Vivienda fija rangos máximos y mínimos de precios para el alquiler
Tan solo Cataluña aplicará la medida de la ley de Vivienda y Madrid la desecha
Sobre esta medida empezó a orbitar hace cuatro años la redacción de la ley de Vivienda y en pocos días se convertirá en la nueva realidad del mercado del alquiler para más de un centenar de municipios. El Ministerio de Vivienda presentó ayer el Índice de Referencia de Precios con el que pretende reducir por debajo de precio de mercado los alquileres de vivienda en aquellas ubicaciones de España donde el esfuerzo de los inquilinos para pagar las rentas mensuales es superlativo. La tabla presentada por el departamento de Isabel Rodríguez permite fijar un precio mínimo y otro máximo que fluctuará dependiendo de la ubicación y también en base a las características del inmueble.
El nuevo sistema tendrá en cuenta una serie de variables como son la superficie, planta, estado de conservación, año de construcción, certificación energética, zonas comunitarias y la tenencia o no de otras comodidades como garaje, ascensor, piscina, conserjería, entre otras condiciones que permitirán al propietario aspirar a fijar el precio máximo permitido por el Índice, según desveló ayer el secretario de Estado de Vivienda, David Lucas. Los límites solo podrán funcionar en las zonas tensionadas y afectarán especialmente a los grandes tenedores. Es decir, a aquellos propietarios de más de diez pisos, que las autonomías pueden reducir, si lo solicitan, a cinco.
Los grandes propietarios tendrán que referenciar al Índice de Vivienda los nuevos contratos firmados a partir del momento en el que sea declarada la zona tensionada. No estarán afectados los alquileres que están en vigor. Según explicó Lucas, si los contratos al corriente hoy tienen un precio inferior al de los límites, este prevalecerá en el próximo alquiler que se firme.
Distinto según propietario
En el caso de las propiedades de los caseros que estén fuera de esa denominación (la inmensa mayoría), tan solo estarán sujetos al índice aquellos inmuebles que no hayan estado en el mercado del alquiler en los últimos cinco años. El resto, estarán referenciados a la renta que pagaba el inquilino anterior, como marca la ley de Vivienda.
Pero para que todas estas medidas tengan sentido, las casas deben estar ubicadas en las zonas que se denominen como tensionadas. Es una definición que pueden solicitar exclusivamente las comunidades autónomas. En esa petición, los departamentos de Vivienda autonómicos interesados tienen que demostrar que en las zonas a intervenir el esfuerzo para pagar el alquiler supera el 30% de los ingresos de los hogares. También tendrán que presentar un plan para tratar de corregir esa problemática comprometiendo medidas como la construcción de vivienda para el alquiler asequible u otros incentivos fiscales.
Por el momento, Madrid rechaza establecer los límites a los alquileres y Cataluña es la única región que los aplicará. Concretamente, desde Vivienda estiman que esto sucederá el próximo 13 de marzo, si la Generalitat entrega toda la documentación requerida por el departamento de Isabel Rodríguez. La región lo aplicará en 140 municipios.