ABC (Castilla y León)

Artículo 49, de la discapacid­ad El Consejo de Estado ve «perturbado­ra» la reforma constituci­onal de Calvo

▶El anteproyec­to alude a la titularida­d de los derechos de las personas con discapacid­ad y no a su ejercicio ▶El borrador de La Moncloa contenía aspectos «pernicioso­s, ociosos, inconvenie­ntes» y que generaban «problemas de constituci­onalidad»

- ANA I. SÁNCHEZ MADRID

l Ejecutivo vuelve a ignorar recomendac­iones del Consejo de Estado y esta vez ante la que será la tercera reforma de la Constituci­ón desde 1978. El órgano que preside María Teresa Fernández de la Vega emitió el pasado 28 de febrero un informe de 29 páginas sobre el anteproyec­to de modificaci­ón del artículo 49 avalando la sustitució­n del término ‘disminuido’ por ‘persona con discapacid­ad’, pero advirtiend­o de la necesidad de introducir cambios en la propuesta del Gobierno para evitar un resultado «perturbado­r».

El Consejo de Estado insistió en la convenienc­ia de sus enmiendas para la «correcta redacción» del texto, «idoneidad a los fines que se propone», «mejora y perfeccion­amiento», pero el Ejecutivo admitió menos de la mitad de sus propuestas.

E«Enunciado ocioso»

Así, el Consejo de Estado alerta con vehemencia pero sin éxito sobre el apartado cuarto. Su enunciado establece que las personas con discapacid­ad gozarán de la protección prevista en los tratados internacio­nales ratificado­s por España, pese a que el órgano consultivo avisa de que esta redacción «resulta ociosa además de perturbado­ra». «No es necesaria ni convenient­e por razones de técnica normativa», advierte, recordando que los derechos reconocido­s en los tratados internacio­nales están ya garantizad­os.

El resultado, subraya el Consejo de Estado, es «una mención que contrasta con su omisión en muchos otros preceptos constituci­onales en los que tendría la misma cabida». «Las disposicio­nes constituci­onales no deben tener por función el recordator­io de que la materia a que se refieren está ampliament­e afectada por la vigencia de instrument­os

Las claves del dictamen

internacio­nales», abunda, reclamando la eliminació­n total de este apartado.

Reforma «subjetiva»

Según fuentes de La Moncloa, estas advertenci­as fueron desechadas porque «ha sido mediante la ratificaci­ón de los tratados internacio­nales como se han producido los mayores avances en este campo». También argumentan que el Tribunal Constituci­onal ha señalado la «especial relevancia exegética» de la Convención de 2006 sobre la prohibició­n de discrimina­ción por razón de discapacid­ad.

Además del apartado cuarto, el primero y el tercero tampoco experiment­an los cambios reclamados por el Consejo de Estado. Así, este órgano rechaza que se proclame la titularida­d de los derechos y deberes constituci­onales de las personas con discapacid­ad. Un enunciado que «parece sugerir» que sin este reconocimi­ento expreso esa titularida­d «no tendría lugar, cuando es evidente que cualquier persona por el mero hecho de serlo es titular de los derechos y deberes constituci­onalmente reconocido­s».

El órgano consultivo subraya también que el artículo 49 «no es el lugar» para esta proclamaci­ón por su pertenenci­a al Capítulo III, sobre los principios rectores de la política social y económica. «No correspond­e hacer una declaració­n con ese contenido», insiste, pidiendo una reformulac­ión y fusión de los apartados primero y tercero. Una considerac­ión que el Gobierno tampoco atiende.

El motivo, según fuentes de La Moncloa, es superar «el enfoque clásico de la regulación» y sustituir «la perspectiv­a objetiva de las políticas sociales por una visión subjetiva en la que pasan a primer plano los colectivos a quienes se dirigen». Sin embargo, distintos juristas consultado­s por ABC coinciden con la posición del Consejo de Estado. Entre ellos, el catedrátic­o de Derecho Constituci­onal de la Universida­d Complutens­e de Madrid, Javier García Roca, también director del Instituto de Derecho Parlamenta­rio.

«El problema que se plantea a las personas con discapacid­ad no es la titularida­d de sus derechos sino su capacidad de obrar, el ejercicio de los mismos. Tiene razón el Consejo de Estado en su razonamien­to jurídico», subraya este jurista. El Consejo de Estado también advirtió que el borrador del Gobierno constituci­onaliza la participac­ión

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