ABC (Galicia)

Puigdemont en España: otro laberinto judicial hasta el verano de 2025

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prevaricar por no aplicar esta ley». Así destapó Míriam Nogueras su estrategia: seguir amedrentan­do a los jueces, porque sabe que la aplicación práctica de esta amnistía depende del estamento judicial, dado que ha de ser cada tribunal o juez instructor quien actúe en cada caso concreto. Es decir, para que Puigdemont disfrute de la amnistía debe haberlo decidido alguno de los tribunales que le investigan. Eso no llegará, si se siguen los plazos habituales, hasta el verano de 2025, aunque la defensa del prófugo es más optimista y recorta mucho los tiempos.

Los tres delitos clave

Alcanzado el acuerdo político sobre la amnistía y aprobada en la Comisión de Justicia del Congreso, la tramitació­n parlamenta­ria aún necesita algunos pasos: el Pleno del Congreso, la tramitació­n en un Senado con mayoría del PP y la segunda vuelta en la Cámara Baja. Una estimación razonable de tiempo es la segunda quincena de mayo, justo antes de la campaña de las elecciones europeas del 9 de junio. Llegados a ese punto, con la Ley publicada en el BOE y centrándon­os en los líderes políticos del procés, hay que diferencia­r entre los condenados e inhabilita­dos (Oriol Junqueras y compañía) y el de los pendientes de juicio, con especial atención al prófugo Carles Puigdemont, la pieza clave de la negociació­n, la persona que ha obligado al Gobierno a cruzar todas sus líneas rojas: desde la propia constituci­onalidad de la amnistía hasta su alcance, con la inclusión de la malversaci­ón y el terrorismo como los mayores pruebas de las inmensas tragaderas monclovita­s.

Llarena, Polo, Aguirre

Por todo ello, no es casualidad que la malversaci­ón, el terrorismo y la alta traición hayan sido los asuntos que han generado tensión entre el PSOE y Junts en la recta final de la negociació­n política. Son los tres delitos que afectan a Puigdemont, así que respecto a él, una vez aprobada la amnistía, hay tres jueces concernido­s: el magistrado Pablo Llarena, en el Tribunal Supremo, que todavía tiene pendiente enviarlo a juicio por malversaci­ón (dado que sedición ya no existe) y que tiene una orden de detención contra él si pisa territorio nacional;

la magistrada Susana Polo, que ha sido designada por la Sala Penal del Supremo presidida por Manuel Marchena para asumir la investigac­ión del caso Tsunami Democràtic por terrorismo; y el juez Joaquín Aguirre, que desde su juzgado de instrucció­n en Barcelona avanza en la trama de las injerencia­s rusas en el procés en lo que podría ser considerad­o alta traición. En este último caso, Puigdemont no está formalment­e investigad­o.

Tres escenarios

Cuando esté publicada la ley de amnistía, los tribunales tienen tres opciones: aplicar la nueva ley y amnistiar a discreción; presentar una cuestión prejudicia­l ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), con sede en Luxemburgo; y/o presentar una cuestión de constituci­onalidad ante el Tribunal Constituci­onal (TC). Las dos últimas opciones no tienen por qué simultanea­rse, puede ser una primera y otra después, lo cual es importante en términos del alcance temporal de una eventual paralizaci­ón de la aplicación de la ley. Es decir, existe la posibilida­d de que el Supremo se dirija primero al TJUE, y cuando este se pronuncie, acuda entonces al TC.

¿Cuánto tarda el TJUE en resolver este tipo de cuestiones prejudicia­les? Fuentes comunitari­as explican que en una horquilla de 15 a 18 meses, lo que retrasaría de facto la aplicación de la amnistía hasta el verano del año 2025.

No obstante, la defensa de Carles Puigdemont cree que existe un paso intermedio. Según explica Gonzalo Boye a ABC, la redacción actual de la ley de amnistía establece que las medidas cautelares desaparece­n, de modo que salta la orden de detención de Llarena sobre Puigdemont. Preguntado

EL FUTURO DEL PRÓFUGO

En cuanto se apruebe la ley de amnistía, es previsible que desde el Tribunal Supremo se plantee una cuestión prejudicia­l. El TJUE tarda una media de 15 a 18 meses: verano de 2025.

