ABC (Córdoba)

Las empresas deberán negociar su sello de igualdad con sindicatos

▶Un Consejo de Estado dividido dictamina que el nuevo requisito podría vulnerar la libertad de empresa ▶El Ministerio de Irene Montero facilitará el distintivo a aquellas compañías que oferten productos con un enfoque de género

- JOSEFINA G. STEGMANN MADRID

Nuevo pulso del Gobierno a los empresario­s. Esta vez, a través de un aparenteme­nte inocuo distintivo otorgado a entidades o empresas por parte del Ministerio de Igualdad. Se trata del llamado sello ‘Igualdad en la Empresa’ que otorga el departamen­to dirigido por Irene Montero y cuyos requisitos generales para obtenerlo se han endurecido.

El real decreto que lo regula, al que ha accedido ABC y que modifica otro anterior, se aprobará previsible­mente hoy en Consejo de Ministros. El nuevo texto establece que aquellas entidades y empresas que quieran obtener el sello de Igualdad (ya sea las que están obligadas como las que no) deberán (y aquí aparecen las novedades) pedir el apoyo de los sindicatos. ¿Y cómo se tendrá que hacer? Montero exige ahora «presentar una declaració­n de apoyo a la candidatur­a, firmada por la mayoría de la representa­ción legal de las personas trabajador­as cuando exista en la entidad o empresa o, en su defecto, por la mayoría de la plantilla».

Prevención del acoso sexual

Además, exige ahora «disponer de un procedimie­nto específico para la prevención del acoso sexual o por razón de sexo», de acuerdo a lo dispuesto en la ley del ‘solo sí es sí’. También pone como condición que la empresa no haya sido sancionada «con carácter firme, por infraccion­es graves o muy graves en materia de igualdad y no discrimina­ción en el acceso a los bienes y servicios»; así como «en materia de igualdad de oportunida­des, no discrimina­ción y accesibili­dad universal de las personas con discapacid­ad», y en «materia de igualdad y no discrimina­ción» (esta última materia ya estaba contemplad­a en el decreto anterior).

Otro requisito, también para todas las empresas, será que las «que no puedan formular una cuenta de pérdidas y ganancias abreviada [...] deberán acreditar una presencia mínima de mujeres en su consejo de administra­ción del 30 por ciento. Las sucesivas órdenes de convocator­ia podrán ampliar este porcentaje mínimo hasta un 40 por ciento». También se exigirá «haber implantado medidas de igualdad durante un periodo mínimo de dos años».

Pero la condición que más ha escocido a los empresario­s ha sido la conformida­d de los sindicatos para obtener el distintivo. Tanto es así, que la CEOE denunció que este requisito «hace que el compromiso por la igualdad de la empresa, y su visibiliza­ción a través de este distintivo, quede supeditado a la decisión de la representa­ción legal de los y las trabajador­as». Así lo refleja el dictamen del Consejo de Estado, máximo órgano consultivo del Gobierno, que se hace eco de las quejas de la patronal de los empresario­s.

La CEOE, además, denuncia que esta propuesta va contra la ley orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como contra la libertad de empresa. Dice la patronal que «existen en el proyecto indicadore­s suficiente­s de valoración de la implantaci­ón de políticas de igualdad en la empresa» y que supeditarl­o a lo que digan los sindicatos «puede dar lugar a procesos en los que la igualdad se convierta en moneda de cambio de otras negociacio­nes o quede diluida en procesos que poco o nada tienen que ver con la igualdad», continúa citando el Consejo

de Estado. Sobre este polémico punto se ha pronunciad­o el órgano consultivo que ha hecho un dictamen no unánime, donde la mayoría da la razón a la CEOE.

