Llarena quiere llevar la negativa de Bélgica con las euroórdenes al TJUE
▶ Pedirá fijar el alcance de la cooperación para evitar que se obstaculice la entrega de Puigdemont
El juez instructor del ‘procés’, Pablo Llarena, no está dispuesto a que, una vez que el Parlamento Europeo decida, como es previsible, levantar la inmunidad de Carles Puigdemont, Bélgica se niegue a entregar a España al expresidente de la Generalitat, como ya ha hecho con el exconsejero también huido Lluis Puig.
Por ello, el magistrado se ha adelantado a la decisión que las autoridades belgas puedan tomar respecto a Puigdemont –y los también eurodiputados Toni Comín y Clara Ponsatí– y ha propuesto plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Se trata de que el TSJU determine el alcance de la euoorden como mecanismo de cooperación internacional y las razones de denegación de una entrega. Con este movimiento, Llarena va a poner en evidencia las trabas de un país miembro a la aplicación de una herramienta de cooperación internacional que en teoría agiliza los plazos respecto a los de la extradición y que se basa en la confianza mutua entre Estados.
En una providencia notificada ayer, el instructor da tres días de plazo al fiscal, demás acusaciones (Abogacía del Estado y Vox) del ‘procés’, y abogados de los prófugos, para que se pronuncien sobre esta iniciativa, cuya finalidad es, dice, poder establecer «criterios estables que conduzcan la decisión de mantener, retirar o emitir nuevas órdenes europeas de detención contra todos o algunos de los procesados en la citada causa».
Llarena explica que las autoridades belgas le han comunicado oficialmente el 1 de febrero de 2021 su decisión, de carácter firme, de denegar la entrega del procesado Lluis Puig, expresada en anteriores resoluciones, con el argumento, como informó ABC, de que el Tribunal Supremo no era competente para juzgar a los procesados del desafío secesionista en Cataluña. Precisamente hace unos días el Tribunal Constitucional avaló la competencia del Supremo para investigar y juzgar a los líderes independentistas pues hubo actuaciones del ‘procés’ que se desarrollaron fuera de la comunidad autonóma de Cataluña.
En la providencia, Llarena considera que la interpretación del Derecho de la Unión y de las normas establecidas en la Decisión Marco relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros que ha llevado a cabo Bélgica «discrepa de la que sostiene este Tribunal Supremo». Esta interpretación definitiva de la norma «no solo afecta a las decisiones de entrega que deban tomarse en un futuro y a su eficacia procesal, sino que condiciona la subsistencia de unas medidas que impactan directa y permanentemente en el derecho a la libertad de los afectados, no solo respecto a su libertad de movimientos en el actual país de ejecución, sino todos aquellos otros estados de la Unión donde hoy opera su orden de detención y que puedan restringir su libertad en un futuro».
El juez recuerda que en el marco de esta causa, por la que ya fueron juzgados y condenados doce procesados, se han emitido órdenes de detención europea contra estos tres huidos sujetas a decisiones marco.
Desde el primer pronunciamiento de Bélgica, cuando rechazó las euroórdenes cursadas alegando «defectos de forma», en el Tribunal Supremo se extendió la desconfianza hacia las actuaciones que desde ese momento iba a mantener Bélgica, lo que se ha ido constatando en cada movimiento relacionado con los prófugos.