Estrasburgo avala prohibir el sacrificio animal de acuerdo a las normas islámica y judía
La obligación belga del aturdimiento eléctrico previo «respeta la libertad de culto»
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, ha sentenciado que la prohibición de sacrificar animales sin aturdimiento previo en el marco de ritos religiosos no contradice el Convenio Europeo de Derechos Humanos ni lesiona la libertad religiosa. La sentencia rechaza los argumentos de una veintena de personalidades y organizaciones musulmanas y también judías de Bélgica, que se oponen a las leyes que rigen tanto en la región flamenca como en la de Valonia y que se basan precisamente en la legislación europea sobre sacrificios de animales.
El tema del sacrificio ritual de animales afecta generalmente a los musulmanes que viven en Europa e incluye no solamente los ritos ceremoniales puramente religiosos, que exigen que cada familia degüelle a un cordero de determinadas características, sino el destinado a suministrar a las carnicerías «halal» que venden solo carne procedente de sacrificios que siguen estas reglas.
En general, la ley europea establece que está prohibido sacrificar a un animal fuera de un matadero y sin aturdirlo antes, mientras que el rito musulmán y judío exige que el animal esté consciente. Pero atendiendo a la presencia de comunidades musulmanas que insisten en practicar los rituales religiosos de sus países de origen, muchos gobiernos europeos han implantado excepciones para permitirlos, mientras que otros mantienen la prohibición de la legislación europea. En Bélgica, por ejemplo, está prohibido en la región flamenca y en la región valona, pero está autorizado en Bruselas. En Francia, sin embargo, está permitido en todo el país.
Los demandantes, varias asociaciones musulmanas y una judía, alegaban que esas prohibiciones violarían su derecho a la libertad de religión y por tanto estaban siendo discriminados. Sin embargo, los jueces del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo han establecido en la sentencia que se conoció ayer que esas prohibiciones «no sobrepasan el margen de apreciación» del que disponen como legisladores y han tomado una decisión «proporcionada» en relación con el objetivo de proteger el bienestar animal.
La decisión sienta un precedente para las entidades donde esta cuestión es objeto de polémica, en primer lugar para la región de Bruselas-Capital, porque en su territorio sigue autorizándose el sacrifico ritual sin aturdimiento. Las organizaciones ecologistas belgas han manifestado que con esta sentencia se disponen a presionar a los legisladores bruselenses para que adopten la misma medida que en el resto del país.
Legal en España
La decisión no afecta a las comunidades islámica y judía en nuestro país, donde la legislación en materia sanitaria hace una excepción, con respecto al aturdimiento, para las confesiones religiosas. «Que no haya aturdimiento no implica que no tengamos en cuenta el bienestar animal. Al contrario, es una de nuestras prioridades», explica a ABC Isabel Romero, directora del Instituto Halal de Junta Islámica. Por su parte, las comunidades judías también practican el sacrificio sin aturdimiento, y el posterior desangrado del animal. Para la certificación khoser, el animal debe estar sano, informa