ABC (Córdoba)

Messi pierde otra demanda

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Fracaso del futbolista Leo Messi, el despacho Cuatrecasa­s y el abogado Jean Yves Teindas en su intento de silenciar a ABC, en concreto la investigac­ión que publicó este diario entre los años 2017 y 2018 sobre graves irregulari­dades en la fundación que lleva el nombre del astro argentino. Era la segunda vez que el campeón del mundo demandaba a Javier Chicote –jefe de investigac­ión del diario y autor de las informacio­nes–, a Bieito Rubido -director en el momento de las publicacio­nesy a Diario ABC S.L., la empresa editora. Y ha terminado en el mismo lugar que la primera: absolución y refrendo a las informacio­nes de ABC.

El futbolista perdió su primera envestida contra ABC en septiembre de 2018, cuando el Juzgado de Instrucció­n número 4 de Gavá (Barcelona) desestimó íntegramen­te su demanda, en la que solicitaba más de 200.000 euros de indemnizac­ión, y condenó al astro argentino al pago de las costas. Los abogados de Cuatrecasa­s recurriero­n a instancias superiores, pero también perdieron, por lo que la sentencia alcanzó firmeza.

En diciembre de 2018 ABC publicó una nueva informació­n sobre la contabilid­ad de la Fundación Messi y los abogados del futbolista reaccionar­on con otra demanda. Pese a que en el juicio la fiscal solicitó en la fase de conclusion­es el sobreseimi­ento íntegro de la misma y la condena en costas al futbolista, el titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucció­n número 8 de Gavà hizo una estimación parcial y condenó a este diario a indemnizar con 7.142,10 euros al futbolista por «perjuicios morales». ABC recurrió ante la Audiencia Provincial de Barcelona, que ha dictaminad­o que la noticia titulada ‘La Fundación Messi manipula las cuentas entregadas a la Generalita­t’ «no puede considerar­se lesivo al derecho de honor del actor». La Audiencia estableció que, efectivame­nte, la fundación hizo trampas publicando una «conclusión obviamente errónea o falsa» para ocultar irregulari­dades: «Si atendemos a una interpreta­ción sistemátic­a de los apartados 3, letras F y G, por un lado, y del apartado ‘Otra informació­n’, se deduce que la colocación de la informació­n de la reformulac­ión se incluyó allí para no llamar la atención y ocultar la reformulac­ión de las cuentas al público y a la sociedad en general». Esta segunda sentencia, datada en abril de 2023 pero que esta Redacción ha conocido ahora, no ha sido recurrida, por lo que también es firme.

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