Los parques eólicos paralizados por el TSXG suman una veintena
▶Los últimos tres suspendidos de forma cautelar por el tribunal están en Pobra de Trives, Outes y Cerdedo-Cotobade ▶Lo justifica por su posible perjuicio al medio ambiente, y, en uno de los casos, no se fía del aval que le otorgó la Xunta
Suma y sigue. El número de proyectos de parques eólicos suspendidos de forma cautelar por la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) asciende al menos a 18. Ayer se tuvo constancia de las tres últimas paralizaciones de parques que ya contaban con la pertinente autorización de la Xunta para su construcción. Aunque, como se ha dicho, se trata solo de suspensiones temporales, adoptadas por el tribunal como medida cautelar a petición de entidades ecologistas y particulares por su supuesta afectación medioambiental, las empresas del sector alertan de que «la paralización tendrá un impacto directo en la sociedad y economía gallegas». Hasta ahora, el TSXG ha paralizado cautelarmente 18 de las 21 autorizaciones de parques eólicos a petición de estas entidades.
Los últimos, según informó ayer el TSXG, son los parques eólicos de Ventumelo, situado en los municipios de Pobra de Trives, San Xoán de Río (Orense) y Ribas de Sil; el de Porto Vidros, ubicado en los municipios pontevedreses de Cerdedo-Cotobade y Campo Lameiro (Pontevedra); y el de Banzas, situado entre Outes, Mazaricos y Negreira (La Coruña). El tribunal ha rechazado, en cambio, la petición de paralizar temporalmente un cuarto complejo, el de Vilartoxo, situado en Baña y Val do Dubra (La Coruña).
El pasado mes de diciembre, un pronunciamiento del Tribunal Supremo estrechó las posibilidades que la sala de lo contencioso del TSXG tenía para poder decidir la suspensión provisional de parques eólicos con el formato de medidas cautelares. El Alto Tribunal echó por tierra dos de las causas que el tribunal gallego venía poniendo sobre la mesa para anular temporalmente esas construcciones. Ambas estaban relacionadas con el plazo del trámite de información pública en el procedimiento de evaluación de impacto medioambiental, seguido antes de dictarse la autorización de los proyectos; y del acceso a los informes sectoriales para el público en general que quisiera consultarlos.
El caso de Ventumelo
Con todo, la sección de la sala de lo contencioso-administrativo del TSXG interpreta que todavía le queda margen para suspender temporalmente proyectos eólicos con base, esencialmente, en razones de tipo medioambiental. Como ejemplo, su pronunciamiento, conocido ayer, sobre el mencionado parque eólico de Ventumelo. En realidad, en este caso, son dos pronunciamientos, con los mismos argumentos, pues da respuesta, en dos autos, a sendos recursos presentados por un particular y por la Asociación Ecoloxista en Acción de Galiza contra la concesión, por parte de la Xunta, de este proyecto a la empresa Wind Hero.
Los recurrentes pedían la paralización del plan eólico de Ventumelo por su afectación al patrimonio natural, por proyectarse en zonas de «máxima sensibilidad ambiental» y por su afectación a la flora y a la fauna de la zona. El tribunal ha acogido sus argumentos, justificando que la instalación de los aerogeneradores —se contemplan un total de doce— produce «un impacto negativo sobre el medio ambiente», con «muchas posibilidades de que la afectación al medio sea efectiva e irremediable», recodando que esos artefactos van clavados al suelo. También incide en que para su instalación serían precisos movimientos de tierras y construcción de viales, por ejemplo. En síntesis, el tribunal cree que debe dictar su suspensión provisional porque, de haber una sentencia futura que eche por tierra definitivamente el proyecto, el daño sería ya «irreparable», pues «se habría dañado sin remedio el medio ambiente». Ante esa posibilidad, es «preferible desplegar la vir
El PP impulsará en el Congreso de los Diputados una proposición no de ley que busca la reprobación del presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), Félix Tezanos, quien asoció recientemente en un artículo la victoria de los populares en Galicia el 18 de febrero con «gratificaciones a mariscadoras» y «monjitas organizando el voto», entre otras acciones que atribuyó al «extraordinario activismo» popular para preservar su feudo. En la iniciativa, a la que tuvo acceso Europa Press, y que firma el portavoz del Grupo Popular, Miguel Tellado, se afea a Tezanos una gestión «sectaria y partidista» al frente del CIS, así como sus «reiteradas críticas y ataques contra líderes políticos del centro y la derecha de España, y contra los ciudadanos que ejercen libremente su derecho de sufragio». Como último ejemplo, sus «acusaciones infundadas para intentar empañar la contundente victoria del PP en las últimas elecciones autonómicas gallegas», censuran. tud de la prudencia que precipitarse», y más todavía cuando el tribunal cree que el tiempo hasta que se dicte la sentencia sobre el fondo del asunto «no será excesivamente dilatado».
Un daño «muy probable»
Además, al tribunal no le hace falta «una prueba plena» que acredite, sin género de dudas, que el daño o perjuicio sea irreversible: «La jurisprudencia del Tribunal Supremo y el sentido común nos dicen que existen indicios racionales suficientes que nos hacen pensar que dicho daño es muy probable que se dé en casos como el presente», recoge uno de los autos. Es lo mismo que el TSXG venía diciendo en otros pronunciamientos anteriores similares. Por eso, argumenta el tribunal, no sirven de nada los intentos de cuestionar la credibilidad de los informes periciales de los ecologistas.
En el caso de este proyecto eólico previsto para la provincia de Orense, además, el TSXG llega a poner en tela de juicio las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) concedidas por la Xunta. En el sentido de que, recuerda el tribunal, cerca de donde se prevé el proyecto de Ventumelo existirían otros tres parques. Y, aunque la DIA diga que esa sinergia no impacta negativamente en el medio ambiente, el TSXG no puede «dar por enteramente veraz este documento, ni los informes que lo apoyan». Porque el tribunal dice en uno de los autos que es una incógnita si la DIA hizo una «radiografía exacta del medio» o una «fragmentación artificiosa del parque», que es lo que sostiene una de las partes recurrentes.