ABC (Castilla y León)

La jura de la Princesa, en manos de Sánchez

▶ El Gobierno tendría que adelantar las elecciones para que no coincidan con su mayoría de edad

- A. MARTÍNEZ-FORNÉS MADRID

Pero aquel acuerdo también resaltaba la dimensión jurídica del juramento «al configurar­se como un acto de naturaleza constituci­onal que se proyectaba sobre el conjunto de las institucio­nes estatales y muy particular­mente, sobre los restantes órganos constituci­onales». Al jurar ante las Cortes, decía, «el Príncipe Heredero asume una responsabi­lidad institucio­nal específica y recibe la titularida­d de la misma, concretada en una vocación de Rey o Regente».

Después, el presidente del Congreso pronunció el único discurso, en el que aludió a su condición de socialista, aunque habló «institucio­nalmente en nombre de todos»: «Todos –dijo–, mayoría socialista y oposición, coinciden en la valoración de la Monarquía Parlamenta­ria como la forma política del Estado más adecuada y más racional para nuestro tiempo».

Por último, todos los asistentes se pusieron en pie para escuchar el juramento del Príncipe y, cuando concluyó, Peces-Barba afirmó: «Señor, las Cortes Generales acaban de recibir el juramento que Vuestra Alteza Real ha prestado en cumplimien­to de la Constituci­ón como Heredero de la Corona. Señorías, ¡Viva la Constituci­ón! ¡Viva el Rey! ¡Viva España!». Y, según las actas del Congreso, los diputados y senadores corearon los «vivas» y, «puestos en pie, prorrumpie­ron en grandes y prolongado­s aplausos».

El 31 de octubre de 2023 la Princesa de Asturias cumplirá 18 años y «al alcanzar la mayoría de edad» deberá prestar juramento como Heredera de la Corona ante las Cortes Generales, en cumplimien­to del mandato constituci­onal. Será el día más relevante en la vida de Leonor. La ceremonia debería ser similar a la que protagoniz­ó su padre el 30 de enero de 1986, cuando juró como Príncipe de Asturias.

Sin embargo, el cumpleaños de la Heredera coincidirá con el fin del mandato del actual Gobierno –que expirará el 10 de noviembre de ese año– y, si se convocaran las elecciones para ese otoño, quedarían inevitable­mente disueltas las Cámaras, por lo que la Princesa no podría prestar juramento el día de su cumpleaños ante las Cortes Generales, como establece la Constituci­ón.

En plena campaña

En ese caso, Leonor tendría que jurar ante los 69 miembros de la Diputación Permanente del Congreso y los 35 de la Diputación Permanente del Senado. Es decir, solo ante esos 104 parlamenta­rios, en lugar de los 350 diputados y los 265 senadores que conforman las Cortes. Además, la ceremonia se celebraría en un ambiente enturbiado por la campaña electoral, algo poco favorable para un acto institucio­nal. Por tanto, dependerá del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que la ceremonia se pueda celebrar con la solemnidad que requiere un acto de esa relevancia histórica e institucio­nal, o quede rebajada y deslucida.

Obviamente el día del cumpleaños de la Princesa es inamovible, y el artículo 61.2 de la Constituci­ón deja muy claro que ese día –«al alcanzar la mayoría de edad», dice– debe prestar su juramento. Tampoco existe la opción de convocar elecciones sin disolver las Cámaras, por lo que la única solución sería adelantar la fecha de las elecciones generales para que no interfiera­n en un hecho histórico que solo se produce una vez en cada reinado.

Teniendo en cuenta la duración de los plazos, los comicios tendrían que adelantars­e lo suficiente para que diera tiempo a que se constituye­ran las Cámaras antes del cumpleaños de la Heredera de la Corona. La Constituci­ón establece un máximo de 25 días tras las elecciones para la constituci­ón del Congreso y el Senado, mientras que la formación de Gobierno puede demorarse meses dependiend­o de los resultados electorale­s. Por lo tanto, lo suyo sería adelantar las elecciones antes del verano de 2023.

El Gobierno no tiene opción de retrasar la convocator­ia hasta después del cumpleaños de la Princesa, ya que la fecha límite para hacerlo antes de que expire su mandato es el 16 de octubre, de manera que ese día las Cámaras quedarían disueltas. Y es que la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General, establece que el plazo límite para convocar las elecciones es 25 días antes de la expiración del mandato.

Por lo tanto, si Sánchez no quiere deslucir el juramento de la Heredera de la Corona, tendrá que adelantar las elecciones.

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