La hostelería tendrá que habilitar el uso de códigos QR a partir del 5 de marzo
▶Feijóo admite que no todos los locales están «tecnológicamente preparados» pero el plan recoge su «exigibilidad» ▶Solo 10 concellos inician en restricción máxima la desescalada, con Galicia por debajo de los 7.000 casos de Covid
La Orden publicada ayer en el Diario Oficial de Galicia, por la que se concreta el «Plan de hostelería segura», dispone su entrada en vigor desde la pasada medianoche, exceptuando «la obligación de disponer de un cartel» con información de aforo y «la obligación de obtener un código QR o de disponer de un código QR personalizado», que «surtirán efectos a partir de las 00.00 horas del día 5 de marzo». La segunda medida es la que ha generado más prevenciones en el sector, al que la Xunta indicó que no lo convertiría en un requisito obligatorio. Fuentes de la vicepresidencia primera apuntaron a ABC que la obligatoriedad atañe al dueño del local, pero no será imperativo que el cliente se registre. Poco antes de que, al filo de las 15 horas, se publicara la Orden, Alberto Núñez Feijóo insistía en que les «gustaría» que se implantara en «todos los establecimientos de hostelería», que desde hoy reabren sus puertas al iniciarse la desescalada tras la tercera ola de Covid, pero que aceptan que no «todos están tecnológicamente preparados para asumirlo».
En cualquier caso, la Orden es clara. El titular de un bar, cafetería o restaurante dispone del código QR en la web del Sergas dedicada al coronavirus (https://coronavirus.sergas.gal/). Ahí puede descargarlo. Los clientes, a través de la aplicación Passcovid, podrán registrar su presencia, y así se «ayudará a detectar posibles concentraciones de contagios con mayor rapidez». Para quien no disponga de esta app, «el local podrá disponer de QR personalizados para entregarles a los usuarios», concreta el texto del DOG.
Consecuente con el margen de una semana que da a la hostelería para activar este método, la Xunta recoge que habrá un período de latencia en las actuaciones de control. Por el momento, solo se informará «de su exigibilidad a partir de la indicada fecha, sin que proceda dar inicio a ningún procedimiento sancionador». En cuanto al cartel, disponible en la misma web, se ubicará en un «lugar visible del acceso» y recogerá información sobre aforo máximo permitido en condiciones normales, porcentaje máximo de uso en función de la situación epidemiológica y aforo máximo al aplicarse este porcentaje; distinguiendo interior de exterior. El propietario, además, deberá actualizar esta información «que se pro
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