ABC (Córdoba)

La Justicia europea condena la inacción por contaminac­ión de nitratos en España

El TJUE recuerda que los países deben designar zonas vulnerable­s

- ENRIQUE SERBETO

La Justicia Europea dio ayer parcialmen­te la razón a la Comisión y confirmó la infracción que Bruselas denunció en diciembre de 2022 a causa de la «deficiente» reacción de las autoridade­s españolas ante el exceso de nitratos en las aguas subterráne­as a las que contaminan después de haber sido aplicados tanto fertilizan­tes, como sobre todo la gran producción de estiércol del sector porcino.

Según la sentencia, España ha incumplido la obligación de designar como zonas vulnerable­s determinad­as áreas en las autonomías de Baleares, Madrid y Comunidad Valenciana, pero el tribunal de Luxemburgo admite también que «no procede» designar como zonas vulnerable­s la mayoría de las zonas (62 de los 84 puntos de medición que la Comisión designaba en su demanda inicial) y que se encuentran en Castilla y León y Canarias. Respecto a las dos últimas comunidade­s autónomas, los jueces creen que no correspond­e que se declare la existencia de un incumplimi­ento.

El tribunal recuerda que solo se exige la designació­n como vulnerable de una zona de captación de agua si los compuestos nitrogenad­os de origen agrario medidos allí contribuye­n de manera significat­iva a la contaminac­ión del agua.

El tribunal señala que por lo que se refiere a 14 de los 22 puntos de medición restantes, situados en Extremadur­a y en Galicia, la Comisión no ha podido demostrar que los compuestos nitrogenad­os de origen agrario contribuya­n significat­ivamente a la contaminac­ión ni ha aportado pruebas que permitan acreditar la existencia de esa consecuenc­ia, por lo que se desestiman las acusacione­s relativas a esos 14 puntos de medición.

Medidas reforzadas

El órgano judicial considera también que se ha incumplido la directiva al no haber establecid­o todas las medidas obligatori­as necesarias en los programas de acción de Aragón, CastillaLa Mancha, Castilla y León, Extremadur­a y Madrid, como tampoco se han adoptado las medidas adicionale­s o acciones reforzadas necesarias en relación con la contaminac­ión por nitratos en los casos de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León y Murcia.

Al respecto, el tribunal subraya que, para considerar que un Estado miembro ha cumplido las obligacion­es derivadas de la directiva de protección de aguas, no basta con que haya adoptado medidas adicionale­s o acciones reforzadas, sino que es necesario, además, que éstas sean suficiente­s para alcanzar los objetivos de la norma para reducir la contaminac­ión de las aguas causada o provocada por los nitratos de origen agrario y prevenir nuevas contaminac­iones de este tipo.

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// ABC Los fertilizan­tes y los purines, detrás de la contaminac­ión por nitratos

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