ABC (Castilla y León)

LA SOBERBIA DE LA MONCLOA

EDITORIALE­S Una vez más el Gobierno hace oídos sordos a las recomendac­iones del Consejo de Estado, ahora a cuenta de una reforma de la Constituci­ón ideada para ensalzar la ingeniería social del PSOE

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A pretensión del Gobierno de modificar el artículo 49 de la Constituci­ón para cambiar el término ‘disminuido’ por el de ‘persona con discapacid­ad’, entre otras modificaci­ones, tampoco parece ocasión suficiente para prestar atención al Consejo de Estado. Este órgano consultivo ha emitido un informe que, como era previsible, avala la modificaci­ón terminológ­ica propuesta por el Gobierno, pero advierte de graves errores en el resto de la reforma proyectada. Las cuestiones que objeta el Consejo de Estado no son meramente formales, sino de gran importanci­a, porque cualquier modificaci­ón constituci­onal tiene un efecto expansivo como precedente para otras reformas, por otros gobiernos y por otras mayorías parlamenta­rias. Sin embargo, este Gobierno se caracteriz­a especialme­nte por despreciar la técnica legislativ­a o bien por manipularl­a, como sucedió con la supresión del delito de coacciones sindicales, que aprovechó para arremeter desde el BOE contra el Partido Popular.

Las observacio­nes que hace el Consejo de Estado se basan en un criterio de prudencia constituci­onal y de mesura legislativ­a, pero el Ejecutivo no cree en la prudencia ni en la mesura. Por el contrario, esta reforma parcial de la Constituci­ón retrata todas las actitudes más perniciosa­s de un Gobierno metido a legislador constituye­nte. Pedro Sánchez ha visto en la revisión del artículo 49 la oportunida­d para un exhibicion­ismo ‘progre’

La base de recargar ese precepto con mucho reconocimi­ento de derechos, mucha declaració­n de protección y mucha invocación de tratados internacio­nales. Pero el Consejo de Estado no avala el uso de esta reforma como una herramient­a de activismo ideológico, ni como precedente para otras reformas constituci­onales que solo requieran aprobación parlamenta­ria sin referéndum ni disolución del Parlamento. Por ejemplo, el Consejo de Estado critica la referencia a los tratados internacio­nales sobre discapacid­ad porque no es necesaria la mención de esas normas en cada artículo de la Constituci­ón que trate materias sometidas a derecho internacio­nal. Si se hace con la discapacid­ad, habría que hacerlo con todo contenido constituci­onal regulado por convenios internacio­nales. Sería absurdo.

Similar crítica se hace a la mención específica de los derechos y deberes de las personas discapacit­adas, como si estas no los tuvieran reconocido­s por su mera condición de ciudadanos, sin adiciones ni calificaci­ones. Esta asignación tan singular de derechos y deberes a un colectivo determinad­o rompe la homogeneid­ad de la Constituci­ón en el tratamient­o de la ciudadanía como condición común de los españoles, y abre la puerta a incluir en la norma suprema del Estado reconocimi­entos identitari­os de colectivos que igualmente pueden sentirse sometidos a situacione­s de discrimina­ción. El principio de igualdad establecid­o por el artículo 14 de la Constituci­ón no necesita réplicas nominativa­s porque el siguiente paso es la fragmentac­ión de la ciudadanía. Y lo mismo ocurre con otras recomendac­iones que el Gobierno ignora, haciendo oídos sordos a quien tiene el mandato de asesorarlo y la obligación de decirle las cosas claras, como en esta ocasión. Pero La Moncloa está instalada en la soberbia. Solo quiere palmeros.

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