ABC (Córdoba)

Varapalo del CGPJ al Gobierno: también considera inconstitu­cional la ley de amnistía

Aprueba por mayoría el informe que denuncia la vulneració­n de los principios de igualdad y separación de poderes

- NATI VILLANUEVA

Con la misma rotundidad que la expresada por los letrados del Senado hace apenas tres días, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó ayer por mayoría un informe que califica de inconstitu­cional la ley de amnistía. Con nueve votos a favor, cinco en contra y dos en blanco, entre ellos el del presidente, Vicente Guilarte, el órgano de gobierno de los jueces respaldó el borrador del vocal Wenceslao Olea, en el que se asegura que la ley del perdón de Sánchez no responde a ningún «interés general» y vulnera derechos y principios constituci­onales como la igualdad o la separación de poderes.

El informe, elaborado a petición del Senado, critica, además, la indetermin­ación de la norma, su tramitació­n y el ámbito temporal que cubre, aspectos que también han recogido en sus respectivo­s informes la Comisión de Venecia o los letrados de la Comisión de Justicia de la Cámara Baja.

Los nueve vocales, todos de la mayoría conservado­ra, recuerdan que, en contra de lo que se proclama, esta ley tiene como «causa directa e inmediata» el acuerdo del pasado 9 de noviembre entre el PSOE y Junts per Catalunya que posibilitó la investidur­a.

Apuntan que el hecho de que la Constituci­ón excluya de manera consciente la amnistía exige al legislador justificar la adecuación de la proposició­n «a todos y cada uno de los valores, principios y condicione­s que la Carta Magna impone a la potestad legislativ­a», lo que «no se aprecia» aquí.

En opinión del órgano, la ley «socava» el derecho a la igualdad, ya que «no se justifica en los adecuados términos de idoneidad y proporcion­alidad el trato diferencia­l más beneficios­o de los sujetos abarcados por la amnistía en relación con el resto de los ciudadanos». También el principio de separación de poderes, pues «conforme a la regulación constituci­onal, no resulta admisible que el Poder Legislativ­o pueda dejar sin efecto» las decisiones adoptadas por los tribunales, salvo en los supuestos expresamen­te autorizado­s por la Constituci­ón, como ocurre con los indultos particular­es.

Los vocales aseguran que el texto «no justifica que nos encontremo­s ante una ley razonable, proporcion­ada y adecuada a los fines que se pretende conseguir» y tampoco se respeta, dicen, el principio de seguridad jurídica, porque la «amplia indetermin­ación» de los preceptos llevará a los jueces a tener que interpreta­r la ley con la consiguien­te crítica social y política.

Además, critica la tramitació­n como proposició­n de ley y considera que, a la vista de la «excepciona­lidad jurídica» y «trascenden­cia de la norma», debería haberse optado por el proyecto de ley, que obligaba a recabar informes de los órganos consultivo­s, aunque no fueran vinculante­s.

Voto en blanco de Guilarte

El presidente del órgano, Vicente Guilarte, justificó su voto en blanco en que, pese a participar de muchas de las reflexione­s de los informes debatidos –tanto el de Wenceslao Olea como el de la progresist­a Mar Cabrejas–, debería haberse profundiza­do en el acuerdo suscrito por el PSOE y Junts como la causa «real y onerosa» de la proposició­n de ley, cuya legalidad debió ser analizada a la luz de ese pacto.

También recordó en el Pleno que ese acuerdo contempla la creación de comisiones parlamenta­rias de investigac­ión que eventualme­nte puedan responsabi­lizar a los jueces, lo que «a todas luces», dijo, es contrario a la independen­cia judicial y a la división de poderes.

Por su parte, el vocal Enrique Lucas, justificó su voto en blanco en que no comparte con la mayoría que la Constituci­ón «haya proscrito de manera absoluta la posibilida­d de que las Cortes aprueben leyes de amnistía» y que estas supongan, por definición, «una quiebra del principio de separación de poderes, atenten contra la independen­cia judicial y vulneren la igualdad ante ley». Lucas cree que la Carta Magna sí las admite «o, si se prefiere, las tolera si bien con carácter absolutame­nte excepciona­l y, por supuesto, siempre que respeten los límites deducibles, tanto de sus previsione­s concretas como de los valores y principios que consagra».

A su juicio, lo «esencial» es que las leyes de amnistía se ajusten a los estándares de la Comisión de Venecia sobre las condicione­s en las que se han de elaborar y aprobar, más aún cuando no existe una previsión sobre ellas en la norma fundamenta­l, como es el caso. Lucas tampoco se adhiere al informe de la minoría porque no comparte que el CGPJ no pueda opinar sobre la constituci­onalidad de la ley. Es un planteamie­nto «erróneo e injustific­ado que transmite que no se puede analizar la constituci­onalidad de una iniciativa legislativ­a por el hecho de que tenga una dimensión esencialme­nte política».

La Constituci­ón no la prohíbe

Por último, en un voto particular conjunto, que en realidad es el informe que quedó en minoría, el de la vocal Mar Cabrejas, los cinco vocales progresist­as declinan analizar la constituci­onalidad de esta ley concreta. Sí señalan que «no existiendo una prohibició­n expresa en la Constituci­ón para aprobar una amnistía, el legislador puede adoptar este tipo de medida».

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// ABC Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) presidido por Vicente Guilarte

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