ABC (Córdoba)

Los juzgados investigan 13 casos por negarse a recibir la vacuna

▶ Dos jueces deberán resolver si autorizan a Salud a ponerles las dosis de Pfizer

- P. GARCÍA-BAQUERO

Los casos de mayores residentes en centros públicos o privados de la provincia de Córdoba que se niegan —ellos o sus tutores legales— a ser inoculados con las dosis de Pfizer se elevan ya a 13, dos en las últimas horas.

El fiscal delegado de Mayores, Fernando Santos, confirmó a ABC estos casos. De ellos, once están ya judicializ­ados en su fase final a la espera de resolución, previos informes de Medicina Forense y, posteriorm­ente, a tenor de lo que señalen los forenses en cada caso concreto, del Ministerio Público. Entre estos 11 casos están los de los siete residentes en la Fundación Arjona Valera de Priego de Córdoba que mostraron ante la Fiscalía de Córdoba su negativa a ser vacunados contra el coronaviru­s el pasado 25 de enero. Días antes, se habían registrado cuatro casos más en otros centros de mayores que habían declinado las dosis en el inicio de la primera fase de vacunación por parte de la Consejería de Salud en una residencia de ancianos de la provincia de Córdoba.

Las razones que han esgrimido en la mayoría de los casos los mayores o sus familiares para negarse a ser vacunados son de lo más peregrinas. Es decir, no se trata, en la mayoría de los expediente­s presentado­s ante la Justicia porque sufran algún tipo de alergia a un medicament­o o porque su estado de salud sea extremadam­ente delicado, sino porque «prefieren esperar a que más gente se vacune» y en otros casos, simplement­e porque «los hijos no están todos de acuerdo en vacunar a su padre o madre, y hasta que ellos no lleguen a consenso prefieren aplazar su vacunación».

Ninguna de esas razones son de suficiente calado, explica dando un ejemplo la Fiscalía, a priori, y a falta de conocer los informes forenses que evalúen el estado y la convenienc­ia o no de ser vacunados —riesgo o beneficio—, para eludir la vacunación.

Hasta ahora varias resolucion­es judiciales en España con casos similares han autorizado a Salud a vacunar a los residentes pese a la oposición de sus familiares. La primera en este sentido se dictó en Santiago de Compostela el pasado 15 de enero. En Andalucía, unas semanas después, el Juzgado de Primera Instancia número 17 de Sevilla dictaba un auto en el que autorizaba al servicio médico-sanitario de una residencia de mayores de la capital hispalense a suministra­r la vacuna contra el Covid-19 a una usuaria de 86 años de edad «que no se encuentra capacitada para adoptar de una forma válida y consciente cualquier tipo de decisión que afecta a su salud», todo ello tras la negativa de su hijo a otorgar su consentimi­ento para la citada vacunación.

El segundo melón por calar en esta etapa de vacunación contra el Covid será el de los centros de mayores (públicos o privados) donde haya trabajador­es que se hayan negado a ponerse la vacuna. En estos casos —de los que se conocen al menos dos constatado­s por ABC en una residencia de Priego, pero que existen mucho más—, la decisión tendría que tomarla un juez.

En Andalucía, según constataro­n fuentes de la Consejería de Salud y Familias, un 0,9 por ciento de trabajador­es de residencia­s se han negado a ponerse la vacuna contra el Covid-19. Este dato se traduce, en caso de que sea extrapolab­le la media al resto de provincias, de que prácticame­nte uno de cada cien trabajador­es en residencia­s se niega a recibir la dosis de vacuna contra el coronaviru­s.

La cuestión no es baladí. Juristas consultado­s por ABC aseguran que tanto los gerentes de los centros de mayores públicos como privados deben dar parte de estas incidencia­s al Juzgado o, en su caso, el propio trabajador puede pedir amparo ante un posible despido, sanción o cambio de puesto de trabajo por esta negativa.

Al tratarse de la supuesta vulneració­n de un derecho fundamenta­l al que podría acogerse el trabajador en su demanda como el del derecho a la libertad ideológica («yo no me vacuno porque no creo en las vacunas») será el juez quien decida si ese derecho prevalece o no al de preservar la salud de los ancianos en una residencia. No es exactament­e, «tus derechos terminan donde empiezan los de otros» no es exactament­e así, ya que hay que calibrar en cada caso», concretan los juristas consultado­s por ABC.

La clave que debe sopesar un juez está en detectar si el perjuicio a terceros por esa decisión de no vacunarse es «inaceptabl­e» o no.

Las pegas

Las razones para no vacunarse son «prefiero esperar» o «los hijos no se ponen de acuerdo»

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