ABC (Galicia)

Los parques eólicos paralizado­s por el TSXG suman una veintena

▶Los últimos tres suspendido­s de forma cautelar por el tribunal están en Pobra de Trives, Outes y Cerdedo-Cotobade ▶Lo justifica por su posible perjuicio al medio ambiente, y, en uno de los casos, no se fía del aval que le otorgó la Xunta

- JESÚS HIERRO SANTIAGO

Suma y sigue. El número de proyectos de parques eólicos suspendido­s de forma cautelar por la sala de lo contencios­o-administra­tivo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) asciende al menos a 18. Ayer se tuvo constancia de las tres últimas paralizaci­ones de parques que ya contaban con la pertinente autorizaci­ón de la Xunta para su construcci­ón. Aunque, como se ha dicho, se trata solo de suspension­es temporales, adoptadas por el tribunal como medida cautelar a petición de entidades ecologista­s y particular­es por su supuesta afectación medioambie­ntal, las empresas del sector alertan de que «la paralizaci­ón tendrá un impacto directo en la sociedad y economía gallegas». Hasta ahora, el TSXG ha paralizado cautelarme­nte 18 de las 21 autorizaci­ones de parques eólicos a petición de estas entidades.

Los últimos, según informó ayer el TSXG, son los parques eólicos de Ventumelo, situado en los municipios de Pobra de Trives, San Xoán de Río (Orense) y Ribas de Sil; el de Porto Vidros, ubicado en los municipios pontevedre­ses de Cerdedo-Cotobade y Campo Lameiro (Pontevedra); y el de Banzas, situado entre Outes, Mazaricos y Negreira (La Coruña). El tribunal ha rechazado, en cambio, la petición de paralizar temporalme­nte un cuarto complejo, el de Vilartoxo, situado en Baña y Val do Dubra (La Coruña).

El pasado mes de diciembre, un pronunciam­iento del Tribunal Supremo estrechó las posibilida­des que la sala de lo contencios­o del TSXG tenía para poder decidir la suspensión provisiona­l de parques eólicos con el formato de medidas cautelares. El Alto Tribunal echó por tierra dos de las causas que el tribunal gallego venía poniendo sobre la mesa para anular temporalme­nte esas construcci­ones. Ambas estaban relacionad­as con el plazo del trámite de informació­n pública en el procedimie­nto de evaluación de impacto medioambie­ntal, seguido antes de dictarse la autorizaci­ón de los proyectos; y del acceso a los informes sectoriale­s para el público en general que quisiera consultarl­os.

El caso de Ventumelo

Con todo, la sección de la sala de lo contencios­o-administra­tivo del TSXG interpreta que todavía le queda margen para suspender temporalme­nte proyectos eólicos con base, esencialme­nte, en razones de tipo medioambie­ntal. Como ejemplo, su pronunciam­iento, conocido ayer, sobre el mencionado parque eólico de Ventumelo. En realidad, en este caso, son dos pronunciam­ientos, con los mismos argumentos, pues da respuesta, en dos autos, a sendos recursos presentado­s por un particular y por la Asociación Ecoloxista en Acción de Galiza contra la concesión, por parte de la Xunta, de este proyecto a la empresa Wind Hero.

Los recurrente­s pedían la paralizaci­ón del plan eólico de Ventumelo por su afectación al patrimonio natural, por proyectars­e en zonas de «máxima sensibilid­ad ambiental» y por su afectación a la flora y a la fauna de la zona. El tribunal ha acogido sus argumentos, justifican­do que la instalació­n de los aerogenera­dores —se contemplan un total de doce— produce «un impacto negativo sobre el medio ambiente», con «muchas posibilida­des de que la afectación al medio sea efectiva e irremediab­le», recodando que esos artefactos van clavados al suelo. También incide en que para su instalació­n serían precisos movimiento­s de tierras y construcci­ón de viales, por ejemplo. En síntesis, el tribunal cree que debe dictar su suspensión provisiona­l porque, de haber una sentencia futura que eche por tierra definitiva­mente el proyecto, el daño sería ya «irreparabl­e», pues «se habría dañado sin remedio el medio ambiente». Ante esa posibilida­d, es «preferible desplegar la vir

El PP impulsará en el Congreso de los Diputados una proposició­n no de ley que busca la reprobació­n del presidente del Centro de Investigac­iones Sociológic­as (CIS), Félix Tezanos, quien asoció recienteme­nte en un artículo la victoria de los populares en Galicia el 18 de febrero con «gratificac­iones a mariscador­as» y «monjitas organizand­o el voto», entre otras acciones que atribuyó al «extraordin­ario activismo» popular para preservar su feudo. En la iniciativa, a la que tuvo acceso Europa Press, y que firma el portavoz del Grupo Popular, Miguel Tellado, se afea a Tezanos una gestión «sectaria y partidista» al frente del CIS, así como sus «reiteradas críticas y ataques contra líderes políticos del centro y la derecha de España, y contra los ciudadanos que ejercen libremente su derecho de sufragio». Como último ejemplo, sus «acusacione­s infundadas para intentar empañar la contundent­e victoria del PP en las últimas elecciones autonómica­s gallegas», censuran. tud de la prudencia que precipitar­se», y más todavía cuando el tribunal cree que el tiempo hasta que se dicte la sentencia sobre el fondo del asunto «no será excesivame­nte dilatado».

Un daño «muy probable»

Además, al tribunal no le hace falta «una prueba plena» que acredite, sin género de dudas, que el daño o perjuicio sea irreversib­le: «La jurisprude­ncia del Tribunal Supremo y el sentido común nos dicen que existen indicios racionales suficiente­s que nos hacen pensar que dicho daño es muy probable que se dé en casos como el presente», recoge uno de los autos. Es lo mismo que el TSXG venía diciendo en otros pronunciam­ientos anteriores similares. Por eso, argumenta el tribunal, no sirven de nada los intentos de cuestionar la credibilid­ad de los informes periciales de los ecologista­s.

En el caso de este proyecto eólico previsto para la provincia de Orense, además, el TSXG llega a poner en tela de juicio las Declaracio­nes de Impacto Ambiental (DIA) concedidas por la Xunta. En el sentido de que, recuerda el tribunal, cerca de donde se prevé el proyecto de Ventumelo existirían otros tres parques. Y, aunque la DIA diga que esa sinergia no impacta negativame­nte en el medio ambiente, el TSXG no puede «dar por enterament­e veraz este documento, ni los informes que lo apoyan». Porque el tribunal dice en uno de los autos que es una incógnita si la DIA hizo una «radiografí­a exacta del medio» o una «fragmentac­ión artificios­a del parque», que es lo que sostiene una de las partes recurrente­s.

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// EUROPA PRESS El aerogenera­dor de un parque eólico en Malpica (La Coruña), en una imagen de archivo

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