El Gobierno aprueba la ley que equipara las enseñanzas artísticas a las universitarias
La norma, que será tramitada de urgencia, ha recibido críticas de varios organismos
El Consejo de Ministros aprobó ayer la ley que equipara las enseñanzas artísticas superiores (Danza, Música, Arte Dramático, Artes Plásticas...) a las universitarias, aunque las exigencias sean diferentes. Así lo anunció en la rueda de prensa tras la reunión la ministra de Educación, Pilar Alegría. El Ejecutivo dio así luz verde a una norma que desde el principio de su elaboración ha generado polémica, con críticas por parte del Consejo de Universidades y de los decanos de las facultades afectadas.
Pese a todo la ministra Alegría vendió su nueva normativa como «una respuesta a una demanda del sector artístico, que mayoritariamente ve con buenos ojos esta ley». Así es la legislación que será remitida al Congreso para su tramitación parlamentaria urgente.
Equiparación de las enseñanzas artísticas a las universitarias
El problema de la equiparación viene de lejos: la ‘ley Celaá’. Esta norma aprobada en 2020 ya avisaba de que las enseñanzas artísticas superiores, como Arte Dramático; Música o Danza; Conservación y Restauración de Bienes Culturales; Artes Plásticas; Diseño... será equivalente «a todos los efectos» al título universitario de grado. La frase «a todos los efectos» es la que ha hecho poner el grito en el cielo a la Conferencia de Decanos y Decanas de las Facultades de Bellas Artes porque consideran que es engañoso ya que en la práctica no son iguales.
A las críticas de los decanos se sumó el Consejo de Universidades con un informe del pasado día 15 de marzo «desfavorable». El texto de este órgano, presidido por el ministro de Universidades, Joan Subirats, y formado por los rectores, dice que «el anteproyecto de ley por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores prevé una oferta de títulos de grado y máster que se consideran equivalentes a los que se imparten en la Universidad. Sin embargo, el proyecto no recoge para dichas titulaciones la exigencia de las mismas garantías que se contemplan para los impartidos por el sistema universitario».
«Las titulaciones no se someten a procesos de acreditación y verificación de titulaciones y centros comparables a aquellos por lo que deben pasar las titulaciones universitarias oficiales», continúa el dictamen. Además, agrega que «no se recogen en el proyecto las exigencias en cuanto a nivel de profesorado (porcentaje de doctores, investigación, etc.) que se dan en el sistema universitario» y señalan que «el alumnado que accede a estudios universitarios ha realizado estudios de Bachillerato y debe de superar una prueba de acceso a la universidad», es decir la Selectividad, prueba que no hacen los de artísticas.
Mismo acceso a las becas que los universitarios
El texto señala que «el estudiantado de enseñanzas artísticas superiores tendrá la misma consideración que el universitario en el sistema general de becas y ayudas al estudio establecido por el Estado, incluyendo la compensación de los precios públicos por servicios académicos, en los términos que se determina reglamentariamente». Esta reivindicación la hizo UGT, pero también lo pidió la Confederación de Escuelas de Artes Plásticas y Diseño (CEA).
Los profesores no necesitarán doctorado
El texto dice que «para ejercer la docencia en las enseñanzas artísticas superiores será necesario estar en posesión del título de Grado o titulación equivalente a efectos de docencia, además de un título oficial de máster de especialización en investigación y didáctica en enseñanzas artísticas, que acredite la suficiencia investigadora y la competencia docente, cuyo plan de estudios deberá adecuarse a las condiciones que establezca el Gobierno mediante acuerdo del Consejo de Ministros». Esto significa que no les hará falta tener un doctorado como sí ocurre para ser profesor universitario.
Autonomía de gestión de los centros
La norma dedica un artículo a la autonomía «académica y de gestión», que contempla la implementación de su oferta educativa; la concreción de los planes de estudios; el establecimiento de los procedimientos de admisión y del régimen de permanencia de su estudiantado; el desarrollo de proyectos que impulsen la investigación o el establecimiento de acuerdos y la propuesta de convenios cuando proceda con otras instituciones, entre otros.