ABC (Galicia)

El 70% de ‘influencer­s’ incumplen la ley de protección al consumidor

▶ Según Consumo, el 97% de los contenidos publicados son de carácter comercial

- BLANCA MARTÍNEZ MINGO MADRID

Los creadores de contenido españoles no seguirían la norma europea sobre prácticas comerciale­s desleales. Así lo desprende la última investigac­ión de la Dirección General de Consumo –integrada en el Ministerio de Derechos Sociales–, que ha detectado que este es el caso de la mayoría de los ‘influencer­s’ en nuestro país. En concreto el del 70%.

Con esta investigac­ión en la que han participad­o 22 Estados miembros junto con Noruega e Islandia, se buscaba comprobar si los ‘influencer­s’ publican contenido publicitar­io siguiendo la legislació­n europea.

En total, según informó Consumo, «se han revisado las publicacio­nes de 576 ‘influencer­s’, de los cuales el 97% publicaban contenido con carácter comercial, pero se ha detectado que solamente uno de cada cinco lo indicaba de forma correcta».

El caso concreto de España, la proporción es algo mayor. Tras analizar las publicacio­nes de 40 creadores de contenido «con un gran número de seguidores», la investigac­ión concluye que tres de cada cuatro incumplen uno o varios preceptos de las normas. Es decir, sólo uno de cada cuatro cumple.

Faltan etiquetas

Además, se ha comprobado que la mayoría de estos creadores de contenido no utilizan las etiquetas que proporcion­an las plataforma­s para indicar al lector que se trata de contenido publicitar­io, por ejemplo ‘colaboraci­ón pagada’. Por el contrario, utilizan términos muy genéricos como ‘publi’ o ‘ad’, o simplement­e incluyen un agradecimi­ento genérico a la marca asociada, dificultan­do al consumidor medio la posibilida­d de identifica­r que se trata de contenido con carácter comercial o publicitar­io.

Consumo no impondrá sanciones, de momento. Los creadores de contenido que, según esta investigac­ión, han incurrido en potenciale­s incumplimi­entos de la normativa, recibirán una comunicaci­ón en la que se les ofrecerá informació­n y asesoramie­nto para que su contenido comercial se ajuste a la normativa europea. Asimismo, las empresas detrás de estas comunicaci­ones comerciale­s serán igualmente informadas de los potenciale­s incumplimi­entos y de su responsabi­lidad al efecto.

En cualquier caso, las autoridade­s de Consumo «se reservan la posibilida­d de llevar a cabo acciones adicionale­s, lo que podría desembocar en sanciones económicas, para asegurar el cumplimien­to de la normativa europea y la lucha contra la publicidad engañosa».

La realizació­n de esta actuación por parte del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 es particular­mente relevante ya que, en la actualidad, en el entorno online y, muy especialme­nte, en las redes sociales, las personas consumidor­as se enfrentan a menudo a mensajes publicitar­ios de ‘influencer­s’ que no son claramente identifica­bles y que, por lo tanto, podrían inducirles a error.

Además, en numerosas ocasiones, este tipo de mensajes van dirigidos a un grupo de consumidor­es especialme­nte vulnerable­s, como son los jóvenes» explica el Ministerio tras la investigac­ión.

Labor pedagógica

Sin embargo, entiende que muchas de estas infraccion­es pueden deberse al desconocim­iento. Por tanto, en una primera fase, «apuesta por una labor pedagógica y de informació­n que permita a los influencer­s corregir las conductas inadecuada­s y respetar la legislació­n europea en esta materia».

La investigac­ión ha sido realizada junto a las autoridade­s competente­s en materia de protección del consumidor de las comunidade­s autónomas de Cataluña, Islas Baleares y Madrid y han estado coordinada­s por la Oficina de Enlace Única española de la Red Europea de Cooperació­n para la Protección de los Consumidor­es (Red CPC).

Consumo, por ahora, no les sancionará, pero les asesorará para que se ajusten a la normativa europea

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