El Supremo ratifica la condena a los agresores de un veterinario
▶ Confirma tres años de cárcel a dos hermanos por agredir a un técnico de la oficina agraria
El Tribunal Supremo ha puesto fin al procedimiento judicial abierto contra dos hermanos que habían sido condenados por la agresión a un profesional de la Oficina Comarcal Agraria (OCA) Pedroches I, que se encuentra en Pozoblanco, y que dio pie a protestas corporativas por el grado de inseguridad en el que se realizaba la actividad, que depende de la Junta. El Colegio de Veterinarios y la Junta han ejercido las acusaciones en todo el caso.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Manuel Marchena, cierra cualquier debate a reducir o minimizar la pena impuesta por todas las instancias judiciales que han visto el caso: tres años de prisión por cabeza. Asímismo, la condena final reitera todas las medidas accesorias establecidos hasta el momento en forma de indemnizaciones u órdenes de alejamiento.
Los hechos sucedieron en 2016 cuando dos hombres, naturales de Dos Torres, se personaron en la Oficina Comarcal Agraria. Su familia había recibido un apercibimiento de cierre de una actividad ganadera por no cumplir las normas. La respuesta fue darle una paliza brutal al funcionario público con amenazas de muerte. En el juicio, no se llegó a acreditar que ambas personas intentaran matar al funcionario tirándolo por la barandilla del tercer piso tras una reducción de la petición de pena de la Fiscalía. La curación de la víctima tardó dos meses completos en producirse.
El Supremo entiende que el recurso de casación no es el trámite para discutir el relato de hechos. Los recurrentes entendían que no quedaba acreditado que ambos propinaran golpes ya que, decían, ningún testigo lo había declarado. La sentencia final reitera el criterio del TSJA de que se produjo un acto entre ambos acusados y que a ambos corresponde la pena equivalente.
El TSJA también la ratificó
Tampoco se ha aceptado, de nuevo, la atenuante de arrebato u obcecación. El Supremo explica que ésta se aplica cuando existe un estímulo que permita explicar pero no justificar la reacción delictiva que ha de ser siempre proporcional. En resumidas cuentas, que recibir una disposición administrativa no explica hacer varios kilómetros para darle una paliza al funcionario que la dictó.
Tras el fallo condenatorio de la Audiencia Provincial, los acusados presentaron un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que en 2019 ratificó la sentencia y las penas impuestas por la Sección Segunda de la Audiencia de Córdoba. Es decir, ratificó las penas de tres años de cárcel para cada uno de ellos, el pago de la multa por delito leve de daños, la indemnización al veterinario agredido, así como la pena de orden de alejamiento de 300 metros durante el tiempo de la condena.
Hechos
Los hermanos acudieron a la OCA por una sanción a la explotación familiar, y allí agredieron al funcionario
Orden de alejamiento
Los condenados no podrán acercarse al agredido durante cuatro años a partir de la sentencia en firme