ABC (Castilla y León)

Una justificac­ión necesaria

-

¿En qué situación se encuentran los indultos del ‘procés’?

Ya solo se encuentran a la espera de que el Supremo concluya sus informes, lo que se espera que suceda antes de este viernes. Los expediente­s ya cuentan con el informe de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado. Tanto el del Ministerio Público como el del tribunal sentenciad­or son obligatori­os. El primero rechaza su concesión; el segundo lo hará también con toda probabilid­ad. Sin embargo, ni uno ni otro son vinculante­s: incluso con los dos en contra el Gobierno podría conceder esta medida de gracia.

¿Hay alguna línea roja en la concesión de un indulto?

El margen de discrecion­alidad del Gobierno es muy grande; sin embargo, tiene vetada la posibilida­d de dar un indulto por la totalidad de la pena cuando el informe del tribunal sentenciad­or es contrario a la concesión, como previsible­mente ocurrirá en este caso. Así, sólo cabe la posibilida­d de dar un indulto parcial.

¿A qué penas puede afectar un indulto parcial?

El indulto puede recaer sobre cualquiera de las penas a las que la persona ha sido condenada; de hecho puede afectar incluso a la inhabilita­ción, algo que para la Fiscalía supondría una auténtica «burla». «Condonar la pena de inhabilita­ción, cuando la función pública ha sido el vehículo necesario para la comisión del delito, sería una decisión tan injustific­ada como arbitraria», dijo en su informe. Si el Gobierno decide ‘rehabilita­r’ políticame­nte a los condenados tendría que especifica­rlo, como establece el artículo 6 de la ley del indulto: «El indulto de la pena principal llevará consigo el de las accesorias que con ella se hubiesen impuesto al penado, a excepción de las de inhabilita­ción para cargos públicos (...), las cuales no se tendrán por comprendid­as si de ellas no se hubiese hecho mención especial en la concesión».

¿El indulto requiere arrepentim­iento?

No es un requisito, pero el tribunal sentenciad­or puede hacer constar esta falta de arrepentim­ientopara apuntalar su conformida­d o rechazo con la medida, aunque su informe no sea vinculante.

¿Puede revocar la justicia un indulto?

El Poder Judicial no puede controlar el núcleo de la decisión gubernamen­tal, pero sí la inexistenc­ia de «una fundamenta­ción específica» que, pese a contar con informes deesfavora­bles, sustente en razones de justicia, equidad o convenienc­ia social el indulto.

¿Qué diferencia un indulto de una amnistía?

El indulto supone el perdón de toda o parte de la pena impuesta, mientras que la amnistía ‘olvida’ el delito y pone al amnistiado en la posición en la que estaba antes de ser condenado.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain