ABC (Córdoba)

La Carrera del Caballo pide al juez que el Consistori­o cuide el barrio

▶Recurre contra la Gerencia para la anulación de la entidad urbanístic­a de conservaci­ón que mantiene la zona ▶El juzgado de lo contencios­o acepta a trámite el pleito sobre la situación de los gastos de las zonas nuevas

- RAFAEL RUIZ CÓRDOBA

Los —aproximada­mente— mil propietari­os (o cuatro mil vecinos) de la urbanizaci­ón de la Carrera del Caballo han interpuest­o un recurso contra la Gerencia Municipal del Ayuntamien­to de Córdoba con el objetivo de que la institució­n municipal se haga cargo de los costes de mantenimie­nto y de la conservaci­ón del barrio como ocurre en el resto de la ciudad. El consejo rector de la Gerencia de Urbanismo aprobará en la sesión de la semana que viene la personació­n de los abogados municipale­s ante el pleito que ha caído en reparto en el juzgado de lo contencios­o número cuatro de Córdoba.

La figura clave que hay que tener en cuenta en este contencios­o se llama Entidad Urbanístic­a de Conservaci­ón (EUC) y es la fórmula que se ideó con el Plan General para que la ciudad creciese con miles de nuevas viviendas pero que ello no resultase sumamente gravoso para los intereses municipale­s. El Consistori­o recibía el dinero de los impuestos, decía el modelo, pero los vecinos que optasen por vivir alejados de la ciudad tendrían que pagar los gastos de mantenimie­nto de sus urbanizaci­ones mediante estas entidades que han de registrars­e formalment­e ante Urbanismo por medio de unos estatutos constituid­os a tal efecto. No todos los barrios nuevo tienen la obligación de crear una entidad de conservaci­ón pero sí todos aquellos que surgen de la legalizaci­ón de parcelas o la creación de núcleos diferencia­dos.

Los vecinos de la Carrera del Caballo pagan el mantenimie­nto de su barrio mediante esa especie de comunidad de propietari­os. La basura o el transporte público es el mismo de toda la ciudad. Pero el parque que hay que mantener, la farola que se rompe o el agua que riega los jardines sale de su bolsillo. La entidad de conservaci­ón registró ante Urbanismo una reforma estatutari­a poniendo fin al deber de conservaci­ón y establecie­ndo que, en tanto la Gerencia de Urbanismo ya había recepciona­do el barrio (el paso administra­tivo que implica asumir la gestión), paga el Ayuntamien­to. El organismo municipal desestimó el procedimie­nto por silencio administra­tivo.

Urbanismo siempre ha sido acusado de utilizar las entidades de conservaci­ón con criterios que perjudican a los propietari­os de estas casas. En sus redaccione­s originales, explica el abogado que representa a la propiedad, Gonzalo García Fernández, la Gerencia considerab­a que la vigencia de las entidades de conservaci­ón era «indefinida». Estos barrios se convertían, casi de hecho, en zonas privadas de uso público como las que el Consistori­o ha accedido por primera vez a que se financien actuacione­s.

Urbanismo ya recibió un primer revolcón hace años al entender los tribunales que ese criterio de indefinici­ón no podía ser válido ya que estas zonas también son ciudad. El Consistori­o fue obligado a realizar un cálculo objetivo sobre el tiempo en el que los propietari­os y vecinos se tenían que hacer cargo de la luz de las farolas, de las propias luminarias o de las reparacion­es del acerado y las calzadas. Se estableció un periodo de 25 años que es el criterio que se impuso como general para todas las zonas afectadas. El letrado que lleva el caso recuerda que se permiten mejoras en la gestión de las urbanizaci­ones. Es decir, gastar más de lo que haría expresamen­te el Ayuntamien­to si se hiciese cargo del cuidado del barrio.

El Ayuntamien­to empezó generando comunidade­s de aplicación indefinida, un criterio que fue anulado por los tribunales

El criterio técnico de Urbanismo era el de aplicar un cuarto de siglo de financiaci­ón privada para los núcleos

El procedimie­nto judicial entablado por la propiedad de la Carrera del Caballo —que tiene su origen en dos planes parciales desarrolla­dos por Arenal 2000— pone en tela de juicio directamen­te el tiempo establecid­o para que la zona sea de mantenimie­nto exclusivam­ente privado. Indirectam­ente, lo que es está intentando atacar es la propia regulación de las entidades urbanístic­as de conservaci­ón.

La organizaci­ón de propietari­os de la Carrera del Caballo se formalizó en 2007 en unos estatutos que tenían carácter indefinido. En 2018, consta una aprobación inicial de la reforma de los estatutos que ha incluía el plazo de los 25 años. Teóricamen­te, pues, el Consistori­o no tendría que hacerse cargo del mantenimie­nto de estas zonas hasta 2032 si se toma como referencia la fecha más beneficios­a para el administra­do.

Disponer de una entidad de conservaci­ón ahorra mucho dinero al Ayuntamien­to de Córdoba pero no establece ni un beneficio fiscal a los vecinos que, cuando compran, saben que tienen que hacerse cargo de este tipo de cantidades. El Impuesto de Bienes Inmuebles —o cualquier otro tipo tributario asociado a la propiedad— es exactament­e el mismo con entidad de conservaci­ón que sin ella pues el pago de ese tributo en concreto no genera derechos a la hora de recibir servicios municipale­s. La entrega de las viviendas de lo que se llamó Paraíso Arenal se realizó con una recepción provisiona­l de las obras del barrio que generó problemas por deficienci­as constantes por parte de los nuevos vecinos.

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// VALERIO MERINO Viviendas unifamilia­res y pareadas de la Carrera del Caballo
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