ABC (Córdoba)

Una nueva sentencia sacude el modelo de «riders» autónomos

▶ Un juez de la razón a 748 repartidor­es de Deliveroo tras un fallo similar sobre Glovo

- JESÚS HIERRO

La sentencia del Tribunal Supremo sobre el caso de Glovo señaló el camino al cuestionar su modelo laboral y confirmar que sus repartidor­es ejercían como «falsos autónomos». Ahora, la Justicia ha llegado a la misma conclusión sobre Deliveroo, otra de las grandes plataforma­s de reparto domiciliar­io: el poder de decisión y autonomía de sus «riders» es mínima, por lo tanto, deben considerar­se personal laboral, dice el fallo. Esta última sentencia, de un juzgado de Barcelona, afecta a 748 repartidor­es, y da la puntilla al modelo laboral de «colaborado­res» que utilizan estas plataforma­s. Según el Colectivo Ronda, una de las entidades que defiende los intereses de los «riders», esta es por ahora la sentencia que afecta a mayor número de trabajador­es.

La decisión del Juzgado de lo Social número 24 de Barcelona obligará a Deliveroo a adoptar medidas urgentes: dar de alta a estos repartidor­es y abonar a la Seguridad Social las cuotas atrasadas del tiempo que han trabajado. La sentencia avala, de esta manera, la actuación que en 2018 llevó a cabo la Inspección de Trabajo, que reclamó a la plataforma 1,3 millones de euros en concepto de cotizacion­es sociales no abonadas. El fallo establece, además, que Deliveroo debe dar de alta en la Seguridad Social a estos 748 «falsos autónomos».

La sentencia del juzgado de Barcelona abraza los argumentos del Tribunal Supremo en el caso de Glovo sobre la poca autonomía que tienen los «riders» para decidir si aceptan o no encargos, pues la empresa puede sancionarl­es en caso de no hacerlos. Es lo contrario de lo que sostiene la multinacio­nal, que alega que los «riders» tienen libertad para decidir.

No son «colaborado­res»

«La libertad del repartidor para no estar disponible no es tan amplia como se quiere aparentar, pues en caso de rechazar los pedidos no se les garantizar­án pedidos mínimos e, incluso, se puede prescindir de sus servicios», reza el fallo del juzgado barcelonés, tras un juicio que se celebró el pasado mes de octubre en la Ciudad Condal. Y menos pedidos se traduce menos ingresos. Debería haber, por tanto, una relación laboral de la empresa y sus trabajador­es.

La sentencia del juzgado barcelonés es una palada más contra la política laboral de estas multinacio­nales que consideran a sus repartidor­es meros «colaborado­res». La plataforma sindical «Riders x Derechos», que lucha por unas condicione­s laborales dignas de los repartidor­es, se felicitó ayer por esta «nueva victoria» de los repartidor­es. Según contabiliz­a esta entidad, con esta sentencia son ya 41 juicios que los «falsos autónomos» han ganado ya contra las plataforma­s multinacio­nales de reparto. «Este modelo fraudulent­o no puede seguir ni un día más», denunciaro­n ayer en su cuenta de Twitter. Y se refieren, ahora que creen que la situación de los mensajeros ya está encaminada, a los falsos autónomos «de todos los sectores».

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REUTERS Un repartidor de Deliveroo circula por las calles de Madrid

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