Pensiones para personas con discapacidad
Las personas que desde el nacimiento o desde temprana edad padecemos enfermedades degenerativas sin tratamiento curativo y cuyas secuelas nos causan un alto grado de invalidez somos un colectivo muy excluido, con una enorme desigualdad de oportunidades, silenciados, debido a nuestras dificultades físicas y minoría social, con muy escasas posibilidades de lograr que se escuche nuestra voz.
La única posibilidad económica que tenemos en estos casos es una modalidad de pensión de invalidez denominada «no contributiva», que es gestionada por las comunidades autónomas y cuya cuantía máxima es de 554,85 euros al mes. Pero dicha prestación solo se nos concede cuando los ingresos económicos de todos los miembros de la unidad familiar (cónyuge, padres, hijos, abuelos o hermanos) no superan en su conjunto una cuantía anual muy básica. Si se exceden, nos dejan sin ningún recurso económico, aun siendo mayores de edad y con plenas facultades intelectuales para la autogestión. En tales casos quedamos supeditados a depender económicamente de nuestros familiares, con la sensación de sentirnos una carga para ellos. Paradójicamente en estos casos, la Seguridad Social ofrece a los familiares la posibilidad de solicitar una prestación económica en concepto de «discapacitado a cargo», de cuantía muy similar.
Asimismo, cuando en una unidad familiar conviven dos personas reconocidas con este tipo de pensión de invalidez no contributiva, ambas pensiones se conceden con una reducción de cuantía, siendo dicha reducción mayor en el caso de más de dos beneficiarios convivientes.
Una situación absolutamente vergonzosa y discriminatoria que incomprensiblemente en 2018 sigue sin merecer el más mínimo interés de ninguno de los partidos políticos españoles, pues sea cual sea su ideología, todos miran para otro lado». ENRIQUE GONZÁLEZ BLANCO MADRID