ABC (Córdoba)

El Ayuntamien­to indemnizar­á a un atracador por el tiro recibido de la Policía

La sentencia confirma que intentó atropellar a los agentes pero le reconoce daños

- RAFAEL RUIZ CÓRDOBA

El Ayuntamien­to de La Carlota tendrá que indemnizar a un hombre condenado por un atraco cometido cuando intentaba desvalijar una empresa de ferretería de la localidad usando un coche de gama alta en 2015. El atracador recibió un disparo de la Policía Local cuando intentaba huir del lugar de los hechos en 2015. Son los daños provocados por ese disparo lo que van a generar la indemnizac­ión.

Lo curioso del caso es que la sentencia considera como hechos probados que el atracador intentó huir del lugar de los hechos, que no atendió a las órdenes policiales para que parase y que hizo caso omiso de un signo tan evidente como haber colocado el coche patrulla cruzado en la carretera. El coche de los atracadore­s aceleró con el objetivo de embestir a los agentes que tuvieron una situación de riesgo objetivo.

Ante el peligro inminente para sus vidas, los funcionari­os de la Policía Local decidieron abandonar el vehículo. Cuando el coche de los atracadore­s pasó junto a su lado, uno de los agentes desenfundó el arma reglamenta­ria y disparó a una rueda. El proyectil impactó en la cabina del vehículo alcanzando al atracador, que se presentó por su propio pie en el Reina Sofía. El autor de los hechos tenía antecedent­es.

La bala le generó una herida en el costado derecho, la laceró un riñón, peritoniti­s del duodeno por perforació­n. Conserva de la noche de los hechos una esquirla de la bala que no pudo ser extraída por los cirujanos, de tamaño milimétric­o, más las consiguien­tes cicatrices desde el esternón hasta la zona supraumbil­ical. Fue condenado durante su convalecen­cia a delitos previos.

La sala de lo penal del Tribunal Supremo ha concluido el procedimie­nto de análisis del caso emprendido por el atracador contra el agente que le disparó. En principio, respalda casi todo lo dicho en fallo anterior por la Audiencia Provincial. Es decir, que el disparo fue legítimo, que el agente no hizo nada reprochabl­e pero que hay que pagarle al atracador. La sentencia original identifica los hechos con un supuesto de imprudenci­a leve que no tiene consecuenc­ias penales.

La Audiencia Provincial estableció una indemnizac­ión de algo menos de ocho mil euros como consecuenc­ia de los daños sufridos a pesar de que se entendió que podía haber un supuesto de simulación. El atracador explicaba que la presencia de la esquirla del proyectil le había generado problemas intestinal­es. El Supremo establece un criterio distinto. Considera que, en la fase de ejecución de sentencia, se tiene que establecer un procedimie­nto contradict­orio donde se presenten informes médicos suficiente­s para valorar el alcance final.

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