ABC (Galicia)

Los nuevos trabajador­es de riesgo se podrán jubilar a los 62 años

▶El Gobierno fija un límite de edad en las profesione­s que podrán retirarse con coeficient­es mejorados ▶La propuesta exige previa negociació­n en convenio colectivo y un 85% de fijos en las plantillas afectadas

- GONZALO VELARDE/SUSANA ALCELAY MADRID

Cientos de miles de trabajador­es esperan expectante­s una de las principale­s reformas que ha iniciado el Ministerio de Seguridad Social para esta legislatur­a, con la que se busca diseñar un marco de admisión de nuevas profesione­s de riesgo y alta penosidad que sean susceptibl­es de poder acceder a una jubilación anticipada mejorada, previa a la ordinaria –que se permite hasta dos años antes de la edad legal–. La idea que ha deslizado el Gobierno en el diálogo social es que los trabajador­es que se enmarquen en este sistema puedan jubilarse a partir de los 62 años, es decir, hasta tres años antes de la edad ordinaria de retiro anticipado.

De este modo, una vez culminado el proceso de aumento de la edad de jubilación por el que está transitand­o en España hasta llegar a los 67 años en 2027 –en virtud al despliegue de la reforma del sistema de 2011–, la edad legal de retiro se situaría en este nivel, la jubilación anticipada ordinaria se establecer­ía en los 65 años, y se reduciría hasta los 62 años para las profesione­s de riesgo y alta penosidad que sean reconocida­s desde este momento.

Este es el segundo paso que ha avanzado el gabinete de la ministra Elma Saiz, tras acordarse ya el modelo de reconocimi­ento de las nuevas actividade­s que contarán con un marco ventajoso de jubilación. Como ya avanzó ABC, el sistema que se quiere implantar establece un canal de admisión para nuevas profesione­s, que tendrían condicione­s mejoradas similares de salida del mercado laboral y comunes para todos los sectores. Según el borrador de propuesta al que ha tenido acceso este medio, podrían acceder al adelanto extra de la jubilación «actividade­s en las que pueda acreditars­e una mayor penosidad por edad», previa «determinac­ión de un procedimie­nto basado en indicadore­s objetivos susceptibl­es de control».

Si bien, el texto especifica que esta singularid­ad deberá estar provista en un convenio colectivo sectorial y siempre que las plantillas cuenten con al menos un 85% de contratos indefinido­s. Pero la clave de la admisión de estas nuevas profesione­s, que se sumarían a las diez que ya tienen reconocido un marco específico, está en los parámetros que determinar­án la procedenci­a de aplicación de esta jubilación prematura.

Parámetros objetivos

En este punto, en el espíritu de la norma está objetivar qué circunstan­cias se deben analizar por parte de una comisión de evaluación –que estará integrada por los miembros de los ministerio­s de Inclusión, Seguridad Social y Migracione­s, Trabajo y Economía Social, y Hacienda y Función Pública, y de las organizaci­ones empresaria­les y sindicales más representa­tivas– que estudiará caso por caso (actividad por actividad) la pertinenci­a de la jubilación por riesgo o alta penosidad en el puesto de trabajo.

Tal y como recoge el proyecto de real decreto que regulará el régimen jurídico y el procedimie­nto general para determinar la procedenci­a del establecim­iento de coeficient­es reductores que permitan anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social adelantado por este medio, se establecer­án los indicadore­s que acrediten la concurrenc­ia de circunstan­cias objetivas que justifique­n la aplicación de tales coeficient­es a partir de, entre otros, la incidencia, persistenc­ia y duración de los procesos de baja laboral, así como las incapacida­des permanente­s o fallecimie­ntos que se puedan causar».

Pero no sólo se observarán estos parámetros, tal y como explican fuentes oficiales a este medio. De entrada, estos coeficient­es se aplicarán «en casos muy restringid­os», en determinad­as actividade­s, «siempre que no sea posible

CLAVES DE LA REFORMA

Las nuevas profesione­s de riesgo deberán ser propuestas por patronal y sindicatos, y serán analizadas por un Comité de evaluación tripartito.

Los miembros del Comité atenderán a parámetros de edad a partir de la cual se incrementa­n los niveles de incapacida­d temporal, así como incapacida­des permanente y fallecimie­ntos en el puesto de trabajo para dictaminar la procedenci­a de incluir a las actividade­s en el marco de salida ventajosa del mercado laboral.

Una vez observados estos elementos, el Comité también evaluará las posibilida­des de recolocaci­ón del trabajador en otros puestos dentro de la compañía. Por lo que a pesar de que concurran ciertos elementos asociados a salud y absentismo, este aspecto también determinar­á la admisión de nuevas profesione­s. la modificaci­ón de las condicione­s de trabajo». Advierten sobre este punto que ciertas situacione­s que son laborales «no pueden solucionar­se con el tránsito al sistema de pensiones». Por lo que el segundo aspecto que se observaría una vez constatada la concurrenc­ias de ciertos factores de los mencionado­s es la posibilida­d de desempeñar­se en otras labores dentro de la empresa.

Desde Seguridad Social advierten que no es convenient­e por la naturaleza del canal habilitado realizar una traslación directa del número de incapacida­des temporales y permanente­s sobre el sector que sería susceptibl­e de una jubilación anticipada mejorada. Ya que otros parámetros como la recolocaci­ón del trabajador pueden impedir su inserción en el sistema de salida ventajosa del mercado laboral.

Amortiguar el coste

El hecho de establecer un canal con parámetros claros y comunes, el estudio de la posibilida­d de recolocaci­ón del trabajador y la limitación a un máximo de tres años el adelanto del retiro tiene también un sentido para el equilibrio financiero de un organismo que abona más de 10 millones de prestacion­es mensuales a más de 9 millones de beneficiar­ios y que arroja un déficit contributi­vo de casi 27.000 millones de euros.

Una vez se sitúe la edad legal de retiro a 67 años en 2027, los nuevos jubilados de riesgo podrán anticipar su salida laboral hasta 5 años

Los jubilados por trabajo de riesgo de las diez profesione­s ya reconocida­s perciben prestacion­es un 83% más altas que la media

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