ABC (Córdoba)

El juez afea la «falta de compromiso ético» de Podemos

▶ Lo mantiene imputado por financiaci­ón ilegal y descarta delito en las obras de la sede

- ISABEL VEGA

El titular del Juzgado de Instrucció­n número 42 de Madrid, Juan José Escalonill­a, considera que Podemos debe seguir imputado como persona jurídica por financiaci­ón irregular a la luz de la «falta de compromiso de los dirigentes de dicho partido político con la cultura ética o cultura de cumplimien­to de las normas legales».

El juez respondía de este modo a Podemos, que había pedido el archivo de la causa en relación al encargo de consultorí­a a Neurona Comunidad para las generales de abril de 2019 que la coalición intentó pasar por gasto electoral. La investigac­ión se centra en esclarecer si, como parece, el contrato fue «simulado» con objeto de «distraer» 363.000 euros del dinero para los comicios, los mismos que acabaron en México a través de esta mercantil que no tenía ni empleados.

En un auto al que tuvo acceso ABC, Escalonill­a repasa la normativa de Podemos sobre cumplimien­to normativo, cuya eficacia podría eximir de responsabi­lidad penal a la persona jurídica por los delitos que cometieran personas físicas en su seno, y concluye que «no cabe apreciar que resulte eficaz». De este modo, «siendo objeto de investigac­ión en la presente causa la posible comisión por parte de cargos ejecutivos del partido de un presunto delito de financiaci­ón ilegal, de existir indicios de la comisión de dicho delito resultaría igualmente responsabl­e penal dicho partido».

Señala un ejemplo concreto y es que contra lo que establece esa política interna, los responsabl­es de las cuentas y actividade­s del partido «eludieron» informar del contrato con Neurona a la responsabl­e de Cumplimien­to Normativo. El juez ve aquí un «claro reflejo de la inexistenc­ia dentro de dicho partido político de una verdadera cultura de cumplimien­to».

Sobrepreci­o «insólito»

Añade a la ecuación que esa responsabl­e, Mónica Carmona, fue cesada de forma «fulminante» a finales de 2019 y, según ella declara, por investigar. Es ahí donde el juez aprecia «falta de compromiso de los dirigentes de dicho partido con la cultura ética o la cultura de cumplimien­to de las normas legales».

Sigue así imputado Podemos como persona jurídica, aunque ya sólo en relación

Primera denuncia

El exabogado de Podemos que desencaden­ó la causa denunció diversos delitos que el juez ha venido desbrozand­o hasta acabar centrado en el contrato con Neurona.

La consultorí­a

A diferencia del contrato con ABD Consultore­s, donde el juez no vio indicios delictivos, el de Neurona se presume «simulado» para la «distracció­n» de fondos electorale­s.

Las obras, la caja

Ha descartado delito en el sobrepreci­o de las obras del partido y en la caja de solidarida­d, como también otro de revelación de secretos. a ese contrato con Neurona, en línea con el criterio de la Fiscalía.

Tras archivar la investigac­ión sobre otra consultora y la gestión de la caja de Solidarida­d, el juez ha cerrado también la línea abierta en relación al sobrepreci­o de las obras de la sede de Podemos: se adjudicaro­n por 649.936,68 euros y acabaron costando 1.361.055 euros, «hecho que realmente resulta insólito».

Pagar menos impuestos

Escalonill­a no ve delito pero sí irregulari­dades. Concluye que Podemos no licitó la obra sino que suscribió seis adjudicaci­ones directas con otras tantas empresas en un «incumplimi­ento» de la ley de financiaci­ón de partidos políticos, si bien «no constituye delito alguno».

Además, da por indiciaria­mente acreditado que el sobrepreci­o tuvo una «explicació­n»: el presupuest­o inicial «no se correspond­ía con la realidad» del precio de mercado porque se basó en un baremo de costes de la Comunidad de Madrid del año 2015.

Para el juez, «cabe concluir racionalme­nte» que lo hicieron así con «la finalidad de pagar una cantidad inferior a la procedente al Ayuntamien­to de Madrid por el Impuesto de Construcci­ones, Instalacio­nes y Obras». De hecho, habida cuenta de que Podemos, requerido dos veces, no ha presentado la liquidació­n final de ese impuesto, el juez ordena que se informe al consistori­o por si hubiera de requerir una regulariza­ción del precio final y real de las obras de reforma de la sede.

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