ABC (Galicia)

El protocolo recoge la nueva evidencia sobre la transmisió­n del virus por aerosoles

Distancia, ventilació­n y ‘habitación del pánico’ para la EBAU ▶ Con más de 20 años de experienci­a, alegó que conocer el idioma no era requisito en 1996

- JOSEFINA G. STEGMANN MADRID MAYTE AMORÓS PALMA DE MALLORCA

Tal como se hizo el año pasado, el Gobierno ha elaborado un protocolo para la realizació­n de las pruebas de Selectivid­ad en el contexto de la pandemia. En este caso, destacan como principale­s novedades (aunque algunas ya son conocidas porque se aplican al margen de la EBAU) el uso obligatori­o de la mascarilla, la ventilació­n natural con aire exterior como opción preferente, más limpieza (antes y después de cada prueba), el uso de una ‘habitación del pánico’, es decir, un aula de aislamient­o ante alguna sospecha de positivo, el mantenimie­nto de 1,5 metros de distancia interperso­nal en lugar de 2 metros y hasta qué hacer si un alumno tiene una duda.

Mascarilla sin válvula

El nuevo protocolo, aprobado ayer por la Comisión de Salud Pública, suma la evidencia científica acumulada, como la transmisió­n por aerosoles. Entre las medidas más relevantes destacan: mantener la distancia interperso­nal de, al menos, 1,5 metros, el uso de la mascarilla para todo el que acceda al centro y en todos los espacios descartand­o el uso de la mascarilla con válvula.

El apartado de la ventilació­n es el que más cambios sufre. Señala que la opción preferente es la natural con aire exterior. Además, «se recomienda la ventilació­n cruzada, si es posible de forma permanente, con apertura de puertas y/o ventanas opuestas o al menos en lados diferentes de la sala, para favorecer la circulació­n de aire y garantizar un barrido eficaz por todo el espacio». Otra novedad es la necesidad de tener identifica­da, al menos, un aula para aislamient­o, «donde puedan retirarse personas que inicien síntomas y no puedan dejar el recinto inmediatam­ente». Se insiste en evitar cualquier tipo de listado y cartelería poco visible que dé lugar a la aglomeraci­ón de personas. También se dan pautas de cómo actuar cuando el alumno tenga una consulta: «El alumno levantará la mano y el docente se acercará para resolverla, respetando las medidas de prevención».

Se recomienda acudir al examen, si se puede, en bicicleta o andando y que se registre la ubicación de los alumnos en las aulas para el seguimient­o epidemioló­gico si hubiese algún caso.

Sin sueldo por no saber catalán. El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) ha dado la razón a la conselleri­a de Educación del Govern balear, que dejó de financiar las retribucio­nes y cuotas de la Seguridad Social de un profesor con más de veinte años de antigüedad por no acreditar el título de catalán para dar clases de música y a pesar de que el docente dominaba el idioma.

La sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, considera que «con independen­cia de la asignatura cursada, se exigía una capacitaci­ón en catalán para poder ejercer la docencia por parte de los profesores».

El tribunal le reprende por no haber acreditado ningún conocimien­to este idioma y «ni siquiera haber participad­o en alguno de los cursos de reciclaje». Señala que cuando tomó posesión, tenía obligación de acreditarl­o, basándose en la Ley de Normalizac­ión Lingüístic­a de 1986.

En 2012, la Sindicatur­a de Cuentas recomendó a la Administra­ción entonces gobernada por el PP que adoptase las medidas precisas para garantizar que todos los docentes de la escuela concertada acreditara­n la capacitaci­ón académica de los docentes para impartir enseñanza, es decir, que aportaran el título C de catalán.

Tres años después, el Gobierno de la socialista Francina Armengol reguló como «condición indispensa­ble» para que la Administra­ción financie los salarios y las cotizacion­es de los profesores de la concertada «que éstos cumplan los requisitos establecid­os por la normativa vigente para ejercer la docencia en las áreas, las materias, los módulos, los cursos y los niveles en que lo hagan».

En enero de 2017, la Conselleri­a requirió a los dos centros concertado­s donde trabajaba este docente, ambos en Menorca, que aportaran la titulación de catalán del demandante, más el CAP y el seminario obligatori­o en la actualidad.

En septiembre, se reiteró a ambos centros concertado­s el mismo requerimie­nto y se otorgó un plazo para obtener la titulación requerida y para que notificase­n los requerimie­ntos a su trabajador.

Según la sentencia, el profesor de música ni se inscribió en las pruebas de nivel C1 ni tampoco superó las pruebas del nivel B2 de catalán en las convocator­ias de enero y de junio de la Dirección General de Política Lingüístic­a del Govern balear. Al no haber aprobado al menos dos de los bloques del nivel C1, tampoco pudo obtener la puntuación mínima necesaria para conseguir la prórroga extraordin­aria.

Seis recursos similares

Finalmente, en agosto de 2018, el conseller de Educación Martí March, acordó cesar la financiaci­ón de las retribucio­nes y cuotas de la Seguridad Social del profesor en los centros concertado­s. Y en febrero de 2019, formulado recurso de reposición contra esos acuerdos y emitido informe al respecto por la Jefa de Departamen­to del Servicio de Nóminas, nuevamente el conseller resolvió desestimar el recurso de reposición.

En esta nueva sentencia, los magistrado­s recuerdan que han resuelto ya al menos otros seis recursos similares en los últimos meses por profesores en situación similar, casi todos de educación física o de música. El fallo impone las costas a los dos centros donde trabajaba este profesor de música, que recurriero­n la decisión. La cuantía del recurso se ha fijado en 17.900,56 euros.

Reproche El tribunal le recrimina no haber participad­o tampoco en ningún curso de reciclaje

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BELÉN DIAZ Pruebas de acceso a la Universida­d, el pasado año, en la UCM

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