Iglesias intentó flexibilizar el tercer grado de etarras en la ley de la infancia
▶ Les abría la puerta de acceso a ese ‘beneficio’ sin cumplir la mitad de la condena ▶ Pasó el filtro del Congreso sin rectificar y la enmendaron los socialistas en el Senado
El pleno del Congreso aprobó el jueves la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y a la Adolescencia frente a la Violencia, con la única oposición de Vox. Con 297 votos a favor es claramente una ley de consenso que aumenta el plazo de prescripción de los abusos a menores, amplía el concepto de violencia, obliga a utilizar la prueba preconstituida hasta los 14 años e incorpora el deber de los ciudadanos de denunciar el maltrato a niños, entre otras medidas novedosas.
Pero esta ley, la primera importante de Unidas Podemos, llevaba la marca de la formación en forma de artimaña, que a punto ha estado de salir adelante. El proyecto incluía una modificación del Código Penal que, de haberse aprobado, se traducía en flexibilizar el acceso al tercer grado a condenados por terrorismo, sin necesidad de que hubieran cumplido la mitad de la condena, como ocurre desde la reforma de 2003; es decir, habría supuesto ‘beneficios penitenciarios’ a etarras de los que ahora carecen.
De vuelta, con enmienda
De forma increíble, el texto pasó el primer filtro del Congreso sin que ningún grupo parlamentario se percatara de dicha modificación, incluido el PP. Fue durante el trámite parlamentario en el Senado hace menos de una semana cuando el Grupo Socialista presentó una enmienda para suprimir ese cambio, que prosperó, tal y como recoge el Boletín Oficial de la Cámara Alta del día 19 de mayo. El texto llegó de vuelta al Congreso con la supresión de ese tercer grado para los terroristas y para los condenados por delitos en el seno de una organización criminal. Y salió adelante con un apoyo casi unánime el jueves.
Se dio así la paradoja de que un proyecto de ley del Gobierno, que procedía directamente del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 cuando estaba al frente Pablo Iglesias, se modificó en un artículo tan sensible por el grupo parlamentario de su socio de Gobierno, el PSOE. Pero nada había trascendido sobre este cambio del Código Penal por la puerta de atrás hasta ayer. Y el origen fue un hilo en Twitter del profesor de Derecho Penal y Penitenciario en la Universidad Europea de Madrid Rafael Fontán quien advirtió, desde un punto de vista jurídico, de la reforma que se había pretendido introducir en una disposición de la ley de infancia.
El artículo 36 del Código Penal regula los periodos de seguridad y fija que en determinados delitos (graves) el condenado no podrá acceder al tercer grado hasta cumplir la mitad de su pena: terroristas, miembros de organizaciones criminales, agresores sexuales cuando la víctima tenga menos de 16 años y delitos de prostitución y corrupción de menores cuando tenga menos de 13.
Un hilo de Twitter
El proyecto que había salido del Consejo de Ministros añadía personas con discapacidad que necesitaran especial protección y víctimas de trata menores. Los autores de estos delitos y los anteriores tampoco podrían acceder al tercer grado, pero se añadía un apartado: permitir al juez de Vigilancia Penitenciaria aplicar el régimen general de cumplimiento, es decir, que terroristas y miembros de organizaciones criminales pudieran acceder a ese beneficio sin haber cumplido la mitad de la pena si «la autoridad judicial de Vigilancia Penitenciaria» así lo consideraba.
«Se amplía el ‘periodo de seguridad’ (art. 36.2) a los delitos de trata de seres humanos cuando la víctima sea un menor, incluyendo también la imposibilidad de obtener beneficios penitenciarios durante ese mismo periodo, pero se excluyen de ese automatismo a los condenados por delitos de terrorismo (incluidos hasta ahora), a los que sí se les podrá aplicar el régi