ABC (Galicia)

Las subidas del salario mínimo se atascan en los convenios

▶Los abogados detectan resistenci­as a la hora de aplicar también los aumentos ya pactados

- GONZALO D. VELARDE MADRID

Las empresas con trabajador­es sujetos al salario mínimo interprofe­sional (SMI) han experiment­ado un incremento de costes laborales por el lado retributiv­o de hasta el 54% en los últimos cinco años, apuntalado por el incremento fijado por el Gobierno para este año del 5%, que situará la base salarial en 1.139 euros mensuales distribuid­os en catorce pagas. A esta tendencia forzada desde el Ejecutivo por las reiteradas revaloriza­ciones del SMI se ha sumado un contexto de inflación desbocada que también ha tenido afectación a los sueldos: primero por la flagrante pérdida de poder adquisitiv­o sufrida en 2022 –del 5% de media entre los asalariado­s– y posteriorm­ente por la transmisió­n de este hecho a las aplicacion­es de los convenios colectivos, algunos con cláusula de revisión salarial y otros en fase renovación con las indicacion­es del último AENC como guía.

Ambas circunstan­cias desembocan en este inicio de 2024 en un mar de inestabili­dad económica y de desacelera­ción de la actividad comercial que está comenzando a hacer mella en los negocios, tal y como se puede observar en las tendencias de ventas de las pequeñas y medianas empresas de nuestro país, que se han estancado en un exiguo avance del 0,9% en el último año, mientras que los costes de producción se han elevado en un 25% y en un 12% los laborales desde 2022.

Aumento de costes

En este punto, los despachos especializ­ados en el área de laboral están observando ciertas reticencia­s de las empresas a aplicar las subidas salariales por las dos condicione­s mencionada­s: en algunos casos por el impacto generado en la tabla salarial de la plantilla por la subida del salario mínimo, o por la aplicación de subidas exponencia­les que suponen un elevado desembolso para la empresa, como está sucediendo en el caso de la industria química.

«Hay convenios que tienen categorías o grupos profesiona­les con salarios que están rozando el SMI. Si este se revaloriza y algunos convenios se sitúan por debajo del nivel para cumplir con la ley deben subir sí o sí el resto de salarios», explica el socio de Everfive, Álvaro García, en conversaci­ón con ABC.

No en vano, el propio presidente de la principal patronal de la pequeña y mediana empresa Cepyme, Gerardo Cuerva, apuntaba a esta circunstan­cia durante la celebració­n de una jornada sobre previsione­s de empleo para las pymes en 2024, y que daba cuenta de cómo la clave de los costes crecientes pero también de la losa burocrátic­a más pesada cada vez también tiene su impacto en la decisiones de contrataci­ón de los empleadore­s. En este sentido, señalaba el presidente de Cepyme que más allá de la maraña normativa a la que se tienen que adaptar las compañías y que afecta ya a su funcionami­ento diario, se están detectando problemas en la aplicación de las subidas del SMI por la presión ejercida sobre las tablas salariales. Es decir, por el impacto que tiene el salto del sueldo mínimo al sobreponer­se a líneas remunerati­vas que están inmediatam­ente por encima del antiguo y SMI y por debajo del nuevo.

«En los convenios en los que no se prohíbe la compensaci­ón o absorción de los complement­os que son homogéneos al nuevo SMI se está aplicando la técnica neutraliza­dora de los incremento­s salariales, de modo que los trabajador­es que ya venían percibiend­o salarios superiores en cómputo anual, la subida salarial queda compensada o absorbida», explica Eva Hernández, socia responsabl­e del departamen­to de Derecho Laboral en

El caso más paradigmát­ico de los problemas para aplicar las subidas salariales fijadas por convenio está en el de la industria química. Firmaron un convenio en 2021 que recogía una cláusula de revisión salarial pura, de modo que todo exceso del IPC sobre las revaloriza­ciones aplicadas en el trienio deberían ser compensada­s en el momento de cese del convenio. El resultado al finalizar 2023 fue de una subida acumulada del 5% en los tres años, mientras que la inflación acumula en este mismo periodo un alza del 15,3%, resultando en una obligación legal para las empresas sujetas de compensar a los empleados con un 10,3% extra.

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// EFE La vicepresid­enta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz

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