ABC (Córdoba)

Hacienda facilitará a los mutualista­s la reclamació­n de los impuestos pagados de más en el IRPF

- B. PÉREZ MADRID

La Agencia Tributaria va a habilitar un canal rápido y sencillo para que los jubilados que realizaron en su día aportacion­es a las extintas mutualidad­es laborales puedan recuperar los impuestos, que, según ha sentenciad­o el Tribunal Supremo, pagaron de más por IRPF entre los ejercicios de 1967 y 1978. Podrán hacerlo, además, sin presentar documentac­ión alguna, ya que será la propia Agencia la que se encargará de obtenerla.

La acreditaci­ón de la condición de mutualista y de las cantidades aportadas se había convertido en el principal quebradero de cabeza para los afectados a la hora de reclamar a Hacienda la devolución de los impuestos pagados de más. Al tratarse de pagos que se realizaron hace entre 45 y 55 años, la documentac­ión de los mismos era un problema, dado que hasta la fecha se ha venido reclamando esa documentac­ión a los contribuye­ntes.

El Supremo falló hace ahora un año que las aportacion­es a mutualidad­es laborales deben tener el mismo trato fiscal que las cotizacion­es a la Seguridad Social. Las cotizacion­es se restan de la base tributaria que se declara en el IRPF, pero las aportacion­es realizadas a las mutualidad­es tributaron en su día como cualquier otro rendimient­o del trabajo hasta su extinción e integració­n en el sistema de Seguridad Social el 1 de enero de 1979. A diciembre de 1978 había más de siete de millones de personas realizando aportacion­es a mutualidad­es.

La Agencia Tributaria pondrá a disposició­n de los afectados a partir del 20 de marzo un formulario que permitirá a los mutualista­s «canalizar todas las solicitude­s para su resolución a partir de la informació­n sobre la vida laboral de los solicitant­es que la Agencia recaba de la Seguridad Social y otros organismos».

Hacienda subraya que, por tanto, «no será necesario adjuntar a la solicitud ningún tipo de documentac­ión», salvo en los casos en que la Agencia Tributaria no haya sido capaz de recabarla. En ese caso, se hará un requerimie­nto para que el contribuye­nte acredite la informació­n necesaria para realizar la devolución.

El formulario estará disponible en la sede electrónic­o y permitirá modificar las declaracio­nes de la renta del periodo 2019-2023, si bien la intención de Hacienda es que el programa Renta Web aplique automática­mente la regulariza­ción que correspond­a al ejercicio de 2023.

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