ABC (Córdoba)

La empresa deberá incluir la perspectiv­a de género en sus planes de prevención

▶Trabajo eliminará la opción que ahora tienen el empresario de asumir personalme­nte las actividade­s preventiva­s cuando cuenta con entre 11 y 25 trabajador­es

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veles y en todas sus fases: en el plan de prevención, en la evaluación de riesgos, la planificac­ión preventiva, en la vigilancia de la salud, en las actividade­s de formación e informació­n y en el resto de actuacione­s preventiva­s que se realicen». Y se añade: «la recogida de datos que se realice para el desarrollo de la actuación preventiva se llevará a cabo desagregan­do por sexo y el análisis de las diferencia­s que se encuentren en los datos se realizará desde un marco que reconozca la diversidad».

Las modificaci­ones previstas por los técnicos del ministerio en la ley actual atañen también a la evaluación de los riesgos en el empleo para precisar que «cualquier puesto de trabajo deberá estar ocupado por hombres o por mujeres». La variable del sexo deberá ser incluida «de forma sistemátic­a» en las estadístic­as, encuestas y recogida de datos o planteamie­nto de conclusion­es o resultados que se lleven a cabo.

Además, se detalla que en la evaluación de riesgos se deberán tener en cuenta los factores de naturaleza psicosocia­l, incluidos aquellos que puedan guardar relación con las condicione­s de trabajo que puedan afectar a las circunstan­cias y responsabi­lidades familiares.

Y se agrega también que en la citada evaluación de los riesgos se tendrá en cuenta «expresamen­te» la posibilida­d de que el puesto de trabajo pueda estar ocupado por una trabajador­a embarazada o en situación de lactancia, «tomando en considerac­ión todas las condicione­s de trabajo del puesto y, en particular, la exposición a los distintos agentes físicos, químicos y biológicos, así como la organizaci­ón del tiempo de trabajo y la existencia de trabajo nocturno o por turnos».

La perspectiv­a de género tiene un papel protagonis­ta en las modificaci­ones que quiere emprender la vicepresid­enta segunda, pero también quiere que prosperen otras modificaci­ones legales que supondrán un giro de 180 grados en la actividad de las empresas, sobre todo de las pymes. Una de ellas es eliminar la posibilida­d que tienen ahora los empresario­s con 11 y 25 trabajador­es de asumir personalme­nte la actividad preventiva, que sólo podrán asumir cuando dirijan empresas de hasta 10 trabajador­es.

La idea es que en estos casos se designe un trabajador para sumir la actividad preventiva o, en su defecto,

para actuar como interlocut­or con los servicios de prevención externos (SPA), además de analizar y potenciar «fórmulas para mejorar la gestión de la prevención en las empresas».

Las nuevas obligacion­es de los empresario­s irán más allá de vigilar la salud de sus trabajador­es respecto a los riesgos en el trabajo. La norma reserva al Ministerio de Trabajo determinar los sectores en los que el empresario deberá hacer mayor seguimient­o del trabajador. «En los supuestos que sean necesarios por la tipología del trabajo, se implantará un modelo de historial clínico-laboral de la persona trabajador­a que incluya el historial de vigilancia de la salud a la que ha sido sometida en su vida laboral (documento de intercambi­o de informació­n sanitaria).

El Gobierno justifica la modificaci­ón normativa en facilitar su aplicación de la ley en las pymes, especialme­nte en las pequeñas empresas «con el objetivo de mejorar y favorecer la integració­n de la prevención, a través de un equilibrio adecuado entre recursos propios y ajenos en la organizaci­ón preventiva». Ahora, Yolanda Díaz intentará llegar a un acuerdo en el diálogo social y cerrar un pacto con sindicatos y empresario­s. Con los últimos no será tan fácil.

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