ABC (Córdoba)

El juez rechaza la reclamació­n de Abertis al Estado por 4.000 millones

- A. R. CEREZO MADRID

Revés judicial para Abertis en la batalla legal que la concesiona­ria de autopistas de ACS y Mundys mantenía con el Estado. El Tribunal Supremo (TS) desestimó ayer la reclamació­n de Abertis al Estado de 4.000 millones de euros en relación con las obras de ampliación de carriles ejecutadas en la autopista de peaje AP-7 en el año 2006. El Alto Tribunal estima que la compañía solo debe ser compensada con 33 millones de euros por las inversione­s llevadas a cabo en la infraestru­ctura.

Tras cumplirse el 31 de agosto de 2021 el plazo de duración de la concesión, el Consejo de Ministros de 18 de febrero de 2022 adoptó el acuerdo de compensar las obras realizadas por 1.069,9 millones de euros, pero el acuerdo fue impugnado por Acesa, filial de Abertis, que consideró que la cantidad que le correspond­ía en virtud del convenio ascendía a 5.373 millones de euros, por lo que reclamó la diferencia entre esta cantidad y la reconocida por el Gobierno.

Acesa se mostró en contra de la cantidad calculada por el Ejecutivo al entender que la fórmula computada no se ajustaba al del convenio firmado en el año 2006. La interpreta­ción del Consejo de Ministros sostuvo que el margen diferencia­l que se establecía en la fórmula del convenio entre el tráfico real y el de referencia a partir de series históricas, en caso de ser negativo, no podría sumarse a las inversione­s realizadas por Acesa, mientras que la concesiona­ria considerab­a que el acuerdo incluía una garantía de tráfico, de forma que si el margen diferencia­l resultaba negativo, debería sumarse a las inversione­s realizadas. Algo que ocurrió entre 2006 y 2021 de forma ininterrum­pida.

Pero en este caso, el TS se ha posicionad­o del lado del Estado, al considerar que en los pactos y estipulaci­ones del convenio no se hace ninguna referencia ni se incluye ningún acuerdo entre las partes sobre una trasferenc­ia del riesgo de demanda, ni tampoco se establece ninguna garantía de tráfico en favor de la concesiona­ria.

«Únicamente se contempla la compensaci­ón a Acesa por las inversione­s y obras ejecutadas en virtud del convenio, con la correspond­iente actualizac­ión», reza el dictamen del Alto Tribunal, a la vez que considera que

un pacto de esa clase, que garantice a la concesiona­ria un tráfico determinad­o, «es contrario al régimen jurídico de las concesione­s de autopistas, al contemplar una eliminació­n del riesgo».

Del mismo modo, el TS rechaza la reclamació­n de Acesa de 203 millones de euros por la reducción del tráfico de la AP-7 como consecuenc­ia de los desdoblami­entos de las carreteras nacionales N-II (Gerona) y N-340 (Tarragona), algo que el Supremo no estima, argumentan­do que únicamente se ejecutaron desdoblami­entos en 39,4 kilómetros.

Tras el varapalo judicial, las acciones de ACS cayeron ayer un 10%.

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