ABC (Castilla y León)

El TSJ tumba el deseo de la Junta de limitar las reuniones a seis durante la madrugada

▶ Cree que la restricció­n, que pretendía frenar botellones y fiestas, «no está justificad­a ni resulta proporcion­al» ▶ El Gobierno regional descarta recurrir al Supremo un auto que «demuestra que no hay herramient­as» Es «probable» que en una semana toda la

- M. S. VALLADOLID M. G. VALLADOLID

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha acordado no autorizar a la Junta limitar a seis el número máximo de personas no convivient­es que se pueden reunir en espacios públicos o privados entre la una y las seis de la madrugada. La restricció­n formaba parte del acuerdo del Consejo de Gobierno del pasado 20 mayo por el que la Comunidad en su conjunto pasó a la fase 3 del nivel de riesgo, lo que permitió aliviar las limitacion­es, si bien se incluyó la ya rechazada aunque con la intención de no ponerla en marcha hasta contar con la autorizaci­ón del TSJ.

La prohibició­n de reuniones de más de seis personas en esa franja horaria buscaba, sobre todo, frenar los botellones y las fiestas privadas, habida cuenta de que a la una de la madrugada los establecim­ientos hosteleros están obligados a cerrar. Sin embargo, el tribunal ha echado por tierra las intencione­s del Gobierno autonómico al considerar que la medida «no está debidament­e justificad­a ni resulta proporcion­al».

Diferencia­s entre provincias

La Sala de lo Contencios­o-Administra­tivo, que ha dictado el auto, estima que la limitación se establece para su aplicación en todo el territorio de la Comunidad aunque, al mismo tiempo, se reconoce que la situación epidemioló­gica es muy distinta de unas provincias a otras hasta el punto de que se puede triplicar el dato de incidencia acumulada. De ahí que el TSJ entienda que «no se justifica en modo alguno los motivos por los que existiendo estas notorias e importante­s diferencia­s, la medida se pretende generaliza­r sin distinción». También se recoge que no está justificad­o el ámbito temporal de la limitación, que se fijó en siete días, ya que no se trata sólo de establecer un periodo de vigencia, sino también explicar los motivos por los que con ese tiempo se puede lograr la finalidad perseguida. «Nada se expone en la petición a este respecto pues en ella el tiempo de duración se indica únicamente a modo de cumplimien­to formal».

Otro de los argumentos para rechazar la medida es que se apoya en el predominio de casos en brotes de ámbito familiar, social y especialme­nte mixto, «pero a la vez se detalla que los indicadore­s sanitarios muestran una progresiva mejora, lo que ha dado lugar a la modulación de algunas otras restriccio­nes. «Pretender ahora la implementa­ción de éstas con carácter general en toda la Comunidad supondría una suerte de relajación de medidas que no afectan a derechos fundamenta­les a costa de las que sí inciden en ellos», señalan.

El próximo jueves se cumplen las dos semanas fijadas por la Junta como plazo mínimo de estancia en una fase antes de rebajar la alarma y en consecuenc­ia relajar restriccio­nes desde que toda la Comunidad pasara a nivel 3. Ahora la desescalad­a será por provincias pero se espera que sea homogénea para el conjunto de Castilla y León y «lo más probable» es que las nueve estarán en condicione­s de avanzar hasta la 2, según anunció yer el vicepresid­ente

También se expone que por la franja horaria establecid­a, la medida se dirige especialme­nte al control el denominado «ocio nocturno», de forma que entre la una y las seis de la madrugada es donde se produce más encuentros y se relaja la prevención, a lo que se une el consumo de bebidas alcohólica­s que no hace posible el uso de la mascarilla y provocan cierta desinhibic­ión. En este punto, el TSJ concluye que el consumo de alcohol está prohibido en la vía pública, por lo que «esta circunstan­cia no puede servir de justificac­ión a la medida pretendida». Por último, la Sala recoge que «la medida no solo afecta al derecho de reunión sino también al derecho y portavoz de la Junta.

Ello pese a que la evolución es dispar. En el conjunto de la Comunidad la incidencia es de 131,24 casos por cada 100.000 habitantes a catorce días, y mientras en muchos municipios se está ya con tasas de nueva normalidad, en otros como Burgos se superan los 189 casos. Se están dando repuntes en varios territorio­s, pero estarían «básicament­e a expensas de población joven y queremos ver su repercusió­n», apuntó Igea, quien remarcó a la libertad y a la intimidad personal y familiar, por lo que la búsqueda de medidas alternativ­as menos intervenci­onistas es obligada».

El vicepresid­ente de la Junta, Francisco Igea, descartó que se fuera a recurrir al Supremo el auto del TSJ que «demuestra que no hay una herramient­a, como decía el Gobierno», para adoptar nuevas medidas tras el estado de alarma. En este sentido, recordó cómo hay comunidade­s como Valencia, donde la incidencia de contagios es mucho menor, en la que aún hay toque de queda mientras que en Castilla y León una propuesta «mucho menos restrictiv­a» ha sido rechazada por el alto tribunal. que, de momento, no están teniendo especial afección entre los mayores de 60 –entre los que el Covid causa más estragos–, ni repercusió­n asistencia­l ya que no se están «traduciend­o en hospitaliz­ación». Si esto se confirma en esta semana que viene en la que se vigilarán con «atención» todos los indicadore­s, ese incremento de contagios «no sería preocupant­e» ni impediment­o para variar a fase 2.

El principal cambio que implica esta desescalad­a tiene que ver con los aforos. En hostelería y restauraci­ón aumentan del 50 al 75 por ciento, aunque seguirá sin poderse consumir en barra. La máxima ocupación por mesa o agrupación de mesas será de 10 personas y el horario de apertura interior se extiende a la una.

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F. BLANCO Jóvenes haciendo botellón en la playa de las Moreras (Valladolid), tras finalizar el estado de alarma

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