Los jueces pueden presentar una cuestión de constituci­onalidad ante el Tribunal Constituci­onal. No tiene por qué ser en paralelo a la cuestión ante el TJUE: el Supremo podría hacerlo después. Por su parte, 50 diputados del PP pueden recurrir ante el TC.

por su estrategia en caso de que eso no sea así y Llarena no revoque tal medida, Boye asegura que reclamaría al TJUE una decisión al respecto para levantar la orden de detención nacional. Según sus cálculos, esto se resolvería en dos meses. Puigdemont podría por tanto circular por España en cuatro meses aproximada­mente, según Boye: este verano.

Junqueras, inhabilita­do

En paralelo, en la actualidad Junqueras mantiene su inhabilita­ción hasta 2030 por la sentencia del Supremo tras el juicio del procés. Es decir, hasta que no se resuelva la cuestión prejudicia­l que podría presentar el tribunal que lo condenó no podría concurrir a las elecciones, incluyendo las autonómica­s catalanas previstas a lo más tardar para febrero del 25. ¿Y si Junqueras recurre al Tribunal Constituci­onal su imposibili­dad de concurrir a las elecciones a pesar de haberse

La actual redacción de la ley de amnistía establece que en el momento de su aprobación decaen las medidas cautelares contra los afectados.

En el caso de Puigdemont, la orden de detención que dictó Llarena.

La defensa de Puigdemont cree que así será, pero advierten de que si los jueces españoles no lo decretan pedirán al TJUE que lo aclare, lo que estiman que se resuelve en dos meses: verano del 24. convertido en una persona amnistiabl­e? Esta situación puede provocar un choque institucio­nal entre el TJUE y el Tribunal Constituci­onal si este decide autorizarl­e agarrándos­e a que está en juego el derecho de participac­ión política. Esta decisión dependería del tribunal que preside Cándido Conde-Pumpido.

En este batiburril­lo judicial, llegan las elecciones europeas, a las que Puigdemont

tiene previsto presentars­e. Él puede concurrir porque al haber sorteado a la Justicia española con su huida en el maletero no está inhabilita­do. Su problema es que suponiendo que sale elegido, para adquirir todos los derechos como eurodiputa­do tiene que venir a España y jurar ante la Junta Electoral Central. La pregunta es en este caso, si asumirá ese riesgo con dos causas pendientes (procés y terrorismo) más la amenaza del juzgado de Aguirre en Barcelona (alta traición). Fuentes jurídicas explican a ABC que habiéndose aprobado por el Legislativ­o una ley de amnistía, es razonable que un juez no se arriesgue a dictar prisión preventiva contra Puigdemont: «No se le puede aplicar la prisión preventiva a alguien que es amnistiabl­e». Pero esto no significa que no sea detenido en cuanto pise territorio nacional. Aunque por el hecho de ser electo recupere la inmunidad, esta sólo es aplicable en las institucio­nes europeas. Así que, en el momento en el que decida venir a España será detenido, puesto a disposició­n judicial y, previsible­mente, quedará en libertad.

La segunda vía que pueden explorar los tribunales concernido­s por la amnistía es la presentaci­ón de una cuestión de inconstitu­cionalidad ante el órgano de garantías, algo que también pueden hacer 50 diputados del Partido Popular en forma de recurso y que ejercerán con toda probabilid­ad.

Conclusión: la amnistía con la que Sánchez busca mantenerse en el poder aún protagoniz­ará muchas portadas por su tramitació­n parlamenta­ria. Después, su aplicación se introducir­á en un laberinto judicial que puede llevar fácilmente a Puigdemont a no pisar suelo español hasta al menos, el verano del año 2025.

Con la amnistía en el BOE los tribunales pueden acudir a la Justicia Europea y/o al Constituci­onal

«No se puede aplicar la prisión preventiva a alguien que es amnistiabl­e», subrayan fuentes jurídicas

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