El 70% de ‘influencers’ incumplen la ley de protección al consumidor
▶ Según Consumo, el 97% de los contenidos publicados son de carácter comercial
Los creadores de contenido españoles no seguirían la norma europea sobre prácticas comerciales desleales. Así lo desprende la última investigación de la Dirección General de Consumo –integrada en el Ministerio de Derechos Sociales–, que ha detectado que este es el caso de la mayoría de los ‘influencers’ en nuestro país. En concreto el del 70%.
Con esta investigación en la que han participado 22 Estados miembros junto con Noruega e Islandia, se buscaba comprobar si los ‘influencers’ publican contenido publicitario siguiendo la legislación europea.
En total, según informó Consumo, «se han revisado las publicaciones de 576 ‘influencers’, de los cuales el 97% publicaban contenido con carácter comercial, pero se ha detectado que solamente uno de cada cinco lo indicaba de forma correcta».
El caso concreto de España, la proporción es algo mayor. Tras analizar las publicaciones de 40 creadores de contenido «con un gran número de seguidores», la investigación concluye que tres de cada cuatro incumplen uno o varios preceptos de las normas. Es decir, sólo uno de cada cuatro cumple.
Faltan etiquetas
Además, se ha comprobado que la mayoría de estos creadores de contenido no utilizan las etiquetas que proporcionan las plataformas para indicar al lector que se trata de contenido publicitario, por ejemplo ‘colaboración pagada’. Por el contrario, utilizan términos muy genéricos como ‘publi’ o ‘ad’, o simplemente incluyen un agradecimiento genérico a la marca asociada, dificultando al consumidor medio la posibilidad de identificar que se trata de contenido con carácter comercial o publicitario.
Consumo no impondrá sanciones, de momento. Los creadores de contenido que, según esta investigación, han incurrido en potenciales incumplimientos de la normativa, recibirán una comunicación en la que se les ofrecerá información y asesoramiento para que su contenido comercial se ajuste a la normativa europea. Asimismo, las empresas detrás de estas comunicaciones comerciales serán igualmente informadas de los potenciales incumplimientos y de su responsabilidad al efecto.
En cualquier caso, las autoridades de Consumo «se reservan la posibilidad de llevar a cabo acciones adicionales, lo que podría desembocar en sanciones económicas, para asegurar el cumplimiento de la normativa europea y la lucha contra la publicidad engañosa».
La realización de esta actuación por parte del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 es particularmente relevante ya que, en la actualidad, en el entorno online y, muy especialmente, en las redes sociales, las personas consumidoras se enfrentan a menudo a mensajes publicitarios de ‘influencers’ que no son claramente identificables y que, por lo tanto, podrían inducirles a error.
Además, en numerosas ocasiones, este tipo de mensajes van dirigidos a un grupo de consumidores especialmente vulnerables, como son los jóvenes» explica el Ministerio tras la investigación.
Labor pedagógica
Sin embargo, entiende que muchas de estas infracciones pueden deberse al desconocimiento. Por tanto, en una primera fase, «apuesta por una labor pedagógica y de información que permita a los influencers corregir las conductas inadecuadas y respetar la legislación europea en esta materia».
La investigación ha sido realizada junto a las autoridades competentes en materia de protección del consumidor de las comunidades autónomas de Cataluña, Islas Baleares y Madrid y han estado coordinadas por la Oficina de Enlace Única española de la Red Europea de Cooperación para la Protección de los Consumidores (Red CPC).
Consumo, por ahora, no les sancionará, pero les asesorará para que se ajusten a la normativa europea