El TSJ confirma tres años de prisión para el ex capellán de las Angustias
▶ El religioso solicitaba que se le condenara por ciberacoso pero a penas de multa y así eludir la prisión
Susto en la localidad leonesa de San Andrés del Rabanedo. Un tren Alvia que hace el recorrido Madrid-Gijón se salió de la vía ayer a la altura del municipio, en la llamada Bifurcación Galicia, lo que obligó a evacuar a sus 40 pasajeros, que resultaron ilesos, para concluir el trayecto en autobús. El incidente, que afectó a los dos últimos vagones del convoy, provocó alteraciones en los enlaces entre con Asturias (seis trayectos) y no ocasionó daños personales, según informan fuentes de la compañía, que estudian ya las causas del siniestro.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la pena de tres años de prisión para el ex capellán de las iglesia de las Angustias de Valladolid por ciberacoso y abuso sexual sobre una menor de trece años que ejercía junto a su madre la mendicidad en las puertas del templo.
Los hechos se remontan a finales de 2019, cuando el condenado comienza a mantener contacto por Whatsapp con la joven de origen rumano. Aun sabedor él en todo momento de la edad de la adolescente, los mensajes tenían contenido sexual. Además, insistía en verse a solas para mantener relaciones con ella y le reclamó vídeos que ella le remitió desnuda, mientras que él le mando uno masturbándose. A ello se suma un episodio en el que aprovechó para «tocar las nalgas de la menor». Tras ello, la joven le reclamó que le comprara una casa a su madre o le denunciaría, como así lo hizo tres días después al no acceder al chantaje.
La sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial de Valladolid del pasado mes de febrero fue recurrida ante el TSJ por el religioso alegando «vulneración del principio de proporcionalidad en la imposición, que se considera excesiva, de la pena de prisión» solicitando que se le condenara por un delito de ciberacoso, pero a 19 meses de multa en vez de a cárcel –con ello la pena total de privación de libertad se habría reducido a dos años por el otro delito de abuso sexual pudiendo esquivar el centro penitenciario–. La Sala de los Penal del Tribunal castellano y leonés «no ha compartido el alegato» y confirma los argumentos expuestos en el anterior fallo.
El mismo destacaba cómo debía «tenerse en cuenta» la «constante voluntad del acusado de mantener progresivo contacto sexual con la menor, ducharse con ella, tocar, realizar el 69 y abiertamente mantener relaciones sexuales con ella»; y, por otra, que la menor era hija de una persona que mendigaba en el lugar donde ejercía como sacerdote. Razones por las que se optó por la prisión en vez de la multa. El TSJ «comparte totalmente» estas razones y descarta las alegadas por el religioso, que apuntaba en su recurso al supuesto chantaje de la víctima y su madre sobre el cura para no denunciar los hechos.
Por su parte, el Arzobispado de Valladolid mostró ayer su «desaprobación» por los hechos por los que se ha condenado al sacerdorte a la vez que mostró su «cercanía» a su persona y a «su sufrimiento».