ABC (Córdoba)

El Supremo ratifica la condena a los agresores de un veterinari­o

▶ Confirma tres años de cárcel a dos hermanos por agredir a un técnico de la oficina agraria

- RAFAEL RUIZ

El Tribunal Supremo ha puesto fin al procedimie­nto judicial abierto contra dos hermanos que habían sido condenados por la agresión a un profesiona­l de la Oficina Comarcal Agraria (OCA) Pedroches I, que se encuentra en Pozoblanco, y que dio pie a protestas corporativ­as por el grado de insegurida­d en el que se realizaba la actividad, que depende de la Junta. El Colegio de Veterinari­os y la Junta han ejercido las acusacione­s en todo el caso.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Manuel Marchena, cierra cualquier debate a reducir o minimizar la pena impuesta por todas las instancias judiciales que han visto el caso: tres años de prisión por cabeza. Asímismo, la condena final reitera todas las medidas accesorias establecid­os hasta el momento en forma de indemnizac­iones u órdenes de alejamient­o.

Los hechos sucedieron en 2016 cuando dos hombres, naturales de Dos Torres, se personaron en la Oficina Comarcal Agraria. Su familia había recibido un apercibimi­ento de cierre de una actividad ganadera por no cumplir las normas. La respuesta fue darle una paliza brutal al funcionari­o público con amenazas de muerte. En el juicio, no se llegó a acreditar que ambas personas intentaran matar al funcionari­o tirándolo por la barandilla del tercer piso tras una reducción de la petición de pena de la Fiscalía. La curación de la víctima tardó dos meses completos en producirse.

El Supremo entiende que el recurso de casación no es el trámite para discutir el relato de hechos. Los recurrente­s entendían que no quedaba acreditado que ambos propinaran golpes ya que, decían, ningún testigo lo había declarado. La sentencia final reitera el criterio del TSJA de que se produjo un acto entre ambos acusados y que a ambos correspond­e la pena equivalent­e.

El TSJA también la ratificó

Tampoco se ha aceptado, de nuevo, la atenuante de arrebato u obcecación. El Supremo explica que ésta se aplica cuando existe un estímulo que permita explicar pero no justificar la reacción delictiva que ha de ser siempre proporcion­al. En resumidas cuentas, que recibir una disposició­n administra­tiva no explica hacer varios kilómetros para darle una paliza al funcionari­o que la dictó.

Tras el fallo condenator­io de la Audiencia Provincial, los acusados presentaro­n un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que en 2019 ratificó la sentencia y las penas impuestas por la Sección Segunda de la Audiencia de Córdoba. Es decir, ratificó las penas de tres años de cárcel para cada uno de ellos, el pago de la multa por delito leve de daños, la indemnizac­ión al veterinari­o agredido, así como la pena de orden de alejamient­o de 300 metros durante el tiempo de la condena.

Hechos

Los hermanos acudieron a la OCA por una sanción a la explotació­n familiar, y allí agredieron al funcionari­o

Orden de alejamient­o

Los condenados no podrán acercarse al agredido durante cuatro años a partir de la sentencia en firme

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