El Supremo enmaraña la guerra entre AENA y sus inquilinos
▶ La Justicia falla que las tiendas de los aeropuertos son concesiones
La Justicia cuestiona la política comercial de AENA en mitad de la guerra que mantiene la compañía con sus inquilinos por el pago de los alquileres. El Tribunal Supremo dictaminó hace apenas un mes que la explotación de los locales de restauración del gestor aeroportuario debe ser en régimen de «contrato de concesión de servicios sujeto a regulación armonizada», no de alquiler.
El caso se remonta a 2017, cuando la empresa Pansfood denunció el contrato de arrendamiento de cinco locales de negocio para la actividad de restauración que tenía en el aeropuerto de Barcelona-El Prat. Una denuncia que fue estimada por el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, que estableció que estos contratos deben considerarse concesiones. El caso llegó a la Audiencia Nacional primero y al Tribunal Supremo después. Y todos ellos dieron la razón a Pansfood.
En su fallo, el Alto Tribunal explica que AENA tiene control sobre diferentes aspectos como la calidad de los servicios, productos, precios, decoración de los locales y requiere información sobre el personal. Además, exige el pago de una renta mínima garantizada a estas empresas independientemente de sus resultados. Por tanto, los contratos que tiene con estos inquilinos deben considerarse concesiones y no arrendamientos.
Vía civil o administrativa
¿Qué implica esta distinción? La ley de contratos del sector público establece que los concesionarios tienen derecho a compensaciones cuando se ven afectados por circunstancias impredecibles y ajenas a sus causas. Un derecho a compensaciones que cobraría un gran sentido en este contexto, marcado por la lucha judicial que vive el gestor aeroportuario con sus inquilinos por el pago de los alquileres
Además, el Gobierno aprobó el año pasado un decreto ley que hace referencia explícita al impacto del coronavirus, explicando que como consecuencia de la pandemia estos concesionarios tienen derecho a obtener un equilibrio económico.
«La propia AENA ha reclamado compensaciones al aeropuerto de Murcia, del que es concesionario», explica el socio de Fieldfisher Jausas, Jordi Ruiz de Villa. El abogado advierte no obstante de que esta sentencia puede
Tiendas del aeropuerto de Barajas
Pulso jurídico
Los inquilinos tendrían derecho a compensaciones si se considera que están explotando una concesión
El papel de los jueces Los magistrados pueden derivar ahora el conflicto de los alquileres a la vía administrativa
«provocar un embrollo judicial», porque AENA puede intentar derivar ahora el aluvión de demandas que ha recibido por el conflicto de sus alquileres de la vía civil a la vía administrativa. «Esto puede dilatar estos procesos hasta 4 años», explica Ruiz de Villa, que representa a través de Fieldfisher Jausas a los inquilinos de la empresa pública y asegura que ya conocía la sentencia antes de que se filtrase.
El conflicto se remonta hace meses, cuando un grupo de comerciantes denunció que la rebaja de los alquileres aprobada por la empresa pública les abocaba a la quiebra, destruyendo así 12.000 empleos. Pese a las protestas, que ya han llegado a los tribunales, el gestor aeroportuario mantiene desde hace meses sin cambios su oferta, que pasa por rebajar los alquileres de estos locales un cien por cien durante el confinamiento de la pasada primavera y un 50% desde entonces y hasta septiembre de este año. AENA defiende que ya ha llegado a un acuerdo con el 66% de sus arrendatarios.
La defensa de AENA
Tras conocer el fallo del Supremo, el gestor aeroportuario remitió un comunicado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) explicando que solo modificará los pliegos del sector de la restauración y ‘rent a car’. AENA pretende desregularizar algunos aspectos «de las relaciones con los operadores comerciales» sin afectar al ‘retail’, ‘duty-free’ y ‘duty-paid’ o publicidad. Además, la compañía señala que los últimos procedimientos de contratación en materia de ‘rent a car’ «han sido de nuevo calificados como arrendamientos, tras incluirse las consecuencias derivadas de la citada sentencia».
La empresa, en principio, asegura que la resolución «no tiene tampoco ningún efecto respecto de los litigios que algunos de los operadores comerciales han iniciado en relación con los efectos de la pandemia del Covid-19 en sus contratos de arrendamiento». AENA perdió un 3,63% en Bolsa ayer, hasta los 144,85 euros por acción