ABC (Córdoba)

Nueva condena por prevaricac­ión para el exalcalde socialista Antonio Guisado

▶ Tres exediles del PSOE y un exinterven­tor municipal, también condenados por el polígono Los Fruteros

- PILAR GARCÍA-BAQUERO

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado al exalcalde de Fuente Palmera Antonio Guisado (PSOE), los exediles socialista­s María Isabel Ostos, Araceli Díaz y Francisco López; y al secretario-intervento­r del Ayuntamien­to de Fuente Palmera, Carmelo Tubío, por delitos de prevaricac­ión y falsedad de certificac­ión —en el último de los acusados— por su gestión en la tramitació­n del expediente del polígono industrial Los Fruteros, en el término municipal colono entre los años 1999 y 2003.

En un escrito de conformida­d de las partes, al que ha tenido acceso ABC, se recoge que en el citado periodo de tiempo la situación urbanístic­a de Fuente Palmera demandaba una diligente gestión que diera respuesta a la obsolescen­cia de las Normas Subsidiari­as de Planeamien­to del año 1992, que impedían dar respuesta al crecimient­o de la población y a las demandas de suelo industrial del municipio.

Los acusados, en vez de procurar la acción administra­tiva prevista en el ordenamien­to jurídico para tales fines, ejecutaron una serie de actos al margen de cualquier procedimie­nto previsto legal o urbanístic­o, con un resultado distinto del que se hubiera obtenido con la verificaci­ón de los trámites regulares establecid­os en la normativa de obligado cumplimien­to, con la participac­ión de los agentes y administra­ciones públicas previstos en dicha normativa para un crecimient­o racional del municipio.

Así, los acusados formalizar­on no solo una serie de convenios urbanístic­os con determinad­os particular­es sino que, ejecutaron la reordenaci­ón de distintas unidades de ejecución y concertaro­n compromiso­s de venta sobre parcelas en el llamado Polígono industrial Los Fruteros cuando el suelo en cuestión tenía la calificaci­ón de rústico y no se había iniciado sobre el mismo planeamien­to alguno como estaban obligados y cuyo resultado aún sigue teniendo consecuenc­ias urbanístic­as para el municipio tanto en el régimen de licencias como de zonas verdes y otros.

A tales efectos el acusado Carmelo Tubío, secretario municipal entonces, emitió según consta en este acuerdo que ha sido ratificado por la Audiencia Provincial, certificac­iones conducente­s a la materializ­ación de los citados hechos no ajustadas a derecho de contenido falaz.

Todos los ingresos obtenidos por el Ayuntamien­to en virtud de los distintos convenios tuvieron entrada en las arcas municipale­s y fueron destinados a gastos de dicho Consistori­o que no eran los inicialmen­te previstos en materia urbanístic­a. Fracasada la finalidad para la que fueron abonados, se reintegrar­on a los interesado­s con intereses.

La causa penal se incoó en el año 2005 y durante su tramitació­n sufrió estados de inactivida­d no justificad­os por la práctica de diligencia alguna.

La sentencia condena a tres años y medidos de inhabilita­ción especial para ostentar cargo público en la Administra­ción local a cuatro de los cinco acusados —alcalde y ediles— por prevaricac­ión y tres meses de suspensión de empleo para el secretario municipal por un delito de falsedad.

En este caso, el tribunal no aprecia responsabi­lidad civil de ninguna clase en los acusados por los hechos objeto de la presente causa.

Sentencia

La Audiencia provincial inhabilita tres años y medio para cargo público a Guisado y los exediles

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V. MERINO El exalcalde Antonio Guisado a las puertas de los juzgados en otro proceso judicial en 2013

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