La custodia del perro, como la de los hijos: el juez valorará su bienestar
▶ El Congreso trabaja en un cambio legal para que los animales no se consideren cosas
Cuando hace más de una década Paqui apareció en el despacho del abogado extremeño Carlos Franco, su petición apenas tenía precedentes en España: quería presentar una demanda para reclamar a su expareja la ‘tenencia compartida’ de su perro Laude. Lograron una sentencia pionera. El juez determinó la estancia del can color canela en periodos de seis meses en cada hogar. Desde entonces, este tipo de decisiones judiciales se han repetido en diferentes juzgados de España. Pero no siempre es fácil. En general, para determinar el destino de una mascota en casos de separación, los juzgados solo comprueban a nombre de quién se inscribió el animal. El Código Civil dice que son meros «bienes muebles». Ahora esta definición tiene los días contados.
El Pleno del Congreso tomó ayer en consideración –con apoyo de toda la Cámara salvo Vox– una proposición de ley del PSOE para modificar el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil. El objetivo es que los animales sean considerados «seres vivos dotados de sensibilidad», y no cosas. La propuesta, de hecho, no es nueva. Recoge una iniciativa aprobada en 2017, entonces propuesta por el PP, que no pudo culminar su tramitación parlamentaria al disolverse las Cortes en marzo de 2019.
Si esta vez logra llegar a término, próximamente los jueces decidirán el destino de los animales en caso de contienda entre los excónyuges con un nuevo criterio. Su decisión a favor de uno o de ambos será «atendiendo al interés de los miembros de la familia y al bienestar del animal». Pero no es la única modificación legislativa. Los animales también dejarán de ser objetos embargables en caso de ejecución hipotecaria, se fija el derecho a reclamar los gastos derivados de su cuidado, y se establece qué hacer frente a abandonos o sospecha de maltrato.
«La diferencia más importante es que los jueces deberán aplicar como criterio imperativo el resolver la custodia compartida del animal atendiendo a proporcionar el mayor bienestar del animal, mientras que ahora solo se podía aplicar la custodia en aquellos casos en los que se demostrara que ambos eran los propietarios. En muchos asuntos de familia los jueces rehusaban pronunciarse sobre el destino de los animales, siendo el consejo de los letrados llegar a un acuerdo casi imperativo», explica Lola García, abogada activista del despacho Derecho&Animales.
Sin ser el dueño
Los jueces podrán dar la custodia de un animal a uno de los miembros de la pareja con independencia de que ese sea el propietario o no, primando el bienestar del animal. «Es importante que estas cuestiones estén reguladas y no queden al criterio de la sensibilidad o no de los jueces, ya que comporta inseguridad jurídica para el ciudadano», apunta García.
Precisamente este fue uno de los argumentos destacados durante el debate en el Congreso. «Ya es hora de que los animales dejen de ser considerados cosas y ser tratados como se merecen, como seres sintientes», dijo Sandra Guaita, del PSOE, quien recalcó que la nueva regulación tratará de dar respuesta a dilemas como los de la custodia. «Los jueces se encuentran sin instrumentos jurídicos, de esto va [la propuesta]», explicó por su parte la diputada del PP María Jesús Moro.
No obstante, el texto no especifica qué se considera animales de compañía. ¿Podría aplicarse a reptiles? «Es un tema controvertido, y espero que la ley estatal de protección animal que todos esperamos sirva para aclarar y definir», dice García.
Al margen del Código Civil, la modificación de la Ley Hipotecaria hará que los animales de explotaciones ganaderas, industriales o de recreo no estén incluidos en las hipotecas.
Los animales no podrán ser embargados, como ocurría hasta ahora al ser «bienes muebles»