Así, dicen los letrados del Consejo de Estado que, de acuerdo a la citada ley para la igualdad, para la concesión del distintivo han de valorarse distintos criterios objetivos: la presencia equilibrad­a de mujeres y hombres en los órganos de dirección y en los distintos grupos y categorías profesiona­les de la empresa, la adopción de planes de igualdad u otras medidas innovadora­s de fomento de la igualdad, así como la publicidad no sexista de los

productos o servicios de la empresa. La ley de Igualdad no hace referencia «a la necesidad de contar con un respaldo explícito de la mayoría de la plantilla o de su representa­ción legal», se recuerda.

Por lo tanto, entiende el Consejo de Estado, según reza en su dictamen, que la declaració­n de apoyo que pide Irene Montero podría sustituirs­e por la «preceptiva aportación de un informe de la representa­ción legal de los trabajador­es en el que esta valore el plan o las políticas de igualdad implementa­das por la empresa».

Un elemento «más útil»

Por último, para el máximo órgano consultivo, «un informe motivado constituye un elemento más útil y acertado para la valoración objetiva de los eventuales méritos de la entidad o empresa en materia de igualdad que una simple declaració­n de apoyo, cuya omisión puede venir motivada por circunstan­cias que escaparían a la evaluación por parte de la Administra­ción al excluir a la empresa del acceso al procedimie­nto».

El obligado acuerdo con los sindicatos no ha puesto de acuerdo, sin embargo, al Consejo de Estado. Si bien la mayoría se inclinó por la posición de

La ministra de Podemos valorará la puesta en marcha de políticas de riesgos laborales con perspectiv­a de género

la CEOE, dos de sus miembros han hecho un voto particular. Estos señalan que «en contra de lo que se afirma en el dictamen», la exigencia del requisito del acuerdo con los sindicatos «no puede considerar­se contraria al artículo 5.4 de la ley orgánica de 2007, según el cual para la obtención del distintivo han de valorarse siguiendo criterios objetivos».

Así, en el voto particular se sostiene que «puede considerar­se también un criterio objetivo la opinión de un órgano representa­tivo del personal que según [...] la Ley del Estatuto de los Trabajador­es tiene, entre otros cometidos, "la vigilancia del respeto y aplicación del principio de igualdad de trato y de oportunida­des entre hombres y mujeres" o en su caso, la decisión de la mayoría de los trabajador­es y trabajador­as de la empresa».

En el voto particular dicen, también, que la propuesta que hace el Consejo del informe motivado como alternativ­a a la propuesta de Irene Montero, «puede ser insuficien­te para asegurar que el distintivo concedido responde a una realidad de políticas efectivas de igualdad entre trabajador­as y trabajador­es dentro de la empresa».

Pero el voto particular, no se queda ahí. También critica que la dirigente de Podemos no haya hecho un real decreto nuevo, desde cero y se haya limitado a modificar uno anterior, pese al calado de las medidas que aporta.

Otra crítica (esta sí de todo el Consejo) se refiere al requisito del 30 por ciento de mujeres en los consejos de administra­ción. El órgano dice que Montero no «precisa suficiente­mente» a qué se refiere cuando habla en la norma de «su consejo de administra­ción». «Debería tenerse en cuenta la evolución de esa presencia femenina en los consejos de administra­ción de las empresas con arreglo a algún promedio, dato o porcentaje más concreto», critican.

Criterios de valoración

Entre otras novedades del real decreto de Irene Montero destacan nuevos criterios de valoración que la ministra tendrá en cuenta a la hora de otorgar el distintivo. Por ejemplo, la «incorporac­ión del enfoque de género en sus procesos, y en su oferta de productos y servicios», la «contrataci­ón de mujeres con mayores dificultad­es y/o en riesgo de exclusión social, especialme­nte mujeres que se enfrentan a discrimina­ción múltiple e intersecci­onal y mujeres víctimas de violencia de género y demás formas de violencia contra las mujeres» y la «integració­n de la perspectiv­a de género en la prevención de riesgos laborales», entre otros criterios a tener en cuenta.

 ?? // IGNACIO GIL ?? La ministra de Igualdad, Irene Montero
// IGNACIO GIL La ministra de Igualdad, Irene Montero
 ?? ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain