sufrido una situación como las anteriormente descritas. Así, por ejemplo, se detalla que el abandono del domicilio ante una situación de violencia y de acoso «no podrá considerarse dimisión, ni podrá ser causa de despido, sin perjuicio de la posibilidad de la persona trabajadora de solicitar la extinción del contrato».
En el plazo de diez meses desde que se publique la norma, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) elaborará un protocolo de ac
La norma da diez meses de plazo desde que entre en vigor para que los empleadores cumplan con las nuevas obligaciones
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