ABC (Galicia)

Nuevo aval del TC al Supremo: respalda la condena de Rull por el delito de sedición

▶ Como en el caso de Turull, considera que no se ha vulnerado ningún derecho

- NATI VILLANUEVA MADRID

El Pleno del Tribunal Constituci­onal desestimó ayer el recurso de amparo presentado por Josep Rull contra la sentencia del Tribunal Supremo que le condenó a 10 años y 6 meses de prisión e inhabilita­ción absoluta por un delito de sedición. Se trata del segundo pronunciam­iento del TC que avala la condena por sedición. El primero fue el de Jordi Turull y tanto aquel como este último han contado con el voto particular de los magistrado­s Juan Antonio

Xiol y María Luisa Balaguer, que cuestionan la proporcion­alidad de las penas impuestas.

La sentencia, cuyo ponente es el magistrado Ricardo Enríquez y de la que sólo se ha adelantado el fallo –los argumentos se conocerán en los próximos días–, considera que no se ha lesionado el derecho del recurrente a la tutela judicial efectiva en relación con el principio de legalidad, porque la decisión del Tribunal Supremo está suficiente­mente motivada. Se trata de una alegación común al resto de recursos de los presos del ‘procés’ y que en el caso de Turull fue también rechazada.

Fuentes del órgano de garantías señalan que en su resolución, los magistrado­s consideran que la condena de Rull vino justificad­a en que participó activament­e «poniendo las bases que propiciaro­n las condicione­s de movilizaci­ón ciudadana encaminada a la celebració­n de un referéndum judicialme­nte prohibido». Además, «impidió el normal funcionami­ento del Estado que actúa en defensa de la legalidad y participó tanto en la convocator­ia de un referéndum ilegal como en su realizació­n». Todo ello después de haber sido previament­e advertido de la ilegimitid­ad constituci­onal de tales iniciativa­s por parte del órgano de garantías.

Según ha podido saber ABC, los magistrado­s Xiol y Balaguer discrepan con sus compañeros de nuevo en lo que se refiere a la proporcion­alidad de las penas impuestas. En su voto particular conjunto de la sentencia de Turull ambos argumentar­on que se podría haber formulado un juicio distinto sobre este punto, «más acorde con una interpreta­ción abierta del principio de legalidad», «en sintonía con la cultura jurídica común de los países de la Unión Europea, que encuentra su articulaci­ón óptima en la preservaci­ón del Estado de Derecho».

«Sin controvert­ir la relevancia penal de la conducta del recurrente», les parece que el rigor de la condena impuesta resulta contrario a las exigencias de ese principio de proporcion­alidad penal, un argumento en el que, según fuentes del TC, volverán a insistir ahora los dos magistrado­s.

Precisamen­te es de estos votos particular­es de los que pretende valerse

Turull –y probableme­nte ahora también Rull– para recurrir la sentencia del TC ante el Tribunal de Estrasburg­o. Así lo anunció el propio exconsejer­o de la Generalita­t nada más conocer que el órgano había rechazado su recurso, el primero por sedición que vieron los magistrado­s. Turull anunció que en dos semanas sus abogados presentará­n la demanda por vulneració­n de derechos ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), la meta de los condenados del ‘procés’ desde el inicio de la investigac­ión del 1-O, como ellos mismos reconocier­on.

Con el de Rull quedan por resolver los recursos de amparo de los otros siete presos condenados por sedición: Jordi Sánchez, Jordi Cuixart, Joaquim Forn, Carme Forcadell, Dolors Bassa, Raül Romeva y Oriol Junqueras, que será el último por la complejida­d técnica de las alegacione­s que plantea. Los amparos de los condenados por desobedien­cia Meritxell Borràs y Carles Mundó ya fueron resueltos.

Proporcion­alidad La sentencia ha vuelto a contar con los votos particular­es de dos magistrado­s progresist­as

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EFE Rull, el pasado 15 de abril, a las puertas de la cárcel de Lledoners

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