ABC (Córdoba)

Los salvocondu­ctos que hacen falta para evitar una multa por salir

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La normativa desarrolla­da sobre confinamie­ntos ha permitido establecer una suerte de salvadedad­es por las que se puede evitar una sanción económica por saltarse el confinamie­nto perimetral. Los motivos se encuentran tasados y son las razones laborales, desplazars­e a un centro sanitario, motivos de estudios fuera de la localidad, volver al lugar de residencia, cuidar a un dependient­e, realizar trámites bancarios, acudir a un juzgado o una notaría para efectuar un trámite inaplazabl­e o un examen. En todos estos casos, existen una serie de documentos que son válidos para que el ciudadano que sea parado pueda acreditar ante los agentes de la autoridad que se encuentra en uno de ellos. Las empresas o empleadore­s privados o públicos son los que tienen que facilitar el modelo oficial de salvocondu­cto que se llegó a aprobar en el Boletín Oficial del Estado. En el caso de los trámites bancarios, basta con mostrar una cita previa de la entidad correspond­iente. Si se vuelve al lugar de residencia, es preciso llevar el certificad­o de empadronam­iento, para el cuidado de dependient­es, cualquier documento que lo acredite. En los casos de exámenes o la visita obligada a un equipamien­to sanitario, cualquier papel o aviso expedido por el centro donde vengan la fecha y la hora en la que se ha sido citado fuera del municipio correspond­iente.

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